La jueza ve indicios de desobediencia en la actuación de la mesa de Torrent y la deja a un paso del juicio

Se los acusa de haber permitido el debate y votación de resoluciones sobre la monarquía y la autodeterminación a pesar de las advertencias del TC

BarcelonaEl Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dado por acabada la investigación contra los miembros independentistas de la mesa del Parlament liderada por Roger Torrent, y la jueza ve indicios de desobediencia por haber permitido el debate y votación de resoluciones sobre la monarquía y la autodeterminación que incumplían las advertencias del Tribunal Constitucional. De este modo, la magistrada ha dejado este jueves a un paso del juicio al propio Torrent –actual conseller de Empresa–, el entonces vicepresidente de la mesa, Josep Costa, y los ex secretarios Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado. Ahora la instructora ha dado 10 días a las acusaciones y a la Fiscalía –que inició la causa querellándose contra ellos– para que presenten sus escritos de acusación.

Concretamente, los hechos se remontan al otoño de 2019, cuando el independentismo intentó tejer una respuesta unitaria a la sentencia del Supremo. Y fue esta: "Por esto, [el Parlament] reitera y reiterará tantas veces como lo quieran los diputados la reprobación de la monarquía, la defensa del derecho a la autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del pueblo de Catalunya para decidir su futuro político". Este texto se aprobó el 26 de noviembre de 2019. Pocos días antes, el 12 de noviembre, la cámara también aprobó una moción de la CUP que defendía la voluntad de "ejercer de forma concreta el derecho de la autodeterminación y de respetar la voluntad del pueblo catalán". Estos dos textos llevaron a la Fiscalía a presentar una querella, y ahora el TSJC da por válido el relato del ministerio fiscal.

Cargando
No hay anuncios

La jueza ve "apariencia razonable y suficiente de que los investigados y la investigada pudieran haber cometido uno o varios delitos de desobediencia grave". Y lo argumenta basándose en varias resoluciones del Constitucional. En el caso de la moción de la CUP, recuerda que el mismo 12 de noviembre el TC había admitido a trámite un incidente de ejecución por el incumplimiento de las providencias y que se notificó a los afectados de su "deber" de impedir la iniciativa –el Parlament remarca que la notificación llegó después de la admisión a trámite de la propuesta–. Y también recuerda que el Constitucional, primero en julio de 2019 y después en diciembre del mismo año, declaró nulos varios puntos que reprobaban la actuación del rey.

De hecho, la magistrada asegura que Torrent "maniobró" para avanzar la votación de la resolución de la CUP antes de que llegara la advertencia formal del TC. Con todo, afirma que las resoluciones aprobadas son "iniciativas parlamentarias insistentemente declaradas inconstitucionales por el órgano competente, con orden expresa de no ser reiteradas en el Parlament por su inviabilidad". Es decir, apunta que no habría que haberlos avisado para que supiesen que tenían que parar la tramitación de las iniciativas. Para acabar, la jueza recuerda que los investigados se negaron a pedir informes oficiales a los servicios jurídicos antes de admitir a trámite las dos iniciativas.

Cargando
No hay anuncios

No a la inviolabilidad

Ante estos hechos, la estrategia de defensa de los miembros de la mesa no fue conjunta, a pesar de que tuvo características comunes. Por ejemplo, Costa se negó a declarar y no acudió al TSJC el día de la citación, hecho que precipitó su detención ahora hace dos semanas. La respuesta del ex vicepresidente de la mesa una vez ante la jueza fue la misma: no declaró y se querelló contra la magistrada por una detención que tildó de "ilegal". En cambio, Torrent y Campdepadrós sí acudieron a los juzgados y declararon, desplegando dos líneas de defensa. Por un lado, alegaron que las advertencias del TC eran ambiguas y que algunos de los avisos habían llegado cuando la moción ya había sido votada y aprobada –Campdepadrós también argumentó que la resolución como respuesta a la sentencia del Procés era simplemente declarativa–. Por otro lado, también hicieron hincapié en la inviolabilidad parlamentaria y la defensa del derecho a la libertad de expresión.

Cargando
No hay anuncios

Pero la jueza rebate duramente este último argumento y los acusa de actuar con "menosprecio" a la legalidad. En concreto, la magistrada afirma que la inviolabilidad parlamentaria de los diputados "se refiere únicamente a las opiniones y votos que emitan como parlamentarios en el ejercicio legítimo de sus funciones", para proteger la libertad de expresión, pero rechaza que se pueda enmarcar en este caso. Y añade que "el acatamiento y cumplimiento de las decisiones judiciales es supuesto indispensable de la estabilidad del sistema".

En este sentido, la semana pasada el pleno del Constitucional avaló la condena de Carme Forcadell, presidenta del Parlament durante el otoño caliente de 2017, y también negó que se pudiera amparar en la inviolabilidad parlamentaria. Dos magistrados sí tildaron la condena de "desproporcionada" y avisaron de los "efectos devastadores" sobre el derecho a la representación política.