El Supremo lleva por primera vez la amnistía ante el Constitucional

El tribunal expresa su "absoluta convicción" de que la norma es inconstitucional y sostiene que vulnera el principio de igualdad

MadridLa sala penal del Tribunal Supremo ha acordado por primera vez promover una cuestión de inconstitucionalidad contra la ley de amnistía para que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre su encaje en la carta magna. Aunque el Supremo tiene sobre la mesa los casos de los líderes independentistas condenados e investigados por el 1-O, la consulta al TC no parte de ahí. La sala penal la plantea tras analizar el recurso de un condenado por desórdenes públicos agravados que arrojó piedras contra los juzgados de Girona durante las protestas postsentencia en el 2019. El Supremo considera que este delito es amnistiable según la norma, pero carga contra el olvido judicial al Proceso y frena, por el momento, su aplicación al caso. De hecho, el Supremo expresa su "absoluta convicción" de que la ley de amnistía es contraria al derecho a la igualdad y al principio de seguridad jurídica. Sin embargo, reconoce que "es en exclusiva en el Tribunal Constitucional al que corresponde pronunciarse" al respecto.

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En un auto de 49 páginas, el alto tribunal considera que el hecho de amnistiar a los condenados por desórdenes públicos relacionados con el Proceso introduce una desigualdad respecto a aquellos que han sido condenados por estos mismos delitos al margen de las movilizaciones independentistas. "Si sus motivaciones hubieran sido diferentes (por ejemplo, si su protesta hubiera sido contra la, a su juicio, escasa contundencia de esta misma sentencia [la del 1-O], o en favor de la República Saharaui, contra los desahucios […]), deberían cumplir sus penas", remarca el Supremo, quien critica que "es sólo su opinión (política) la que les hace merecedores de la amnistía".

A juicio del tribunal, esto supone un "tratamiento discriminatorio" que obedece a razones "arbitrarias" y rechaza que se trate de un debate meramente político. "Son los principios constitucionales y el propio sistema democrático –no tan fácil de conseguir y preservar como la perezosa costumbre suele hacernos creer– los que están en cuestión", afirman los magistrados, que alertan de que aplicando la amnistía a estos supuestos está sustituyendo al sistema constitucional por una especie de "amnistía permanente revisable, contraviniendo también el principio de seguridad jurídica y alterando las bases de la convivencia democrática".

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El Supremo ya había manifestado su intención de dar el paso en relación a este tipo delictivo y, después de haber dado diez días a las partes para que se pronunciaran, lo ha salido adelante. El ministerio fiscal avaló el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad mientras que la defensa del condenado le rechazó. Esta consulta es la primera que llega al TC, pero no será la última. La sala penal también planteó hace unas semanas preguntar al Constitucional sobre la aplicación de la amnistía en los casos de desobediencia, que sí afecta a los dirigentes políticos del Proceso. Mientras el Supremo no ve amnistiable la malversación, sí consideró que tendría encaje en la norma ese otro delito. Sin embargo, ante las mismas dudas sobre la constitucionalidad del texto, la sala penal propuso promover una cuestión de inconstitucionalidad, que aún está pendiente de formalizarse.

El Proceso, un "golpe de estado"

En el auto, el Supremo tacha el Proceso de "golpe de estado". Se trata de una terminología que no empleó en la sentencia del 1-O, en la que calificó el referendo "de alzamiento tumultuario". Ahora, en cambio, va más allá y adopta el vocabulario que en ese momento utilizó la Fiscalía, que pedía penas más altas de las que impuso, y que defiende públicamente a la derecha. De hecho, el Supremo celebra que este "golpe de estado" fue "felizmente fallido" y tilda de "golpistas" a los líderes independentistas a los que condenó por sedición ya quienes ahora no quiere aplicar la amnistía.