El Supremo obliga al Ayuntamiento de Barcelona a volver a poner una imagen del rey en la sala de plenos

Colau retiró el busto de Juan Carlos I en 2015

ARA
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Operaris municipales retirando el busto de Joan Carles I de la sala de plenos del Ayuntamiento  de Barcelona

BarcelonaAda Colau se tendrá que sentar en el salón de sesiones del Ayuntamiento de Barcelona con una imagen de Felipe VI en la sala. Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo después de que en 2015 la alcaldesa retirara la que tenía de Juan Carlos I. "En un lugar preferente del salón de sesiones habrá colocada la efigie de Su Majestad el Rey". El artículo 85.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales dejaba claro ya en 1986 que todos los ayuntamientos tenían que tener una fotografía, busto o estatua de Juan Carlos I en la sala de plenos y, además, en un lugar privilegiado. Así estaba colocado en el consistorio de Barcelona: justo encima de la silla donde se sienta la alcaldesa, de forma que quedaba por encima de la cabeza de la líder municipal. Y de este modo quedaron fotografiados los sucesivos alcaldes, ya fueran del PSC o de CiU.

Con la llegada de Colau, sin embargo, la cosa cambió: el 23 de julio de 2015 trabajadores municipales retiraron el busto de Juan Carlos I, y el consistorio justificó que el rey, que había abdicado un año antes, ya no era el monarca español y, por lo tanto, no tenían que mantener una estatua suya. El día después ya había una fotografía de su sucesor, Felipe VI, en el salón, a pesar de que solo de manera momentánea: los concejales del PP la colocaron para denunciar lo que el día anterior había hecho el ejecutivo de Colau. La imagen, sin embargo, fue retirada antes de que empezara el pleno. El siguiente paso de Colau fue modificar el reglamento para intentar que el movimiento de quitar la imagen del rey fuera legítimo. En diciembre de 2015 el artículo 75.2 del reglamento municipal pasó a decir que "la representación de elementos simbólicos e institucionales presentes con carácter permanente en el salón de sesiones tiene que responder a la singularidad histórica y de capitalidad de Barcelona y a los principios democráticos, de neutralidad religiosa y de catalanidad", y "su aprobación corresponde al pleno del consejo municipal, mediante un acuerdo adoptado por una mayoría de 2/3 de sus miembros".

Alberto Fernández Díaz colocando un retrato de Felipe VI para ocupar el vacío dejado por el busto de Juan Carlos I retirado por el equipo de gobierno.

La cosa, sin embargo, no acabó aquí. Un año después de estos hechos, el conflicto llegó a los tribunales: la Delegación del gobierno español –entonces liderado por el PP– en Catalunya presentó un recurso y el juzgado número 3 de Barcelona dictaminó que el consistorio tenía que colocar una imagen de Felipe VI en la sala. El Ayuntamiento, sin embargo, quiso llegar hasta el final y presentó un recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya –que desestimó– y lo volvieron a intentar en la última instancia, el Tribunal Supremo, que este martes ha rechazado el recurso y ha instado de nuevo al consistorio a colocar una imagen del rey.

Así pues, siempre que el consistorio cumpla la sentencia, seis años después volverá a haber una imagen del rey en el Ayuntamiento de Barcelona. El Supremo, igual que hicieron en su día los juzgados de Barcelona y el TSJC, cita el artículo 85.2 del Reglamento de las Entidades Locales para concluir que es de obligado cumplimiento que haya una efigie del monarca en un salón de plenos. El alto tribunal añade que, aunque un artículo del reglamento del mismo consistorio marque que la colocación de un símbolo se tiene que aprobar por mayoría en el pleno, la ley del año 1986 es de un rango superior y, por lo tanto, independientemente de todo lo que pueda aprobar un ayuntamiento, se tiene que cumplir.

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