Condenan a 20 años de cárcel a la madre de Girona que ahogó a su hija en la bañera

La Audiencia descarta que la procesada ingrese en un centro psiquiátrico

Girona20 años de cárcel, 10 más en libertad vigilada y 150.000 euros de indemnización al padre de la víctima. Es la sentencia que ha firmado la Audiencia de Girona en el caso de la madre de Girona que mató a su hija de 10 años ahogándola en la bañera, en diciembre del 2019. Hace una semana, el jurado popular la declaró culpable, pero le apreció un eximente incompleto de alteración mental porque, en el momento de los hechos, tenía “muy disminuidas sus capacidades” por el trastorno depresivo que sufría. 

A pesar de esto, el tribunal ha descartado su ingreso en un centro psiquiátrico no penitenciario, tal como pedía la defensa. Y recuerda que, durante el cumplimiento de la pena de prisión, se podrá realizar “un seguimiento y vigilancia a nivel psiquiátrico” que, como se indica en la sentencia, ya se integra dentro de la asistencia sanitaria global que marca la ley penitenciaria. 

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La Audiencia de Girona, pues, considera probado que el 30 de diciembre del 2019 la mujer disolvió 80 pastillas de benzodiazepina en agua y se lo hizo beber a su hija de 10 años, “tal como había planeado”. Cuando la pequeña estaba en estado de inconsciencia, “la introdujo en la bañera llena de agua y presionó su cuerpo para mantenerla al fondo hasta causarle la muerte”. Después, la mujer avisó a dos personas de lo que había hecho, pero los servicios de emergencias no pudieron salvarle la vida y la niña murió horas después en el hospital.

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Durante el juicio, que se celebró la semana pasada, la procesada explicó que lo había hecho porque "lo veía todo negro y no quería que ella sufriera". También reconoció que había dejado de tomar la medicación recetada por los médicos cuando le dieron el alta en el último internamiento psiquiátrico. La acusada estuvo ingresada en el Parc Hospitalari Martí i Julià de Salt desde el 18 hasta el 24 de diciembre y, seis días después, el 30, mató a su hija. 

La sentencia no es firme y se puede recurrir en el TSJC en un plazo de diez días.