Se activan las multas por saltarse la ley del alquiler: así intentan escabullirse algunas inmobiliarias
Encarecer el precio respecto al anterior contrato o añadir gastos extra puede costar una multa a partir de ahora
BARCELONAMedio año después de la aprobación de la ley que regula los precios del alquiler a través, entre otros, de la creación de un índice de referencia, el Govern ha anunciado que empezará a multar a aquellos contratos que no cumplan con el texto y avisa de que ya tiene 30 detectados. El Sindicat de Llogateres ve las sanciones como "un primer paso muy importante" pero defiende que la cifra de incumplimientos es muy superior. "Después de siete meses en vigor, como los expedientes sancionadores no han llegado hasta ahora, una parte del mercado inmobiliario se ha sentido legitimado para incumplirla", explica al ARA el portavoz del Sindicat de Llogateres, Jaime Palomera.
Estas son algunas de las prácticas de inmobiliarias y propietarios que les pueden costar una multa:
Superar el precio del contrato anterior
Una de las infracciones más habituales es no cumplir con una de las claves de la nueva ley: el precio del alquiler solo será modificable a la baja. En el supuesto de que el precio de un alquiler sea inferior al índice, el propietario no podrá exigir a los inquilinos un precio superior para que de este modo se ajuste a la media que marca la Generalitat. El sindicato asegura que hay "un gran número de propietarios que se limitan a cumplir con el índice de referencia", un precio medio por metro cuadrado que fija la Generalitat, sin tener en cuenta que no pueden subir el alquiler que figura en el anterior contrato.
Añadir gastos extras como el IBI o la comunidad
Otra práctica no permitida es subir el precio añadiendo gastos extras como el IBI o los gastos de la comunidad. El sindicato denuncia que, a pesar de que el decreto 50/2020 prohíbe incluir en el precio gastos que no aparecían en el contrato anterior, muchas inmobiliarias usan este argumento para evitar bajar precios. "Si el anterior contrato no especificaba como extras el IBI o los gastos de la comunidad, no se pueden añadir", dice Palomera. El sindicato indica, además, que a pesar de que el decreto se aprobó en diciembre, afecta a todos los contratos que se hayan firmado desde que entró en vigor la ley, dos meses antes, en septiembre.
Interpretación errónea de la ley
Otro truco recurrente es el de argumentar que la ley no se aplica "porque el último contrato no se firmó en los últimos cinco años", explica Palomera. El portavoz dice que esta afirmación es "falsa", puesto que "la ley se aplica en todas las viviendas que en el momento de la aplicación hayan estado en el mercado del alquiler durante cinco años", independientemente de cuándo se firmen los contratos. "Es una manera de malinterpretar la ley para poder decir que se ha puesto el precio de acuerdo con el índice", añade el portavoz.
Cláusula Berlín
La sorpresa para algunos locatarios llega cuando detectan que en los contratos figuran dos precios diferentes. Algunos propietarios utilizan la llamada cláusula de Berlín –que recibe el nombre por la práctica extendida en la capital alemana– para incrementar el precio. La forma es incluir en el contrato una cláusula que establece un precio de alquiler que se ajusta a los límites legales, pero que también incluye otro que pasaría a activarse si la ley se tumbara por cualquier motivo y dejara de tener vigencia. "Es una cláusula ilegal, nula y abusiva", denuncia Palomera, y añade que el alquiler solo puede variar en función del IPC.