El Poder Judicial aprueba por unanimidad un informe muy crítico con la ley trans
El documento, que no es vinculante, considera que se tendría que elevar a los 18 años la aprobación judicial para cambiar de género
MadridEl pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado por unanimidad un informe preceptivo, pero no vinculante (no es de obligado cumplimiento), muy crítico con el anteproyecto de la ley trans que impulsa el ministerio de Igualdad. El texto considera que la normativa que quiere tirar adelante el ejecutivo español discrimina a "las mujeres no transexuales ". El CGPJ se reunía de manera extraordinaria este miércoles para estudiar el documento que elaboraron tres de los vocales (Ángeles Carmona, Clara Martínea de Careaga y Wenceslao Olea) a principios de abril y que se muestra contrario a algunas de las partes de la ley. Finalmente, los miembros del Poder Judicial han abrazado el informe que considera que algunas disposiciones contradicen el "derecho fundamental a la igualdad" y se posiciona así en contra de algunos de los elementos de la normativa.
El informe apunta que hay artículos de la ley que implican una "discriminación indirecta de aquellas personas no recogidas en el ámbito de aplicación [de la ley], especialmente significativa hacia las mujeres no transexuales". Se pone de ejemplo el deporte como una de las situaciones en que se daría una supuesta discriminación hacia las "mujeres no transexuales". En este sentido, el CGPJ considera "indispensable introducir las cautelas necesarias para evitar que la práctica de actividades deportivas pueda suponer la discriminación de mujeres deportistas no transexuales", atendida la "realidad" de la "diferencia de las condiciones físicas existentes y la superioridad física de la mujer transexual ante la que no lo es". En este punto, sin embargo, se ha incorporado una novedad: los miembros han acordado por unanimidad cambiar la expresión "mujeres no transexuales " y sustituirla por "mujeres".
Pero este no ha sido el único cambio. El dictamen final expresa la disconformidad del CGPJ con la prohibición que la ley establece sobre las terapias de conversión. A ojos del Poder Judicial, no se puede prohibir ninguna terapia que cuente con el consentimiento de las personas "afectadas".
Endurecer los requisitos
En el informe inicial, los tres vocales no veían suficiente que los menores entre 14 y 16 años pudieran cambiar el sexo en el Registro Civil solo con el consentimiento de sus representantes legales y pedían más controles. En concreto, consideraban que se tendría que exigir una aprobación judicial, después de la tramitación de un expediente de jurisdicción voluntaria en que se demostrara la madurez necesaria, así como una voluntad estable de proceder a la rectificación registral del sexo. Finalmente, el CGPJ propone que se eleve a los 18 años y no solo a los 16 este procedimiento. En el anteproyecto del gobierno español, estas dos condiciones sí que se exigen a través de unos informes a los menores de entre 12 y 14 años que quieran cambiar de sexo en el Registro Civil. "Se ha acordado proponer que se eleve a los 18 años el límite de edad para que una persona pueda solicitar por sí misma la rectificación de la mención registral relativa al sexo. Así, se extendería hasta la mayoría de edad el procedimiento previsto para los menores entre 12 y 14 años", ha explicado el Poder Judicial este miércoles. Con todo, el informe también cuestiona que una ley de carácter "integral y transversal" sea la herramienta "adecuada, necesaria y proporcionada para proteger a las personas trans y LGTBI", a pesar de que para el colectivo es una reivindicación histórica. El documento considera que el uso "reiterado" de esta técnica dota de un "régimen privilegiado de protección a determinados colectivos con notable detrimento del derecho a la igualdad y del principio de seguridad jurídica".
Cinco vocales todavía más críticos
A pesar de la unanimidad, algunos de los ponentes querrían ir más allá en algunos de los puntos de la normativa. Tres vocales afirman que "la simple declaración de voluntad no puede ser por sí misma un elemento suficiente para la efectividad del derecho a la rectificación registral" y añaden que "se tendría que exigir la acreditación –a través de los medios que el legislador considere proporcionados y oportunos– de la disconformidad con el sexo mencionado en la inscripción de nacimiento".
Y cuatro vocales más, algunos de los cuales coinciden con el voto concurrente anterior, apuntan que el anteproyecto de ley trans afecta a derechos fundamentales como la libertad ideológica, religiosa, de expresión y de los padres cuyos hijos reciban información religiosa y moral según sus propias convicciones.
Reacción del gobierno
El gobierno español no ha tardado en reaccionar a la decisión de los jueces. En concreto, lo ha hecho el ministerio de Igualdad, que lleva la batuta de la normativa. "Ninguna sorpresa. Nuestra hoja de ruta es clara: tramitar con urgencia esta ley para que llegue al Congreso en este periodo de sesiones", ha dicho la ministra de Igualdad, Irene Montero, a través de su cuenta de Twitter. El día que se hizo público el informe, Montero ya advirtió que "[las personas LGTBI] no merecen un nuevo cuestionamiento de sus derechos, y menos de las instituciones".
El camino hacia la ley trans no ha sido precisamente fácil. El anteproyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans, que forma parte del acuerdo de coalición firmado entre el PSOE y Unidas Podemos, se aprobó el junio del año pasado después de un tira y afloja entre los dos socios del gobierno español. Entre los cambios principales incluye la autodeterminación de género para las personas de más de 16 años, es decir, les permite modificar su sexo legal sin necesidad de pasar por un tratamiento médico ni presentar informes psicológicos, como se exige actualmente.