Protección animal

Luz verde a castigar la crueldad contra los animales sin entrar en los toros ni la caza

El Congreso aprueba la ley de protección animal, que prevé prisión para quien los torture y veta la venta de perros y gatos

Imagen de archivo de un perro de la protectora de animales de Mataró Cal Pile
02/08/2022
3 min

GironaPenas más duras para los maltratadores de animales, cero sacrificios y la prohibición de vender perros, gatos y hurones en las tiendas. Estos son los principales cambios que recoge la nueva ley de protección animal que ha aprobado el Congreso este lunes, impulsada por el ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 que dirige Ione Belarra. A pesar del adelanto que supone en materia de bienestar animal, la nueva normativa no aborda algunos de los ámbitos más polémicos como la tauromaquia, la cacería o las carreras y espectáculos de caballos. "Desde el primer borrador hasta el texto final ha habido varias pérdidas, y los caballos y los toros son dos de las principales asignaturas pendientes", indica la abogada especialista en derecho animal Cristina Bécares. "La ley es poco ambiciosa. No se atreve con los grandes grupos de presión y no prohíbe los toros ni la cacería", critica el presidente de la entidad animalista Actyma, Lluís Altès. 

1. Penas y multas más duras

A través de una reforma del Código Penal, la nueva ley prevé endurecer las penas en los casos de maltrato. En el caso de los delitos más graves, las condenas pueden sumar hasta 24 meses de prisión si el animal acaba muriendo o hasta 36 meses si se da más de un agravante. Además, las multas podrán llegar hasta los 200.000 euros, según ha asegurado la ministra Belarra. "Por fin todas las comunidades autónomas tendrán la misma normativa. Pero ahora faltará ver cómo funciona eb la práctica cuando empecemos a denunciar los casos mediante esta ley", apunta Altès.

2. Sacrificios cero

En Catalunya, muchos de los apartados que establece la nueva normativa ya se aplicaban desde hacía tiempo. Es el caso de la prohibición de sacrificar animales si no es por motivos sanitarios o eutanásicos; o el veto a los animales salvajes en los circos. "Pero no prohíbe que se pueda hacer circo con animales domésticos como perros, gatos o conejos", puntualiza Bécares. La bogada indica que, en el caso de las representaciones del nacimiento de Jesús en Navidad, no se podrán tener animales "si tienen que estar inmóviles o si tienen que hacer prácticas contrarias a su etología". Ahora bien, será necesario analizar la letra pequeña del reglamento que se redactará una vez aprobado el marco normativo para saber si, por ejemplo, pueden participar en cabalgatas. 

3. Sin perros ni gatos en las tiendas

Otro de los grandes cambios es que ya no se permitirá vender gatos, perros ni hurones en las tiendas de animales; ni tampoco su exhibición y exposición al público con finalidades comerciales. "En el primer borrador se establecía que se prohibía la venta de todo tipo de animales en las tiendas, excepto los peces. Pero al final solo se han incluido gatos, perros y hurones", señala la abogada, que también recuerda que, cuando entre en vigor, todos los propietarios de perros tendrán que pasar una formación previa.

Además, solo podrán criar estos animales domésticos los profesionales registrados, y será obligatorio que los vendan con el chip identificativo incorporado. En el caso de los gatos también tendrán que estar siempre esterilizados.

4. Fin a las peleas de gallos

El nuevo marco normativo prevé acabar con la utilización de animales en actividades y espectáculos en los cuales puedan acabar heridos o muertos. Así, quedan vetadas las peleas de gallos y el tiro al pichón –que consiste en disparar a aves que se han liberado después de criarlas en cautividad–. En cuanto a los zoos y delfinarios, la ley marca que se reconvertirán en centros de recuperación de especies autóctonas. "En el fondo solo le están cambiando el nombre. ¿O qué eran hasta ahora los zoos? Centros de crianza de animales para exhibirlos. Se tendrían que haber erradicado ", dice el presidente de la entidad animalista.

5. Las grandes asignaturas pendientes

"¿A qué jugamos? Tendrían que haber sido valientes y haber prohibido los toros", reclama Altès, que también añade los correbous a la lista de actividades que se tendrían que abolir para siempre. El animalista también considera que ha sido un error dejar la cacería fuera de la ley de protección animal: "Como que tiene una ley específica no la tocan. Por un lado, está prohibido matar, pero, por otro, el 70% de los perros que se abandonan provienen de la caza". De hecho, en este ámbito, el único punto que recoge la nueva normativa es que los perros de cacería "tendrán que ir vinculados a la licencia del propietario". "Pero no les aplican requisitos como, por ejemplo, el curso de formación, puesto que estarán exentos", expone Bécares. La abogada lamenta que las carreras de caballos o los espectáculos con equinos, como el de Sant Joan de Menorca, también queden fuera de la ley. "El primer borrador sí que incluía una regulación para los caballos, pero la sacaron durante los meses de tramitación", añade. 

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