Movilidad

Consum propone multar a Renfe con 700.000 euros por el caos en la R2 Sur de Cercanías en mayo

Renfe recurrirá la sanción, la primera que se deriva de los tres expedientes abiertos a raíz de la avería de Gavà, dos de los cuales aún deben resolverse

BarcelonaLa Agència Catalana del Consum ha propuesto sancionar a Renfe con 700.000 euros a raíz de la incidencia en la estación de Gavà (Baix Llobregat) del pasado mayo, que alteró durante tres semanas el servicio de la línea R2 Sur de Cercanías. Elexpediente iniciado en mayo, el primero después de siete años, concluye que la compañía cometió infracciones "muy graves" en la gestión de la avería. La Generalitat entiende que se vulneraron los derechos de los consumidores porque carecían de suficiente información sobre la alteración del servicio, los horarios o los transportes alternativos. También atribuye a la operadora "prácticas comerciales desleales".

El 1 de mayo un cable de la catenaria se rompió y acabó provocando un incendio que afectó al sistema de señalización de la línea, lo que obligó a utilizar el bloqueo telefónico ya reducir el paso de trenes, primero con dos convoyes por hora y sentido y después con tres por hora y sentido. Adif tardó tres semanas en solucionar la incidencia que inicialmente Adif va atribuir a la caída fortuita de un rayo, lo que desmintió la Generalitat.

Cargando
No hay anuncios

Durante la avería, los inspectores de Consum detectaron que se vendían billetes para trayectos suprimidos en las máquinas de autoventa, o que se anunciaban trayectos como directos o semidirectos cuando no lo eran. Además, los inspectores también observaron puntos de atención al cliente cerrados.

Por todo ello, la Agencia Catalana del Consumo, dependiente del departamento de Empresa de la Generalitat, propone una sanción por prácticas comerciales desleales que pueden haber comportado que los usuarios hayan sido mal informados en el momento de decidir sobre la compra de billetes, una infracción que se tipifica como muy grave. Esta propuesta se corresponde a uno de los expedientes que hasta ahora estaban abiertos por esta incidencia, resultante del trabajo de los inspectores en las estaciones de Barcelona-Sants y Passeig de Gràcia, pero quedan otros dos abiertos. Estos son los relativos a la información extraída de la inspección en las estaciones de Camp de Tarragona, Reus y la Aldea-Amposta-Tortosa.

Cargando
No hay anuncios

Consum ha considerado que se trata de una infracción muy grave dada "la alteración social producida " y la "desconfianza que se ha generado en las personas consumidoras para con este servicio ferroviario y la situación de predominio que Renfe tiene en el mercado".

Ahora, según fuentes de la conselleria, Renfe tiene un plazo de 10 días para presentar alegaciones, que tendrán que resolverse antes de mayo del 2024, según el plazo de un año marcado por la ley. Por último, después de que la Inspección de Consumo resuelva sobre las alegaciones y termine la propuesta de sanción, quien resolverá finalmente sobre el expediente será el Gobierno. Desde la compañía se explica que todavía no han recibido la comunicación de Consum, pero cuando la reciban la analizarán para poder "plantear el recurso que corresponda". Asimismo, anuncian que el análisis se hará conjuntamente con "los responsables del titular del servicio, Generalitat de Catalunya, para ver qué medidas deben adoptarse".

Cargando
No hay anuncios

Expedientes anteriores

En la última década, Consum ha iniciado otros dos procedimientos en Renfe, en los años 2015 y 2016. Los abrieron "por mala prestación de servicio", pero ambos acabaron archivados porque la justicia los acabó tumbando. Los magistrados determinaron en el 2019 que Consum no tenía competencias por sancionar y ambos procesos quedaron sin efectos.

Cargando
No hay anuncios

En aquellas sentencias se establecía, según explicaron al ARA en mayo fuentes de la misma agencia, que el organismo sólo tiene competencias para sancionar "por vulneración de derechos de los usuarios en lo que se refiere a la información que se facilita en relación con las alteraciones del servicio" o "por prácticas comerciales desleales". Con este criterio en mano, la Generalitat sí debería poder sancionar, inicialmente, las infracciones que se imputan a Renfe por el caos en la R2 Sur y que sí están "recogidas en la ley del Código de Consumo".