Vivienda

"Se buscan inquilinos españoles": primera sanción por un anuncio de alquiler xenófobo

Una jueza ratifica la sanción de 90.000 euros del Ayuntamiento de Barcelona a un agente de la propiedad y un portal inmobiliario

Mar Bermúdez i Jiménez
y Mar Bermúdez i Jiménez

BarcelonaEn octubre del 2019, una inmobiliaria pone un anuncio de alquiler de un piso en Barcelona en el que se especifica como requisito para los futuros inquilinos que tienen que ser "personas estudiantes, españolas, con contrato indefinido". Hoy, una jueza ha ratificado la que, según el consistorio, es la primera sanción en el estado español por "discriminación en el acceso a la vivienda". Se piden 90.001 euros al agente inmobiliario por haber excluido de su anuncio todo el colectivo de personas con nacionalidades de otros países.

Después de que un ciudadano leyera la oferta de alquiler y la denunciara a la Oficina por la No Discriminación (OND) del Ayuntamiento de Barcelona, en 2019, este organismo lo transmitió a la Unidad Antiacoso y de Disciplina de la Vivienda. Desde aquí, abrieron un expediente para sancionar a los anunciantes, a los agentes de la propiedad inmobiliaria y el portal Idealista, donde se había publicado el anuncio. El Ayuntamiento consideró que el anuncio quería excluir del acceso a la vivienda a todas las personas con orígenes diferentes. Este hecho contraviene la ley catalana del derecho a la vivienda, que tipifica como infracciones muy graves las acciones que comporten acoso o discriminación en el ejercicio del derecho al acceso a la vivienda.

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El consistorio comunicó la sanción, en marzo del 2020, al agente inmobiliario por vulnerar la ley y contravenir la legislación internacional en materia de derechos humanos. Este recurrió la sanción al juzgado contencioso-administrativo, que ha acabado ratificando los 90.001 euros de multa para los infractores.

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El regidor de Derechos de Ciudadanía, Marc Serra, ha denunciado, en declaraciones a TV3, que la discriminación en el acceso a la vivienda es "un problema estructural" y ha lamentado que las personas extranjeras "se encuentran ante una auténtica gincana a la hora de poder alquilar un piso, aunque tengan posibilidades económicas". Ha concretado que el consistorio tiene por objetivo "visibilizar esta problemática y trabajar en el ámbito de la prevención". De entrada, según ha explicado, están llegando a acuerdos con operadores y agentes inmobiliarios para formar los trabajadores en la importancia de estas cuestiones.

¿Qué establece la ley?

La ley catalana de diciembre del 2007 para el derecho a la vivienda establece que se entienden como discriminación directa los casos en los que "una persona recibe, en algún aspecto relacionado con la vivienda, un trato diferente del recibido por otra persona en una situación análoga". Del mismo modo, dicta que la discriminación indirecta se produce cuando "una disposición normativa, un plan, una cláusula convencional o contractual, un pacto individual, una decisión unilateral, un criterio o una práctica aparentemente neutras ocasionan una desventaja particular a una persona respecto a otras en el ejercicio del derecho a la vivienda".

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Así pues, con la ratificación presentada por la juez se establece un precedente para futuros casos en que se pueda aplicar la ley para cumplir lo que tiene por objetivo: "Promover la erradicación de cualquier discriminación en el ejercicio del derecho a la vivienda".