La Audiencia de Valencia ordena que testifique a Maribel Vilaplana en la causa de la dana

El tribunal destaca que puede ofrecer información que sólo ella y Carlos Mazón "podrían conocer"

ValenciaLa sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha estimado el recurso interpuesto por una acusación particular y ha ordenado que declare como testigo en la causa penal de la mujer a la periodista Maribel Vilaplana, que almorzó con el presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, el día de la catástrofe durante casi cuatro horas en el ya famoso restaurante El Ventorro. Tras conocer la resolución, la magistrada instructora, Nuria Ruiz Tobarra, ha citado a la comunicadora el 3 de noviembre.

Los seis jueces que integran el tribunal han revocado la decisión de la togada que había desestimado en varias ocasiones llamar como testigo a la expresentadora de Canal 9, una negativa para la que contó con el apoyo del ministerio fiscal. Inicialmente, la instructora justificó la decisión por el hecho de que la periodista "estaría relacionada con la localización y actuación del presidente" y el hecho de que esto supondría desplazar sustancialmente la investigación hacia Mazón, lo que no era posible por su condición de aforado. Una argumentación en la que se afianzó en septiembre tras la publicación de la carta de Vilaplana. Entonces, Ruiz Tobarra reiteró que la declaración de la expresentadora se trataría de "un acto directo de investigación del propio presidente de la Generalitat Valenciana".

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En relación con las objeciones de la juez, la Audiencia de Valencia ha fijado los límites de la futura declaración de Vilaplana en lo que pueda conocer "de lo que el presidente de la Generalitat dijera al comunicarse telefónicamente con la entonces consellera de Interior y Justicia", Salomé Pradas, así como de los "comentarios" de que el jefe del Consell " hubiera conocido a lo largo del tiempo que compartió con el presidente la tarde del 29 de octubre de 2024 sobre la reunión del Cecopio". En este sentido, el tribunal provincial destaca que "no se puede descartar" que la periodista "pueda ofrecer detalles o matices que resulten de interés para la investigación". "Su testigo podría ofrecer información que sólo ella, el presidente de la Generalitat y sus interlocutores podrían conocer", subraya. Para su decisión, la sala ha tenido en cuenta la carta difundida por la periodista. El tribunal señala que no puede descartarse que la comunicadora pueda "ofrecer elementos de interés a los que no hizo referencia en la carta que publicó" y que negar esa posibilidad como hizo la magistrada "se revela apresurado".

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Carlos Mazón fuera de la instrucción, por ahora

Otro de los elementos destacados de la resolución son las consideraciones que realiza la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia sobre la figura de Carlos Mazón. En cuanto a la conveniencia de que declare como testigo, los seis magistrados coinciden con la juez de que el presidente de la Generalitat "queda fuera del ámbito subjetivo de la investigación" por su condición de aforado, pero matizan que esto "no impide que deban practicarse diligencias que resulten pertinentes y de utilidad". "De momento, procede avanzar en la investigación […] y sólo en caso de que la juez de instrucción detectara la concurrencia de indicios reforzados, fundados, de criminalidad contra el presidente y, elevada la exposición razonada, el TSJ compartiera la valoración de la juez, habría que extender […] la investigación al mismo y".