El derecho a la información y el derecho a la intimidad
Josep Visa Nasarre me envía un mensaje de voz todavía en calidad de suscriptor digital, porque me anuncia que el mes entrante se dará de baja, entre otros agravios, por lo que me cuenta: "Una de las cosas que me hace dejar la suscripción es una noticia como la que ha salido diciendo que el jugador Iniesta tiene un problema de denuncia con el porú. quinqui, sobre todo si no es español o catalán, sino que es inmigrante, no salen nunca todos los nombres completos.
Ignasi Aragay, director adjunto del ARA, explica que, si bien todos somos iguales ante la ley, "en el caso de los personajes que tienen una dimensión pública, el derecho a la información entendemos que prevalece sobre el derecho a la intimidad. En el caso de los ciudadanos anónimos, consideramos que prevalece el derecho a la intimidad".
He pedido la opinión de Benet Salellas sobre esta cuestión que conoce bien por su praxis de abogado y por sus ensayos jurídicos, como los títulos Yo acuso. La defensa en juicios políticos (Pagès Editors, 2019) y el reciente Encendido espera (Tigre de Paper, 2024), sobre la operación Garzón de detenciones de independentistas a raíz de los Juegos Olímpicos. Salellas ha participado en numerosos procesos con notoriedad mediática, como la defensa de Jordi Cuixart, presidente de Òmnium Cultural, en la causa del Proceso, y actualmente la del ex secretario de organización del PSOE, Santos Cerdán, que acaba de salir de prisión. También fue diputado en la legislatura del 2015.
Ésta es la reflexión que nos traslada Benet Salellas:
"La cuestión sobre la publicación de los datos de las personas detenidas y de las personas investigadas es siempre una cuestión espinosa, porque se trata de informaciones que hablan de procedimientos penales que se encuentran en una fase muy inicial. El derecho a la intimidad en estas situaciones se encuentra reforzado, por tanto, por la presunción de inocencia, que opera como un criterio que aconseja preservar los datos identifica.
Ahora bien, cuando se trata de una información en la que la persona afectada es un personaje público –continúa Salellas–, entonces el interés informativo puede primar la necesidad de publicación de su identidad. Por lo general, los personajes públicos se encuentran en un contexto diferente en cuanto al nivel de protección de los derechos vinculados a la persona. De la misma forma que no gozan del derecho a la propia imagen en las mismas condiciones que un ciudadano anónimo, tampoco se encuentran tan protegidos en el resto de aspectos de su vida privada. La decisión de convertirse en personaje público es una decisión voluntaria adoptada por el propio afectado, que se expone de forma consciente y que levanta, de este modo, ciertas barreras de protección propias del anonimato. Esta relajación del blindaje de la intimidad actúa a todos los niveles. Si aparecen vinculados a un procedimiento judicial que tenga cierta relevancia, éste es un hecho noticiable. Y lo es en tanto que quien se investiga es el personaje público. Por eso –concluye el jurista– es habitual que se informe sobre estas cuestiones e incluso que se expliciten datos concretos de estos expedientes judiciales. Esto sería impensable en procesos relativos a ciudadanos anónimos. Es la condición de personaje público lo que justifica el interés informativo, y no al revés".
El periodismo –no sólo el ARA, también la prensa anglosajona que tan a menudo tomamos como referencia– aplica el criterio que razonan tanto el director adjunto Aragay como el letrado Salellas en los casos en que el derecho a la información prevalece sobre el derecho a la intimidad; el contencioso entre los artículos 18 y 20 de la Constitución acumula toneladas de jurisprudencia. He tomado, pues, en consideración la queja de Josep Visa dándole espacio en esta sección, porque el tema lo vale. He publicado su queja en su totalidad, que contiene una apreciación tan polémica como la eventual relación entre delincuencia e inmigración, y que a criterio de este Defensor debería evitarse. Sin embargo, entiendo que no conviene que nos condicione la respuesta a no argumentar sobre el factor fama cuando justamente el factor fama, y no el origen, es el nudo de la cuestión.
El semáforo periodístico
Los semáforos datan de 1869 y lo primero que hubo en Barcelona es de 1929, en el cruce de Balmes y Provença, debido, como tantas otras mejoras urbanísticas, a la Exposición Universal. Que yo tenga mención, el primer semáforo periodístico catalán fue el de la renovación de diseño de La Vanguardia (3/10/1989), obra de Milton Glaser, famoso por el "Y love NYQuedaba inaugurada la metáfora gráfica de una valoración positiva, negativa o ni carne ni pescado de algún personaje relacionado con una noticia, a la que se remitía por la página correspondiente. Me he detenido en varios semáforos de la historia del periodismo y constato que son proporcionalmente tan efímeros como los de tráfico. La Vanguardia fue para el ministro de Transportes José Barrionuevo, que al cabo del tiempo se dirigió a la cárcel por una de las historias más de semáforo rojo de la democracia española: los GAL (Grupos Antiterroristas de Liberación).
Damos, pues, a los semáforos periodísticos su valor fungible. El semáforo, que lleva incrustada a la etimología la raíz griega "sema", madre de todas las semánticas, es una manera de captar atenciones lectoras del artículo al que dirigen, saltándose, en diferido y sin ánimo doloso, el código deontológico que prescribe no mezclar información y opinión. bien visible.
El lector Antoni Morell Mora me muestra que, en el diario del día 12 del mes en curso, "uno de los protagonistas [del semáforo verde] es el señor Rafael Louzán, presidente de la RFEF [Real Federación Española de Fútbol]", cuando "el contenido de la noticia no le deja muy bien". Concluye preguntando: "¿Es correcto? ¿El color del semáforo es independiente del sentido de la noticia? ¿El color del semáforo nos indica otra cosa?"
Responde de nuevo a las preguntas el director adjunto, Ignasi Aragay: "En efecto, este semáforo debería haber sido claramente rojo. Es un error. Gracias al lector por hacérnoslo notar. Las páginas pasan varias revisiones. En este caso, queda claro que no funcionó. Los semáforos tienen un carácter editorial y les decidimos cada día –' el editorial".
La conclusión del Defensor es que el semáforo, una sección de mucho impacto visual –diría que de un impacto intrínsecamente visual dado que parte de colores connotados semánticamente–, debe programarse con mucho cuidado... No sea que hubiera algún accidente de tráfico. Si es rojo, deberá vigilarse de no vulnerar presunción de inocencia –el tema de aquí arriba–, y si es verde, evitar la llagotería. En este caso, un semáforo verde a un tema en rojo no perjudica a nadie más allá de una pequeña cuota de profesionalidad nuestra, que el lector Morell nos ha hecho ver y debe espolearnos no sólo a escribir bien sino también a revisar mejor.
Dado que el próximo día 28, el viernes de la semana entrante, el ARA cumplirá quince años, remarco que su manifiesto fundacional proclama que "el diario es de los que lo hacemos, pero también de los que lo leen", inspiración muy propia del sentido de esta sección.
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