El Supremo determina que 'Donut' es una marca registrada y no un nombre genérico
El alto tribunal da la razón a Bimbo y prohíbe el uso de la palabra para tuercas de otras empresas
BarcelonaEl Tribunal Supremo ha aceptado que la palabra Donut es una marca registrada en España y, por tanto, que sólo puede ser utilizada por el grupo alimentario mexicano Bimbo, propietario de la marca, y no como término genérico para referirse a las tradicionales tuercas de bollería.
El litigio se inició en el 2017, cuando la filial española de Bimbo llevó a los tribunales el uso del concepto Donut por parte de la empresa madrileña de restauración Atlanta Restauración Temática. Esta empresa había comercializado unas tuercas con el nombre deRedondoughts, que en el etiquetado se describían como "donuts".
Una primera decisión de un tribunal mercantil de Madrid dio la razón a Atlanta al considerar que se trata de una palabra genérica. Para justificarlo, el tribunal se agarró a la definición de "dónudo" (con acento cerrado en la o) que realiza la Real Academia Española de la Lengua (RAE), que acepta la palabra en castellano para describir cualquier bollo anular. Bimbo presentó un recurso en el Supremo, que ahora ha corregido la decisión del juez mercantil. En cuanto al catalán, el Institut d'Estudis Catalans (IEC) no incluye la palabra (ni con acento ni sin) en el diccionario normativo.
La palabra Donut es una derivación de doughnut, pastas fritas y dulces de diversas formas típicas del noreste de Estados Unidos. A principios del siglo XIX, cuando están las primeras referencias de la palabra, tenían forma de bola y eran bastante pequeñas, de lo que podría derivar su nombre: en inglés, dough significa demasiado (de pan o pastel) y nut significa nuevo (el fruto seco).
Una "violación de los derechos de marca"
De acuerdo con la nueva decisión del Alto Tribunal, pese al uso genérico de la palabra aceptado por la RAE, Donut todavía es una marca comercial que pertenece a Bimbo y, por tanto, no puede ser utilizada para describir productos similares a los Donuts del fabricante mexicano. "La sentencia reconoce el renombre extraordinario, otorgándole la máxima protección legal y confirmando que el uso no autorizado y descriptivo del término Donut con fines comerciales constituye una violación de los derechos de marca", ha señalado Bimbo en un comunicado emitido este martes.
"La incorporación de una marca en los diccionarios de la lengua y su uso coloquial no conlleva una pérdida o limitación de los derechos de exclusiva de marca de su titular, que deben ser respetados en el comercio".
La decisión del Supremo va en la misma línea que la que tomó en el 2012, cuando va prohibir a la empresa de bollería Europastry vender productos descritos como Donuts después de una demanda de Panrico, que entonces era el propietario de la marca hasta que Bimbo adquirió la compañía catalana en el 2015.