Unión Europea

La justicia europea sentencia que el plus en la pensión de las madres discrimina a los hombres

El TJUE insiste en que las madres y los padres deben tener el mismo derecho a recibir o no un complemento a la jubilación

Una mujer trabajadora de una fábrica.
15/05/2025
2 min

BruselasNuevo revés de la justicia europea contra los intentos del gobierno español de reducir la brecha de género en las pensiones. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este jueves que el complemento a la pensión por hijos que va destinada especialmente a las madres discrimina a los hombres y, por tanto, incumple la normativa comunitaria en materia de igualdad. "La norma española constituye una discriminación directa por razón de sexo", sentencia el tribunal de máxima instancia de Luxemburgo.

Concretamente, la corte europea ve discriminatorio que las madres cobren un plus mensual de 35,90 euros por hijos (con un máximo de cuatro hijos) de forma automática, mientras que los hombres tengan que cumplir algunos requisitos. La principal condición que deben cumplir los padres es haber visto truncada su vida profesional por haber tenido uno o más hijos, y por ejemplo haber estado al menos 120 días sin trabajar durante los nueve meses previos al nacimiento o durante los tres años posteriores.

Hay que decir que la intención del gobierno español es que este suplemento a la jubilación la reciban sobre todo las mujeres, y tenía como objetivo reducir la brecha de género en las retribuciones de las pensiones entre hombres y mujeres en todo el Estado. Por eso lo reciben sobre todo las madres. De hecho, sólo puede recibirlo uno de los progenitores y se otorga de forma automática a la madre.

Sin embargo, no es la primera vez que la justicia europea tumba esta medida en España. El 12 de diciembre de 2019 el TJUE ya dictaminó que ese complemento de pensión era discriminatorio para los hombres. El gobierno de Pedro Sánchez la modificó en 2021 e incluyó la posibilidad de que también puedan beneficiarse sus padres.

Sin embargo, la Moncloa puso más condiciones para recibir el plus de pensión a los padres que a las madres, que ha vuelto a denegar la corte de Luxemburgo. "Las modificaciones introducidas no han puesto fin a que los hombres reciben un trato menos favorable al de las mujeres", apunta la sentencia del TJUE, quien concluye que "no se puede justificar la medida para proteger a la mujer por motivos de su maternidad".

La denuncia contra la normativa ha llegado a Luxemburgo a través de un caso del juzgado de lo social número 3 de Pamplona, ​​que remitió una cuestión prejudicial al TJUE porque seguía considerando el complemento discriminatorio para los hombres. Se trata de un caso de un hombre que se dedicó de manera efectiva a cuidar a sus hijos pero no cumple los requisitos, por lo que el plus lo cobra la madre y no él.

stats