¿No llegas a pagar el alquiler? Estas ayudas te interesan
La vivienda es un derecho y, por eso, la Generalitat impulsa medidas para ampliar su parque público y facilitar el acceso a pisos asequibles para todos.
Prestaciones renovables para personas mayores
Si ya recibías una ayuda al alquiler hace años, puede que puedas seguir recibiéndola.
¿Qué es?
Ayuda a fondo perdido para cubrir el alquiler de personas mayores con bajos o moderados ingresos que ya habían recibido la ayuda en años anteriores.
¿Para quién?
Personas que:
- En 2010 recibieron una resolución favorable
- Tenían 65 años o más el 31/12/2012
- Ya fueron beneficiarias durante el 2024
Subvenciones para alquileres de mercado privado
Para personas que esperan un realojamiento o están en situación de emergencia social.
¿Qué es?
Una subvención para cubrir el alquiler de una vivienda del mercado privado, gestionada por entidades o administraciones, destinada a personas vulnerables.
¿Para quién?
- Personas físicas con resolución favorable de la Mesa de Emergencia o en proceso de intermediación.
- Entidades o ayuntamientos que alojen a personas pendientes de realojamiento o en situación de sinhogarismo.
Compensaciones para propietarios con alquileres impagados
También existen ayudas para las personas propietarias que no cobran el alquiler.
¿Qué es?
Compensación para personas propietarias o arrendadoras afectadas por la suspensión de desahucios derivada del Real Decreto-ley 11/2020, por motivos de vulnerabilidad económica.
¿Para quién?
Propietarios y arrendadores que han visto suspendido un procedimiento de desahucio por una situación de reconocida vulnerabilidad y sin alternativa habitacional.
¿Y si no puedes pagar el alquiler o la hipoteca?
Existen ayudas de urgencia para situaciones críticas.
Prestaciones económicas de especial urgencia
- Ayudan a evitar desahucios oa acceder a una nueva vivienda si ya la has perdido
- Están a fondo perdido: no es necesario devolverlas
- Incluyen mediación social y seguimiento personalizado
¿Para quién?
Personas que:
- Tienen deudas de alquiler o hipoteca
- Han perdido su vivienda habitual
- Se encuentran en riesgo de exclusión residencial
Más información y solicitud: consúltalo en Vivienda.gencat.cat.