Europa

Europa hace de los migrantes la razón para flexibilizar su convención sobre Derechos Humanos

La presión de nueve estados de la UE más Reino Unido lleva a debate el convenio 75 años después de su aprobación

Inmigración
14/12/2025
5 min

LondresSetenta y cinco años después de su aprobación (4 de noviembre de 1950), la Convención Europea de los Derechos Humanos (ECHR, en sus siglas en inglés) está en el centro del debate político del continente. La inmigración no regulada, la seguridad y el acelerado avance de tecnologías como la inteligencia artificial han reabierto la discusión sobre hasta dónde puede –o debe– reinterpretarse un convenio nacido de las cenizas de la Segunda Guerra Mundial. Pero la pregunta de fondo es más delicada: ¿hasta qué punto se puede flexibilizar el ECHR sin poner en riesgo las protecciones básicas que en teoría asegura?

El jurista Nando Sigona, director del 'Instituto de Investigación sobre Migración Internacional y Superdiversidad de la Universidad de Birmingham, claro al respecto: una interpretación "demasiado flexible" puede convertirse en una puerta de entrada para "bajar salvaguardias". El ECHR funciona porque fija mínimos sólidos. Si éstos se diluyen por acomodar presiones políticas, especialmente en campos muy polarizados como la inmigración, el zócalo protector puede erosionarse lentamente pero inexorablemente. "Los derechos que se pueden estirar demasiado dejan de funcionar como garantía", remacha, en declaraciones al ARA.

El debate se ha hecho especialmente visible después de que nueve países de la Unión Europea –Austria, Bélgica, Chequia, Dinamarca, Estonia, Italia, Letonia, Lituania y Polonia– enviaran en primavera una carta abierta al Consejo de Europa pidiendo una reinterpretación del ECHR para facilitar la expulsión de delincuentes extranjeros. Los firmantes argumentaban que las actuales orientaciones del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, especialmente en casos que afectan a solicitantes de asilo, imponen restricciones excesivas a la soberanía estatal. Todos los miembros de la UE son firmantes de la convención. El Consejo de Europa, el órgano político internacional, no adscrito a la UE, supervisa y hace cumplir la labor del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Presión de Londres

La misma presión de los nueve países mencionados se está haciendo también desde el Reino Unido, donde el primer ministro, Keir Starmer, ha afirmado que su gobierno se ha comprometido a cambiar la forma en que se interpreta el derecho a la privacidad ya la vida familiar para que los inmigrantes sin papeles no puedan utilizarlo por frustrar su expulsión del país.

En la reunión del 10 de diciembre en Estrasburgo, los ministros de Justicia de los 46 integrantes del Consejo de Europa acordaron abrir un proceso de seis meses para redefinir el papel del Convenio. También pactaron elaborar una declaración política —prevista para la próxima primavera en Moldavia— que reafirme el compromiso con los derechos fundamentales, pero también con la seguridad nacional. En principio, no debe implicar una reforma formal del texto, pero sí enviará una señal clara al TEDH para que adoptara interpretaciones "más ajustadas" al contexto actual. Alain Berset, el secretario general del Consejo de Europa, decía pocas semanas antes, en una muy inusual entrevista en la BBC, que "estoy abierto a participar en todas las discusiones políticas, para ver qué debemos discutir, quizás cambiar o adaptarnos."

La división entre los 46 miembros del CE –abierta en primavera por los nueve estados de la UE con la carta antes citada, más Reino Unido– se hizo visible en Estrasburgo en una declaración paralela. Veintisiete de los 46 firmantes del HREC —entre otros, Reino Unido, Dinamarca o Italia— reclamaron cambios más profundos. Sobre todo en relación con la aplicación del artículo 3, que prohíbe los tratos inhumanos o degradantes. Este blog denunciaba que la jurisprudencia actual impide deportar delincuentes graves alegando condiciones penitenciarias o sanitarias inadecuadas en el país de destino, y pedía restringir esta protección a los casos más extremos. Francia, Alemania y España se han negado, consolidando una Europa, en lo que se refiere a los derechos humanos, a dos velocidades.

El margen de apreciación: ¿la puerta trasera?

Una parte clave del debate de los próximos meses girará en torno al llamado margen de apreciación de los estados. Pero, ¿qué es exactamente? Se trata de un principio jurídico según el cual el TEDH reconoce en cada estado un cierto espacio de discrecionalidad para decidir cómo aplica los derechos humanos dentro de su propio contexto social, cultural y político. Es una herramienta creada para evitar que Estrasburgo dicte una uniformidad rígida que no tenga en cuenta las circunstancias locales.

Ahora bien, como recuerda Sigona, este margen "no es una licencia para vaciar de contenido los derechos". Y tal y como explica en el ARA Kirsty Hughes, de la Facultad de Leyes de la Universidad de Cambridge, muchas de las propuestas actuales "estiran el margen hasta el límite con el objetivo de convertir excepciones temporales en normas permanentes". El gran riesgo es que la flexibilidad se utilice de forma oportunista para "reducir obligaciones sin pasar por una reforma formal", lo que haría más difícil detectar la deriva. Para cambiar el texto de la Convención Europea de Derechos Humanos es necesaria la aprobación de los 46 estados firmantes y, de momento, no está encima de la mesa.

El Tribunal de Estrasburgo ha demostrado a lo largo de décadas que puede evolucionar: su jurisprudencia incorpora nuevos desafíos, desde el terrorismo hasta las tecnologías de vigilancia digital. Pero ese movimiento debe ser "progresivo y coherente", apunta Andrew Forde, profesor asistente en derecho europeo y derechos humanos, de la Dublin City University. "El reto es preservar la legitimidad del Tribunal mientras se mantiene fiel al objetivo fundacional: proteger a la ciudadanía ante los abusos del poder estatal".

La coyuntura puede llevar a algunos estados a hacer frente a sus retos particulares –crisis migratoria, criminalidad transnacional, cuestiones de seguridad– como si fueran circunstancias "excepcionales". Sin embargo, como señala Sigona, para las personas afectadas estas excepciones "se convierten en experiencias cotidianas". Una interpretación demasiado atenta a los intereses del momento puede, paradójicamente, hacer perder al Tribunal su capacidad de proteger justamente a aquellos que tienen menos poder para defenderse. Y algunos juristas advierten de lo que podría llamarse la lección de la confesión de Martin Niemöller, que empieza diciendo: "Primero vinieron a buscar a los comunistas, y no dije nada, porque yo no era comunista...".

En otras palabras, ¿una reinterpretación restrictiva de derechos aplicada inicialmente a los migrantes podría debilitar los derechos de todos? El profesor Sigona responde sin dudas: "Sí". Cuando herramientas como el artículo 3 (prohibición de tortura y malos tratos) o el artículo 8 (vida privada y familiar) se recortan para un grupo social poco popular, "es casi inevitable que estas limitaciones se acaben aplicando más adelante a otros colectivos". Es un mecanismo bien conocido por los especialistas en la materia: la erosión comienza en los bordes del sistema, pero con el tiempo avanza hacia el centro. Con el argumento de que las modificaciones "solo afectan a migrantes, en realidad están reconfigurando la arquitectura que protege a toda la ciudadanía", concluye el profesor.

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