¿Es demasiado barato despedir en España? Europa dictará sentencia
El Comité Europeo de Derechos Sociales decidirá si las compensaciones actuales son adecuadas a raíz de una reclamación de la UGT
Barcelona¿Es demasiado barato despedir en España? La legislatura que ahora se acaba con la convocatoria de elecciones generales abrió el melón de dar marcha atrás en la anterior reforma laboral y tocó algunos aspectos, pero algunos de los más cuestionados nunca llegaron a entrar en la agenda política. Este es el caso de la regulación del despido en España, un tema que la UGT primero y CCOO después han llevado ante el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa para denunciar que el Estado incumple lo establecido en la Carta Social Europea revisada.
Vamos por partes: antes de nada, ¿qué es este tratado? Es un instrumento que garantiza los derechos y libertades de todos los individuos en su vida cotidiana en ámbitos como la vivienda, la salud, la educación, el movimiento de personas, la protección social, la no-discriminación y, efectivamente, el trabajo. Su versión revisada es del 1996 (el original, del 1961), pero España pospuso más de 20 años su ratificación, que no tuvo lugar hasta julio del 2021.
¿Y por qué es importante lo que dice esta Carta, en caso de que te echen del trabajo de manera improcedente? Pues porque refuerza derechos como, por ejemplo, el de la protección en caso de despido. El artículo 24 establece "el derecho de todos los trabajadores a no ser despedidos sin que existan razones válidas relacionadas con sus aptitudes o su conducta, o basadas en las necesidades de funcionamiento de la empresa, del establecimiento o del servicio". Si son despedidos sin una razón válida, este tratado reconoce su derecho a una indemnización "adecuada" u otra "reparación apropiada". Es en este punto donde el gobierno español y los sindicatos tienen visiones diferentes de lo que significa el adjetivo adecuada.
Los representantes de los trabajadores defienden que el coste de despedir en España se ha reducido notablemente desde la llegada de la democracia. En 1977 las indemnizaciones por despido improcedente se pagaban a 60 días por año trabajado con un máximo de 60 mensualidades, es decir, cinco años. El Estatuto de los Trabajadores, sin embargo, lo redujo a 45 días y esta compensación volvió a dar un paso atrás con la reforma laboral del PP de 2012: 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. La indemnización por un despido objetivo –por causas técnicas, productivas o económicas que pueda justificar la empresa– se compensa con 20 días de salario por año trabajado y como mucho 12 mensualidades.
Estas cifras se han mantenido inamovibles desde la Gran Recesión hasta que los sindicatos han encontrado una rendija con sede en Estrasburgo. Cuando España ratificó la Carta Social Europea revisada también aceptó entrar en el sistema de reclamaciones colectivas que prevé y que da vía libre a las ONG y los representantes de los trabajadores para presentar denuncias si consideran que un estado está incumpliendo el tratado. En marzo de 2022 la UGT registró una que ya se ha admitido a trámite para, precisamente, reclamar que las indemnizaciones por despido en España son insuficientes. Unos meses después, en noviembre , se sumó la de CCOO.
Marcha atrás en las indemnizaciones
"El despido improcedente en España ha sufrido un deterioro desde el mismo Estatuto de los Trabajadores", argumenta el vicesecretario de política sindical de la UGT, Fernando Luján. Lo que expresa su reclamación, resume el sindicalista, es que las indemnizaciones tienen que servir para compensar a los trabajadores de los daños que asumen cuando pierden un trabajo, pero también para disuadir a las empresas de elegir esta opción si hay alternativas menos drásticas como el ERTE o la reubicación del empleado. "Todos conocemos personas a nuestro alrededor a quienes las han despedido porque hacía poco tiempo que estaban en la empresa y al propietario le costaba cuatro duros", lamenta.
Para Mari Cruz Vicente, secretaria confederal de Acción Sindical de CCOO, su sindicato siempre ha considerado que las indemnizaciones por despido improcedente "deben ser bastante elevadas para que sirvan de elemento disuasorio". "Podemos decir que el despido en España no es gratuito, pero es bastante discrecional por parte de las empresas", añade. Aun así, admite que esta cuestión no llegó a entrar en la agenda política y confía que la decisión europea sea favorable a la posición de los sindicatos para desbloquear el debate.
De momento el ejecutivo de Pedro Sánchez ha optado por no abrir esta caja de Pandora y cuando presentó alegaciones a la reclamación de la UGT afirmó que las compensaciones actuales ya eran suficientes. Los socialistas también votaron en marzo en contra de una proposición de ley de ERC y EH Bildu para recuperar los 45 días por año trabajado, mientras que Unidas Podemos se abstuvo. Esto a pesar de que la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, había mencionado en alguna ocasión la posibilidad de tocar el despido en una hipotética segunda parte de la reforma laboral.
La cuestión de los despidos españoles también se repitió la semana pasada durante las VIII Jornadas Laboralistas del Colegio de Graduados Sociales, donde el magistrado especialista en orden social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya Carlos Hugo Preciado recordó que, según la Carta Social Europea, la indemnización tiene que ser suficiente para disuadir el empresario y cubrir los daños sufridos por el trabajador. En su opinión, el calendario previsible es que se resuelva a partir de "septiembre u octubre", cuando España ya habrá estrenado un nuevo gobierno en la Moncloa.