Fútbol

¿Se puede suspender a Rubiales? ¿Y juzgarle? Las claves de lo que puede afrontar el presidente de la RFEF a partir de ahora

Los castigos pueden ir desde la inhabilitación para desempeñar el cargo de presidente de la RFEF hasta una pena de prisión

BarcelonaLa presión sobre la figura de Luis Rubiales crece cada día que pasa desde el beso en la boca, no consentido, a la futbolista de la selección española femenina Jenni Hermoso. El presidente de la RFEF, que también hizo gestos obscenos desde la gradería del estadio que acogió la final del Mundial, ya conoce por boca del máximo representante político del Estado, Pedro Sánchez, que su disculpa de este lunes a través de un vídeo puede que no le baste para salvar el cargo.

Por eso, el dirigente andaluz se vio obligado a mover ficha a última hora de ayer, convocando una Asamblea Extraordinaria para el viernes a las 12 h en la Ciudad del Fútbol de las Rozas, con el objetivo de debatir sobre el asunto, amparado por el más que probable apoyo de las federaciones territoriales, que le pidieron dar ese paso. ¿Pero qué es lo que podría amenazar la continuidad de Rubiales en el estamento que rige el fútbol español?

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Una suspensión ordenada por el TAD

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), máxima instancia de la justicia deportiva en España, ha recibido ya una denuncia de Miguel Galán, director del centro de formación de entrenadores CENAFE, contra Rubiales. Considera que existe un incumplimiento de la ley del deporte (39/2022) por el acto sexista que supone el beso en la boca del presidente de la RFEF en Hermoso. "Según la disposición final 1ª de esta ley, se trata de un acto sexista intolerable [...]. Corresponde, por tanto, al Consejo Superior de Deportes (CSD) trasladar mi denuncia al TAD para iniciar un expediente e investigar el acto reglado por la ley del deporte", apunta Galán en su escrito. El CSD, órgano liderado por el catalán Víctor Francos, todavía no ha dado el paso que le pide el denunciante, pero si finalmente traslada la denuncia al TAD y se abre el citado expediente, Rubiales podría ser suspendido del cargo, al igual que sucedió el 2017 con Ángel María Villar, expresidente de la RFEF, cuando fue encarcelado por el caso Soule. También Sumar, mediante la vicepresidenta segunda del gobierno español, Yolanda Díaz, anunció a última hora de ayer que ha denunciado a Rubiales en el CSD.

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Hasta dos años de inhabilitación para desempeñar el cargo

En esta línea, la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), presidida por David Aganzo, emitió un comunicado en el que exige que se aplique a Rubiales lo estipulado en la nueva Ley del Deporte, vigente desde el año pasado . En su texto considera "actos racistas, xenófobos o intolerables en el deporte" los siguientes comportamientos: "Las actuaciones que, a raíz del desarrollo de una prueba, competición o espectáculo deportivo o próximo a su celebración, o en los recintos deportivos [...] supongan un acoso, entendiendo como tal toda conducta no deseada relacionada con el origen racial o étnico, geográfico o social, así como religión o convicciones, discapacidad, edad, sexo u orientación sexual de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad y crear un entorno intimidatorio, humillante y ofensivo". Una de las sanciones aplicables es "la inhabilitación para ocupar cargos en la entidad deportiva por un período de entre un mes y dos años".

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El protocolo de agresión sexual de la RFEF

La propia RFEF dispone de un protocolo de actuación frente a la violencia sexual que contiene un apartado que recoge las situaciones, actitudes y comportamientos relacionados con ella. Entre otros, hay "besar a la fuerza". En caso de haber sufrido violencia sexual o tener conocimiento de que alguna persona del ámbito de la actividad de la RFEF ha sufrido violencia sexual, la persona de contacto es el delegado o delegada de protección. A partir de ahí, se activa un protocolo que pasa por la valoración del caso por parte de un comité asesor, que puede adoptar medidas cautelares y es quien tiene la potestad para realizar una propuesta de resolución.

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Ahora mismo, el comité asesor lo forman el secretario general, Andreu Camps; la responsable del arbitraje femenino, Yolanda Parga; el presidente del Comité Nacional de Entrenadores, David Gutiérrez; y la delegada de protección, María Dolores Martínez. De todas formas, la resolución final la dictará la presidencia de la RFEF. Es decir, nada menos que el propio Rubiales. Las medidas que el estamento puede adoptar en relación con el agresor son prohibirle acceder a las instalaciones de la RFEF, suspenderlo de la actividad por un plazo determinado o retirarle la licencia. El exárbitro Xavier Estrada Fernández ha pedido por escrito la activación de este protocolo con motivo del beso de Rubiales en Hermoso. También ha solicitado la dimisión del dirigente.

Por otra parte, Relevo explicó que el presidente de la RFEF intentó que la delantera de la selección apareciera en el vídeo de disculpa con él y que ella se negó a pesar de los intentos de Vilda para que reconsiderara su postura. Este portal deportivo también informó de que Hermoso no aprobó las declaraciones a raíz de los hechos que el estamento distribuyó horas después. Consultadas por el ARA, fuentes oficiales de la RFEF desmienten que el atacante no diera luz verde a sus palabras y explican que la duda interna fue si Hermoso hablaría con una declaración grabada o escrita.

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La vía penal puede comportar de uno a cuatro años de prisión

Más allá de las sanciones y de las consecuencias para la actividad profesional de Rubiales, también existe la posibilidad de iniciar la vía penal. El actual Código Penal considera que es responsable de una agresión sexual "aquel que cometa cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento [...]. Se consideran agresión sexual los actos de contenido sexual que se cometan utilizando la violencia, la intimidación o el abuso, partiendo de una situación de superioridad o vulnerabilidad de la víctima". El castigo estipulado va de uno a cuatro años de cárcel, aunque el órgano sentenciador puede reducirlo a una multa de entre 18 y 24 meses.

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Sin embargo, algunos expertos ven lejana la puesta en marcha de esta vía. Es el caso de la catedrática de derecho penal en la UAB Mercedes García Aran: "Creo que sería una exageración ir al Código Penal. Estamos ante una falta de respeto y un acto machista y políticamente impresentable, pero no todas las acciones de este tipo deben ir por la vía penal". En casi cualquier situación, para que el caso llegara a la vía penal debería ser la afectada, en este caso Hermoso, quien interpusiera la denuncia. "Solo en casos graves podría entrar de oficio el ministerio fiscal", puntualiza García Aran. En la misma línea se expresa el jurista Jordi Nieva-Fenoll, quien opina que la Fiscalía "solo se movería en caso de extrema debilidad de la víctima", aunque al mismo tiempo admite que "Rubiales, como presidente de la RFEF, tiene una posición de cierta preeminencia sobre Hermoso, que es jugadora de uno de los equipos regidos por la RFEF".

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La Fiscalía puede entrar de oficio

En cambio, la delegada del gobierno central para la violencia de género, Victoria Rosell, explicó ayer en una entrevista en Catalunya Ràdio que el beso no consentido "sería constitutivo de delito". Además, informó de que el delito no prescribe hasta los cinco años. Con la misma contundencia se expresa en el ARA Javier Pérez Royo, jurista y catedrático de derecho constitucional en la Universidad de Sevilla. "Sin duda, hay un delito. Es un delito, un beso a una mujer sin su consentimiento en una posición de autoridad y frente a todo el mundo. Con la ley del sólo sí es sí deja de ser un abuso por ser un delito, una agresión sexual. Es una vulneración de la intimidad personal y de la integridad moral", explica Pérez Royo. "La propia Fiscalía ya debería haberlo trasladado a quien corresponda ante el tribunal competente, que seguramente es la Audiencia Nacional, porque el hecho ha ocurrido en el extranjero", concluye el catedrático.

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