Seguridad vial

Los patinetes eléctricos tendrán que disponer de un seguro obligatorio para circular a partir de enero de 2026

La nueva ley de Seguros de Automóviles amplía los vehículos que deben disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil

Patinetes eléctricos y menores de edad, un binomio muy inestable.
24/07/2025
2 min

Este martes el Congreso de los Diputados dio luz verde a la reforma de la ley de Seguros de Automóviles con 178 votos a favor, la abstención en bloque del PP y los votos en contra de Vox y del diputado de UPN. La reforma de la ley incluye a los vehículos personales ligeros –vehículos eléctricos impulsados por una o más ruedas– de una sola plaza y que pueden circular a una velocidad máxima de 25 km/h si su peso es inferior a 25 kilos oa una velocidad máxima de 14 km/h si su peso es superior a 25 kilos.

Esta reforma afecta de manera central a los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal, que deberán disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil en vigor para poder circular, mediante un registro público de vehículos personales ligeros que el Gobierno español deberá terminar antes del 2 de enero de 2026. ~BK_SLT_NA el seguro obligatorio para los patinetes eléctricos, pero con la entrada en vigor de la nueva ley los usuarios de los patinetes eléctricos de toda España tendrán seis meses para contratar un seguro sin ser sancionados. Además los patinetes eléctricos también tendrán que disponer de un certificado de circulación en un código QR, llevar una placa identificativa en su estructura y dar cumplimiento al resto de requisitos técnicos fijados por la DGT https://www.dgt.es/nuestros-servicios/tú-vehiculo/vehiculos-de-movilidad-personal-vmp/

El objetivo de esta reforma es la de dar cobertura legal y asistencial a las víctimas de accidentes con esta tipología de vehículos, así como agilizar las indemnizaciones ajustadas al IPC, y también da cumplimiento a la directiva europea 2021/2118 sobre la responsabilidad civil en la circulación de vehículos. Con todo, la reforma legal sigue sin implementar una edad mínima para el uso de los patinetes eléctricos (algunos municipios tienen ordenanzas que fijan una edad mínima de 16 años para circular con patinetes eléctricos) ni fija la obligatoriedad de hacer uso de un chaleco reflectante o del casco, ni tampoco hace ninguna referencia al uso de matriz.

Los seguros civiles obligatorios vigentes por los usuarios de patinetes eléctricos tienen un precio que oscila entre los quince y los noventa euros anuales en función de las coberturas contratadas o de la entidad aseguradora.

Y las bicicletas eléctricas, ¿qué?

La reforma legal también afecta a las bicicletas eléctricas, a las que obliga a tener que contratar un seguro civil obligatorio para poder circular. Ahora bien, la obligatoriedad del seguro sólo afecta a las bicicletas que pueden alcanzar velocidades elevadas sin necesidad de pedalear, mientras que las bicicletas eléctricas que sólo disponen de un sistema de asistencia, ayuda o impulso al pedaleo, quedan exentas de la obligatoriedad de contratar un seguro.

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