SLAPP: la mordaza legal de la prensa y de la crítica social
El Parlamento Europeo acaba de aprobar un informe crucial para la libertad de expresión. Versa sobre las SLAPP, las siglas en inglés de strategiclawsuits against public participation, es decir, los pleitos estratégicos contra la participación pública. El informe surge de la propuesta de la EU Citizen Network del 2020, que aquel año alertó de este fenómeno internacional, que en los Estados Unidos es muy conocido y, de hecho, está regulado, pero que en la Unión Europea todavía no había recibido atención, a pesar de ser un fenómeno creciente. Según el informe, hasta ahora, la carencia de un abordaje legal y judicial consistente y comprensivo de las SLAPP en la Unión Europea ha impedido identificarlas con prontitud y reconducirlas de forma eficiente. Las SLAPP son acciones legales abusivas, civiles o criminales, que usan privados (individuos y/o empresas) y administraciones con el propósito de disuadir la participación pública y estrangular la crítica y la denuncia social sobre asuntos de interés público. Estas acciones legales se aprovechan del hecho de que muchos países consideran la difamación como un delito; de hecho, incluso se ha generado el denominado libel tourism, que consiste en elegir el país en el que se presentará la demanda judicial según la severidad de su legislación sobre difamación.
Esta tendencia afecta muy directamente a la prensa. En el informe de la entidad Index on censorship del 2020 se identificaba la litigación abusiva como una de las amenazas actuales más serias para el periodismo, y se repasaban varias acciones legales paradigmáticas que se han llevado a cabo contra 6 periodistas de varios territorios.
Pero el informe aprobado por el Parlamento Europeo no solo pretende proteger a la prensa, sino que es bien consciente de que también se tiene que proteger el llamado periodismo ciudadano y la acción de denuncia social hecha por la academia, las profesionales comprometidas con los derechos humanos, los activistas y las ONG, porque contribuyen en gran medida a la tarea democrática de fiscalizar la actuación de los poderes públicos y los poderes económicos. De hecho, el Parlamento Europeo, en 2020, ya pidió al Comité de Asuntos Legales que emitiera un estudio sobre el uso de las SLAPP para silenciar a periodistas, ONG y la sociedad civil en general.
El informe del Parlamento Europeo reivindica que la lucha contra las SLAPP tiene que realizarse desde un abordaje legal y también desde el soft law, con medidas normativas no vinculantes. El informe pretende crear una cultura jurídica y un marco legal objetivo que garantice la seguridad jurídica y a la vez asegure el derecho a un juicio justo y el acceso a la justicia de las personas demandadas o querelladas por SLAPP. También pretende asegurar el apoyo a las víctimas de esta litigación abusiva devastadora, que provoca daños psicológicos y económicos y sobre todo un efecto silenciador.
Las medidas propuestas supondrán un choque térmico para las dinámicas de los juzgados y tribunales estatales, que actúan con una desidia absoluta cuando reciben casos de litigación que afectan a la libertad de expresión e información. En la jurisdicción penal, la más utilizada en el estado español en asuntos de libertad de expresión, los juzgados de instrucción, cuando se les presentan estas acciones legales, tienen toda la información disponible para dictar una resolución de fondo que impida que el proceso se comience. Pero, en lugar de esto, acostumbran a admitir las querellas de forma rutinaria, alargan los procedimientos e, incluso, permiten que lleguen a juicio para que sean los juzgados de enjuiciamiento quienes tomen la decisión de fondo. Para la persona que ha sido denunciada de forma abusiva, esto supone en la práctica verse abocada durante meses, si no años, a un procedimiento que por el mero hecho de haberse iniciado ya cuestiona su credibilidad y malogra la honorabilidad. A su vez, comporta consecuencias como los gastos económicos y el desgaste personal para esta persona y para su entorno familiar y político. Se puede afirmar, pues, que el sistema judicial español, por desidia o por connivencia, está permitiendo la litigación abusiva y el chilling effect (efecto inhibidor de la crítica social) que provoca.
El Parlamento Europeo reivindica que para combatir las SLAPP hay que formar a la judicatura para que sepa detectarlas y neutralizarlas. También pide que se adopten medidas en la jurisdicción penal para salvaguardar los derechos de las personas, de forma que el procedimiento no pueda ser usado para silenciar a las víctimas de SLAPP.
En el estado español cada vez son más numerosos los procedimientos judiciales de este tipo, sobre todo desde ciertos sectores como los sindicatos policiales o los sindicatos de prisiones. Un caso paradigmático de SLAPP ha sido el de las denuncias por difamación contra Iñaki Rivera, director del Observatorio del Sistema Penal y los Derechos Humanos de la Universitat de Barcelona, por haber afirmado a finales del 2018 en el Tot es mou de Tv3 que en Catalunya existía la tortura. Rivera ha tenido que esperar tres años de absurdo recorrido judicial, en el que se han sucedido demandas civiles y procedimientos penales, para ver reafirmada su libertad de expresión. Precisamente hoy, coincidiendo con la aprobación del informe contra las SLAPP, la Audiencia Provincial de Barcelona, finalmente, ha archivado la última denuncia contra Rivera por aquellas declaraciones, impulsada por 200 funcionarios de prisiones y con el apoyo de Marea Blava. A partir de ahora ya podremos poner nombre a la litigación abusiva y antidemocrática para amordazar la crítica social.