¿Trabajar y cobrar el paro?
Ve la luz un acuerdo entre la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y los principales sindicatos para reformar el subsidio de paro. Ahora es necesario que se apruebe en el Congreso, y que lo acepte la Comisión Europea, para poder recibir el cuarto pago de los fondos Next Generation, unos 10.000 millones de euros. Atrás quedan polémicas, como la falta de acuerdo –y seguramente de diálogo– con la Patronal. O la aceptación de las condiciones que Podemos ponía, y por las que no se aprobó la última versión del acuerdo –mantener la base de cotización a la Seguridad Social del 125% para los mayores de 52 años, puesto que a ellos les cuenta por el cálculo de la pensión de jubilación.
El subsidio de desempleo es la ayuda a la que se tiene acceso una vez agotada la prestación contributiva, o si no se ha cotizado el tiempo suficiente, y no se trabaja. Esta reforma aumenta la cuantía de 480 € mensuales a 570 € en los primeros 6 meses, para ir reduciéndola progresivamente hasta los 480 €. Se elimina también la espera, actualmente de un mes, para recibirlo una vez se pierde su trabajo. Y se amplía el número de colectivos cubiertos, por ejemplo a los menores de 45 años sin cargas familiares, a los trabajadores eventuales agrarios ya las víctimas de violencia machista.
Pero entre las novedades, dos me parecen especialmente relevantes, porque plantean solución a dos problemas estructurales de nuestro sistema de prestaciones. El primero, la eliminación de los subsidios parciales. Se equiparan las cuantías para aquellas personas –principalmente mujeres– que no trabajan a tiempo completo. El propio tribunal de Luxemburgo consideraba hace un lustro que el cálculo de la pensión en España era discriminatorio, y contrario a la directiva europea de igualdad de sexos, al perjudicar a las mujeres, que mayoritariamente ocupaban los contratos parciales.
El segundo, la opción de compatibilizar al subsidio con las rentas del trabajo. Se podrá seguir cobrando parte del subsidio a pesar de encontrar un trabajo a tiempo completo, por un período de no más de 180 días y siempre que el salario que se reciba no supere los 18.900 euros anuales. El objetivo es incentivar la incorporación al mercado laboral para evitar la trampa de la pobreza que puede llevar a muchas personas a no aceptar un trabajo por miedo a perder un apoyo tan básico. Es un debate similar al que se vive en torno a las rentas mínimas autonómicas –como la renta garantizada de ciudadanía (RGC)–. A menudo, éstas no permiten a sus beneficiarios tener ingresos laborales, lo que es una contradicción con su objetivo de promover su autonomía y participación activa en la sociedad. Creer que encontrar un trabajo, por sí mismo, es una forma de salir de la pobreza y la exclusión social es un pensamiento muy alejado de nuestro mercado laboral actual.
Esta misma semana la Comisión Europea publicaba un documento de trabajo sobre la convergencia social, donde destacaba los malos resultados de España en materia de pobreza, paro, integración en el mercado laboral y asistencia social. Es necesario, pues, repensar el diseño de nuestras ayudas sociales para que no penalicen a las personas o familias por razones de género, o por tener (pocos) ingresos del trabajo. Esto es lo contrario a ayudar.