Ley de amnistía

La Audiencia Nacional rechaza aplicar la amnistía a los CDR y envía una cuestión prejudicial al TJUE

Los magistrados entienden que aplicar la amnistía al delito de terrorismo contraviene el derecho de la Unión Europea

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Imagen de una de las detenciones en el marco de la operación Judas

BarcelonaLa Audiencia Nacional rechaza amnistiar el delito de terrorismo a doce miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) de la operación Judas, y envía al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial, según el auto a la cual ha tenido acceso el ARA. De esta forma queda paralizada la aplicación del olvido judicial a la espera de que se pronuncie el tribunal europeo, a quien se pide que estudie, tal y como entienden los magistrados de la causa, si la amnistía contraviene el derecho de la UE. Los 12 activistas estaban a las puertas del juicio por pertenencia a organización terrorista y 8 también por tenencia de sustancias explosivas de carácter terrorista y estragos en grado de tentativa.

El tribunal ya pidió a las partes en julio si veían pertinente elevar la consulta al TJUE o presentar un recurso de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional. Los magistrados ya discreparon entonces que los hechos que se investigan en la causa no estén incluidos en la directiva europea de terrorismo, tal y como defienden los abogados de los acusados. También dudaban de que los requisitos previstos en la ley para poder amnistiar determinados casos por terrorismo sean compatibles con la especial protección que prevé el derecho europeo a la hora de perseguir este delito. Creen que aplicar la amnistía a los CDR puede contravenir "gravemente" la ley y significar una "infracción patente" del derecho comunitario.

En el auto de la sección tercera de la sala penal, el tribunal plantea nueve preguntas al TJUE referentes a la adecuación de la amnistía al derecho europeo. De ahí que suspendan la aplicación de la ley a los encausados ​​hasta que Europa se pronuncie y también sobre el procedimiento que les dejaba a las puertas de juicio. Los magistrados entienden que aplicar la amnistía a los CDR "supone enviar un mensaje hacia el futuro [...] en el sentido de que los delitos de terrorismo pueden ser perdonados cuando su intencionalidad esté en línea con los intereses políticos de quien dicta la ley de amnistía". En julio los magistrados ya criticaron que la ley de amnistía "ampare lo que se ha dado en llamar terrorismo de baja intensidad, como si en terrorismo se pudiera catalogar uno de alta intensidad y otro de baja".

En el escrito, los magistrados interpretan que la directiva europea contra el terrorismo "impone a los Estados miembros no sólo la obligación de tipificación de las conductas descritas en la norma europea como delictivas [...] sino la obligación de garantizar que existan sanciones penales eficaces, proporcionadas y disuasivas para quienes realicen estas conductas", y considera que la amnistía no garantiza este principio porque "tiene como finalidad precisamente lo contrario: garantizar la impunidad".

Oposición de la Fiscalía

La Fiscalía había pedido inicialmente hasta 27 años de cárcel para los 12 CDR, pero con la entrada en vigor de la norma pasó a defender el sobreseimiento libre de la causa. En su escrito de conclusiones provisionales de cara a la apertura de juicio oral, pedía inicialmente estas altas penas de cárcel para Eduard Garzón, Esther Garcia, Sonia Pascual, Queralt Casoliva, Germinal Tomás, Alexis Codina, Jordi Ros y Joaquim Delgado, mientras que a Xavier Buigas, Ferran Jolis, David Budria y Clara Borrego les achacaba el delito de pertenencia a organización terrorista y reclamaba para ellos cuatro años de cárcel. "Los criterios interpretativos no nos generan dudas en cuanto a la aplicación de la ley de amnistía en caso de que nos ocupa", pasó a defender a finales de junio la teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Durántez.

La acusación popular conjunta de Vox, la Asociación Catalana de Víctimas del Terrorismo y otras entidades de extrema derecha, en cambio, mantenía el criterio de que la norma es "incompatible con la Constitución, el Código Penal y el derecho de la Unión Europea".

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