Tribunales

La excepción de la Audiencia Nacional: un tribunal sin equivalente en Europa

Arrastra polémicas desde su nacimiento por ser un tribunal centralizado y heredero del TOP franquista

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Sede de la Audiencia Nacional.

BarcelonaLa Audiencia Nacional volvió al ojo del huracán a raíz de los últimos movimientos judiciales en las causas de Tsunami Democrático y los CDR, que podrían quedar excluidas de la amnistía si se mantienen las imputaciones de terrorismo y no hay cambios en la ley. La ofensiva contra la amnistía le ha valido al juez Manuel García-Castellón críticas de los grupos de la mayoría plurinacionales esta semana: ERC, Sumar y Junts le acusaron de prevaricar y retorcer la ley frente a un PSOE que ya no esconde su incomodidad con los intentos de la judicatura de torpedear el olvido judicial.

Pero la existencia de la Audiencia Nacional y las causas que el ordenamiento le atribuye han sido controvertidas desde su creación en 1977, en sustitución del Tribunal de Orden Público, herramienta de acoso político del régimen franquista. La Audiencia Nacional hereda las competencias en delitos contra el jefe de estado y "la forma de gobierno" y los de terrorismo, con independencia del punto del Estado donde se hayan producido. También suma nuevas carpetas, como las estafas de alcance estatal, el narcotráfico, la delincuencia organizada y las extradiciones, que mantiene con la llegada de la democracia.

Desde que empezó a funcionar, hay una crítica que se repite contra la Audiencia Nacional por parte de un sector de los especialistas en derecho procesal penal: su existencia supone una excepción al principio general según el cual el juez que debe investigar los delitos es el del puesto de comisión del crimen, donde el hecho delictivo tiene repercusión y donde es más fácil que el acusado pueda defenderse. Es una excepción que avaló al Tribunal Constitucional, en respuesta a los recursos de Cataluña, País Vasco y Galicia, y que ha sobrevivido a las sucesivas reformas de la estructura del poder judicial en España.

Tener que trasladar el procedimiento a la capital supone un quebradero de cabeza añadido para los investigados, que en muchos casos pasan años a la espera de que las causas, a menudo complejas y largas, lleguen a juicio. Un ejemplo de ello el periplo judicial de Sandro Rossell, que acabó absuelto después de pasar 21 meses en prisión preventiva. El modelo carece de paralelismo ni es habitual en los países del entorno, aunque Francia hizo una reforma para atribuir el enjuiciamiento de delitos de terrorismo a la Cour de Assises en París con carácter prioritario (pero no exclusivo).

Después de ETA

¿Tiene sentido tener un tribunal especializado en terrorismo? Las fuentes expertas consultadas por el ARA coinciden en tenerlas, sobre todo, durante los peores años del terrorismo. Con ETA activa, trasladar los juicios fuera del País Vasco permitía aliviar la "presión social" sobre los magistrados y garantizar su seguridad, explica el catedrático de derecho penal de la Universidad de Lleida y de la UOC, Josep Maria Tamarit. Ahora la situación es diferente y los tira y aflojas de la Audiencia Nacional y otros tribunales a razón de la competencia generan incertidumbres y "desconfianzas". No ayuda el hecho de que haya magistrados que encaran su función "alineados con la defensa de la unidad" de España, explica el experto, que advierte, sin embargo, que esta inclinación no tiene que ver con el estatuto de los jueces –que tienen las mismas garantías de independencia que el resto– sino "quizás con razones sociológicas".

Un buen ejemplo de las interpretaciones fluctuantes de la Audiencia Nacional sobre su competencia es el caso del juicio a los líderes del Proceso, que arrancó en este tribunal con Carmen Lamela como instructora a raíz de las querellas de la Fiscalía. Luego pasó al Supremo. En cambio, quien sí fue juzgado ante la Audiencia fue el mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, acusado y absuelto de rebelión. También el caso Neymar pasó años en la Audiencia Nacional antes de terminar en Barcelona. En este sentido, el catedrático de derecho penal de la Universidad Pompeu Fabra, Ramon Ragués, lamenta que el tribunal hace un "uso selectivo de su competencia" que hace muy difícil prever cuando un caso puede acabar yendo a parar. "Y después, existe un problema de garantías", explica el jurista, que destaca las dificultades de las defensas para obtener escritos e, incluso, respuesta a las peticiones ante instructores que suelen ser muy permeables a las tesis de fiscales y policía. Es una bunkerización que también denuncian a los abogados que litigan.

¿Una "anomalía justificada"?

Pese a las críticas, hay quien defiende la existencia del tribunal como órgano especializado. Históricamente, sus magistrados han reivindicado que se ocupan de tramas complejas en las que es necesario conocer normativa europea en detalle o, en el caso de las extradiciones, los convenios internacionales de referencia. "La existencia de la Audiencia Nacional es una anomalía justificada", añade el catedrático de derecho penal de la universidad Abad Oliba-CEU, Carlos Pérez del Valle, quien subraya que también se encarga de los casos con víctimas de nacionalidad española en el extranjero donde, por tanto, no hay vínculo territorial previo. Unificar la investigación en un solo órgano, explica, también favorece la eficiencia en la investigación de grandes delitos económicos con ramificaciones en diversas provincias. José Manuel Villarejo–, los atentados del 17-A y los del 11-M, el caso Pujol, Bankia y la Gürtel han seguido su andadura en la Audiencia Nacional. El precio, reconoce el catedrático, es la "dimensión de opinión pública" que tienen los casos y expectativas que se proyectan sobre los jueces instructores. "Pero esto no es culpa del tribunal", argumenta el también magistrado en excedencia. -_BK_COD_

El aval de Estrasburgo

El diseño de la Audiencia Nacional recibió el aval de la Comisión Europea de Derechos Humanos en 1986 en el caso Barberà y otros. La comisión –antiguo órgano que después absorbió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos– consideró que se trataba de un tribunal ordinario y no de excepción, y destacó que sus miembros lo son por designación del Consejo General del Poder Judicial. En España, en 1977 la Audiencia Nacional ya había recibido críticas de juristas de prestigio como Gregorio Peces-Barba, que le tachó de "atentado" al derecho fundamental al juez natural, y de Andrés de la Oliva, quien aseguró que era "antidemocrática de nacimiento".

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