El letrado mayor del Congreso avala ahora la decisión de Batet de retirar el escaño a un diputado de Podemos
Alberto Rodríguez finalmente no se querellará contra la presidenta de la cámara y se limitará a recurrir la sentencia del Supremo
Nuevo capítulo sobre el caso que afecta al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez y que en los últimos días ha tensado al gobierno español, al Congreso y al Tribunal Supremo. Un nuevo informe del secretario general de la cámara baja, Carlos Gutiérrez, ha avalado la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de retirar el escaño al parlamentario después de que fuera condenado por haber dado una patada a un policía durante una manifestación en 2014. Tal como ha avanzado El País y ha confirmado el ARA, el letrado asegura ahora que Batet estaba obligada a retirarle el acta en cumplimiento de la sentencia.
Se trata de un cambio de criterio, puesto que en un primer momento los letrados de la cámara consideraron que no era necesario dejar a Rodríguez sin escaño porque la condena –de solo 45 días de prisión– había sido resuelta finalmente con una multa de 500 euros que, entendían los servicios jurídicos de la cámara, una vez abonada, dejaba sin efecto la sentencia. Entonces, la triple derecha empezó una ofensiva llevando el caso al Supremo, a la Junta Electoral Central y a la Fiscalía, además de pedir una reconsideración a la mesa del Congreso. Al día siguiente el Supremo desautorizaba la decisión de la mesa y Marchena pedía a Batet qué día el diputado sería inhabilitado. Ante la presión, la presidenta del Congreso acabó decidiendo el viernes retirar el acta a Rodríguez, una medida que indignó a Unidas Podemos y desató la tormenta en el gobierno de coalición. Ante las peticiones de explicaciones de Rodríguez, que prepara su defensa jurídica, Batet ha pedido una aclaración de los letrados sobre la cuestión, que es lo que firma Gutiérrez y concuerda esta vez con las demandas del alto tribunal.
La tensión con Unidas Podemos llegó al punto de que la formación llegó a anunciar una querella contra la presidenta de la cámara baja. La ministra de Agenda 2030 y líder del partido violeta, Ione Belarra, cargó contra la presidenta del Congreso y también contra el Supremo, al que acusó de "prevaricar". Un posicionamiento que provocó un nuevo choque entre el poder ejecutivo y el poder judicial, puesto que el Consejo General del Poder Judicial consideró inadmisibles las palabras de Belarra porque, a su entender, iban más allá de la libertad de expresión. Durante el fin de semana, sin embargo, el partido violeta ha ido rebajando el tono para que el incendio con sus socios de gobierno no fuera a más. Después de que Unidas Podemos se limitara a aclarar que la denuncia la presentaría Rodríguez a título personal, el ya exdiputado ha renunciado este lunes a la querella contra la presidenta de la cámara baja. Según Europa Press, Rodríguez se limitará a defenderse con el objetivo de llevar el caso ante los tribunales europeos. De hecho, según El Confidencial, Rodríguez habría contratado el despacho de Gonzalo Boye por su experiencia en este tipo de casos. Con la decisión de Rodríguez de no querellarse finalmente contra Batet, el caso se limitará ahora a seguir los caminos previstos por los diferentes recursos hasta llegar, si hace falta, a la justicia europea.
Información de cara a un futuro litigio
El pronunciamiento del secretario general del Congreso llega, pues, a partir de la carta que el exdiputado Rodríguez ha enviado este lunes a Batet instándola a aclarar cuál es la base legal para la retirada de su escaño y quién tomó la decisión –si la propia presidenta de la cámara o un órgano colegiado–. En la misiva, Rodríguez adjunta una comunicación de Batet del pasado viernes donde explica que, de acuerdo con el artículo seis de la ley orgánica 5/1985, del régimen electoral general, se ha acordado sustituir al parlamentario de Unidas Podemos. Ante este hecho, Rodríguez formula varias preguntas a Batet. Concretamente, pide a la presidenta de la cámara que aclare en qué resolución exacta procede a la retirada de su escaño, a partir de qué punto exacto de la ley lo ha hecho –el artículo seis de la ley /1985 es muy amplio y repasa todas las condiciones de inelegibilidad– y, finalmente, quién ha tomado esta decisión. Toda esta información, afirma Rodríguez, le servirá para "delimitar el objeto del futuro litigio".
En el texto del letrado mayor, este cita el escrito enviado el 21 de octubre por el TS, en el que señala que "la pena de prisión es el desenlace punitivo asociado a la conducta que se declara probada, sin perjuicio de que a efectos de su ejecución" se haya "acordado su sustitución por una pena de multa". Según Gutiérrez, de esto se tiene que inferir que el TS considera que "la pena privativa de libertad impuesta en origen no pierde su naturaleza por haber sido sustituida" y, por lo tanto, es incompatible con mantener el acta de diputado.