La sanción por no presentarse a las mesas electorales: una lotería entre prisión y multa

Los que van a juicio pueden acabar con antecedentes o pagando miles de euros, a pesar de que la mayoría de casos se archivan

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Meses electorales a las elecciones municipales y europeas de 2019

BarcelonaTres personas tendrán que ir a la Audiencia de Barcelona la semana que viene porque en las elecciones municipales y europeas del 26 de mayo de 2019 les tocó ser miembros de una mesa y, según la Fiscalía, no se presentaron. En todos los casos se pide que paguen una multa, pero los importes no se asemejan nada: en un caso son 2.700 euros, en otro 4.500 euros y en el tercero 7.200 euros, a pesar de que presuntamente todos cometieron el mismo delito: ausentarse de la mesa sin justificación. Esta disparidad refleja que no hay un criterio homogéneo de la Fiscalía –ni tampoco de las sentencias de los tribunales– sobre este delito, lo cual hace que se entre en una lotería en la que también se incluyen penas de prisión.

No presentarse a una mesa electoral puede suponer una pena de prisión de entre tres meses y un año o una multa de entre seis y 24 meses –con una cuota diaria que, como se ve, se establece como se quiere en cada caso–. La ley orgánica que regula los delitos electorales, que no forman parte del Código Penal, da esta horquilla bastante amplia sin decir por qué motivo se tiene que aplicar una pena de prisión o bien una multa, de forma que lo deja a la interpretación de los fiscales y los jueces a pesar de tratarse de una situación con poco margen para ser muy diferente. Es verdad que se han puesto condenas tanto por llegar tarde –más allá de las ocho de la mañana, la hora de constitución de las meses– como por no presentarse, pero la ley no recoge ningún matiz.

“La jurisprudencia de los delitos electorales es muy heterogénea”, describe la abogada del Col·lectiu Ronda Carme Herranz. A pesar de que hay delitos electorales más allá del de ausentarse de la mesa, el 99% de las denuncias de la Fiscalía son contra presidentes, vocales o suplentes que no comparecen. Herranz admite que los casos que van a juicio son los que “no tienen ninguna irregularidad en el trámite administrativo”. Es decir, los casos en los que se puede demostrar que se notificó a las personas que les había tocado y después no lo cumplieron. Pero añade que “hay una zona de oscuridad” a las ocho de la mañana, cuando se tienen que constituir las mesas: “va mucha gente y a veces se forma un poco de caos. Y es muy importante que el responsable del colegio tome nota que se ha acudido”.

Los efectos del 14-F

El 70% de las investigaciones que abre la Fiscalía de Barcelona por ausentarse de la mesa se archivan. No prosperan porque los miembros habían presentado alegaciones a las juntas electorales y les habían aceptado la petición de excluirles o no les habían notificado de que les tocaba. En los casos que acaban en juicio, se intenta llegar a conformidades –acuerdos– para reducir la pena a una multa. La Fiscalía desconoce cómo las elecciones del 14-F –y después del alud de alegaciones de los últimos días– repercutirán en los delitos electorales. Pero el gráfico que se muestra en este artículo permite ver cómo, unos meses después de unas elecciones, se abre un número de investigaciones que va a la alza según los comicios que se hayan celebrado. El gráfico también evidencia que la mayoría no llegan a los juzgados.

Absentismo en las mesas electorales

Herranz explica que las penas por no presentarse a las mesas suponen tener antecedentes penales y que, a pesar de que los meses de prisión que pueden implicar son “susceptibles” de no cumplirse, la suspensión de la condena “no es automática”. Añade que si no se paga la multa esta se sustituye por una pena de prisión y que los delitos electorales incluyen una inhabilitación que impide votar durante un tiempo. En cuanto al 14-F, la abogada pronostica que algunas personas que se ausenten podrían pedir a los jueces que las absuelvan apelando al miedo insuperable por covid-19.

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