El Supremo no moverá ficha pese al aval del TC en la amnistía
La petición de Puigdemont para que el Tribunal Constitucional levante la orden de detención abrirá un debate inédito
MadridLa Moncloa, el presidente de la Generalitat y el independentismo coincidieron en pedir al Tribunal Supremo que aplicara la ley de amnistía de una vez a los líderes del Proceso una vez el Tribunal Constitucional confirmó su aval este jueves, pero nada más lejos de la realidad. El alto tribunal español ya dejó marcado su camino y no cambiará: según el Supremo, la amnistía no es aplicable por el delito de malversación y, por tanto, no habrá ningún cambio inmediato para Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y el resto de implicados en el 1-O por el delito de malversación. "Parece claro que no afecta", confirman fuentes del Supremo al ARA. A quienes sí se podrían borrar los antecedentes penales será en Joaquim Forn, Carme Forcadell, Josep Rull, Jordi Sánchez, Jordi Cuixart, Carles Mundó, Meritxell Borràs y Santi Vila, condenados por sedición y/o desobediencia y no por malversación. El Supremo se negó en un principio argumentando que quería esperar a que el TC se pronunciara sobre una cuestión de inconstitucionalidad que había presentado por otro caso y ahora fuentes consultadas por el ARA apuntan a que deben deliberarlo. "Veremos", no se mojan.
Al día siguiente de conocerse la sentencia del TC, que por 6 a 4 dictaminó la constitucionalidad de la norma de olvido judicial del Proceso, no había mucho revuelo en el Supremo, pese a la presión del ámbito político para que se sintiera interpeladoLa decisión del organismo presidido por Cándido Conde-Pumpido era "previsible", coinciden en el TC y el Supremo, así como la respuesta a la sala segunda que ahora preside de forma interina Andrés Martínez Arrieta. malversación", insisten fuentes del Supremo. "El margen prevaricador del Supremo se va estrechando", ha denunciado Puigdemont en un tuit en X.
Los mismos afectados asumían este jueves que la sentencia del TC era un "paso adelante" y que "no comportará ningún cambio", en palabras del líder de ERC, Oriol Junqueras, uno de los que espera la amnistía para que acabe su inhabilitación hasta el año 2031. Está en juego su derecho a la participación política, al igual que el del secretario general de Junts como candidato en unas elecciones hipotéticas. Por ello, instaba al TC a aplicar medidas "coercitivas" a los jueces para que obligaran a aplicar la amnistía, haciendo uso de la reforma del año 2015 que permite al órgano de garantías a hacer ejecutables sus resoluciones.
Ahora bien, fuentes del TC consultadas por el ARA dejan claro que esto no es posible. Esta sentencia responde a un recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP que se limita a dirimir si la ley de amnistía tiene o no encaje en la Constitución, pero no define cómo debe aplicarse la norma en los casos en que podría operar. Por eso, estas fuentes destacan que la petición de Turull está fuera de sitio. Otro escenario bien distinto será cuando el TC delibere sobre los recursos de amparo, en los que los afectados sí denuncian específicamente que no se les haya aplicado la ley. Entonces sí: los magistrados tendrán que mojarse y es ahí cuando se producirá el verdadero choque entre el Supremo y el Constitucional.
Los recursos de amparo
"Tendrá que ser el Constitucional con el recurso de amparo quien resuelva", admiten fuentes del Supremo, que ven "previsible" que Conde-Pumpido y el resto de miembros del bloque progresista consideren que el alto tribunal español ha vulnerado el principio de legalidad al considerar que la malversación del Proceso no encajaba en la ley de amnis. "Ya veremos qué hacemos", apuntan para cuando llegue ese momento. De hecho, el propio magistrado instructor de la causa del Proceso, Pablo Llarena, ya manifestó públicamente en una conferencia en Granada hace dos meses que los recursos de amparo "no tienen recorrido" al considerar que el Constitucional no tendrá margen para discutir la visión del Supremo sobre la malversación.
Decía Llarena en aquella charla que para acreditar una vulneración de la seguridad jurídica, el TC debería llegar a la conclusión de que su interpretación es "extravagante", y cree que no es así. Ahora bien, tanto la Fiscalía como el voto particular que la magistrada de la segunda sala del Supremo, Ana Ferrer, dictó defendiendo que debía amnistiar a los líderes del Proceso apuntaban en este sentido. El ministerio público calificaba de "artificiosa" la decisión de Llarena y Ferrer hablaba directamente de "grietas en los diques de la lógica". La magistrada progresista insistía en que su tesis es "la única que resulta lógica".
El regreso de Puigdemont
Cuando Puigdemont presente el recurso de amparo –justo cuando el TC deliberaba sobre la amnistía, el Supremo ha resuelto el incidente de nulidad del líder de Junts y le ha abierto la puerta a dirigirse al órgano de garantías–, podrá solicitar como medida cautelar que se obligue al Supremo a levantar la orden de detención contra el expresidente y que, por tanto, pueda circular con libertad por el estado español. Este es un planteamiento inédito y en el TC subrayan que "no es predecible" lo que puede pasar. Habrá que estudiarlo cuando se produzca y las circunstancias del momento serán relevantes. ¿Por qué? Fuentes del organismo anotan que no sería lo mismo que Puigdemont estuviera en el extranjero en libertad –en todas partes excepto en España– o que estuviera encarcelado en el Estado si decidiera volver. "El parámetro de control del TC es más incisivo si estuviera privado de libertad", dicen estas fuentes.
Los ya condenados por el 1-O ya han presentado el recurso de amparo y pidieron que como medida cautelar se les levantara la inhabilitación. A finales de marzo la Fiscalía ya se opuso y, en principio, el TC lo rechazará. A diferencia del caso de Puigdemont, en ese caso, el derecho en juego sería el de participación política y no la libertad. Además, conceder esa cautelar supondría anticipar la resolución del fondo del asunto.