El Supremo concluye que no existe "explicación alternativa" a la culpabilidad del fiscal general
La sentencia, de 181 páginas, cuenta con el voto particular de las dos magistradas progresistas
Madrid"Debemos condenar y condenamos a Álvaro García Ortiz como autor de un delito de revelación de datos reservados". Diecinueve días después de anunciar la condena, el Tribunal Supremo ha hecho pública la sentencia que consuma un choque institucional sin precedentes y que inhabilita dos años al fiscal general del Estado. El tribunal, por una mayoría de cinco votos a dos, se basa en un conjunto de pruebas "sólidas, coherentes y concluyentes" para afirmar "necesariamente" que él o "una persona de su entorno inmediato y con su conocimiento" filtraron a la Cadena SER el correo del abogado de la pareja de Isabel Díaz Ayuso. La sentencia, de 181 páginas, considera que Álvaro García Ortiz tenía un "reforzado deber de reserva" que "infringió sin justificación". Por contra, las progresistas Ana Ferrer y Susana Polo, que han emitido un voto particular, sostienen que "no ha quedado acreditado" que el fiscal general fuera el autor de la filtración. Álvaro García Ortiz será sustituido por Teresa Peramato, que este martes ha sido nombrada formalmente y esta semana tomará posesión del cargo.
La Moncloa se ha mantenido del lado del exfiscal general y el propio presidente español, Pedro Sánchez, ha cargado contra la sentencia defendiendo el comportamiento de García Ortíz: "Quien debe pedir perdón es [Isabel Díaz] Ayuso". En la misma línea que la dirección del PP, la presidenta madrileña, en cambio, celebró la condena y apuntó que "el gobierno caería a plomo en cualquier democracia liberal".
El Supremo ha condenado a Álvaro García Ortiz tanto por la filtración del correo en el que el abogado de la pareja de Isabel Díaz Ayuso admitía que "ciertamente" había cometido dos delitos fiscales como por la nota informativa que se publicó horas más tarde: ve una "unidad de la acción". Concretamente, la nota fue la respuesta oficial después de que Miguel Ángel Rodríguez, el jefe de gabinete de la presidenta madrileña, esparciera falsamente que la Fiscalía había ofrecido un pacto a Alberto González Amador –cuando realmente había sido al revés y la iniciativa había salido de él– y que se había detenido por órdenes “de arriba”. Es la versión que publicó El Mundo.
El criterio que se ha impuesto al Supremo ha sido el de la mayoría conservadora, liderada por el presidente de la sala penal, Andrés Martínez Arrieta, que es muy crítica con el papel del fiscal general: le reprocha que es "nocivo" que quien es "garante de la obligación de sigilo" divulgue datos reservados porque implica datos reservados porque implica su alcance.
La filtración y la nota informativa
La sentencia argumenta que no existe ninguna "explicación alternativa razonable" que "permita cuestionar" que la filtración se produjo en la Fiscalía General del Estado y que Álvaro García Ortiz tuvo una "participación directa". Le reprocha la "urgencia" y "precipitación" que tuvo el 13 de marzo del 2024 por la noche para conseguir los correos intercambiados entre el fiscal del caso y el abogado de González Amador, quien cree que "no eran necesarios" para desmentir públicamente una noticia falsa. Además, arguye que "no es atendible" insinuar que había decenas de personas que tenían acceso al correo, como alegó la defensa del fiscal general, dado que implicaría una "brecha de seguridad importante".
Sobre la nota informativa, sostiene que Álvaro García Ortiz "no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito" y esgrime que había "muchas posibilidades" para desmentirla "sin exponer al acusado como delincuente confeso ante la opinión pública". Reprueba "la extralimitación" del fiscal general y cree que la nota contenía documentos "manifiestamente prescindibles" e incluía datos que "no debían ser divulgados". "Informar no es intervenir en polémicas mediáticas asumiendo el sacrificio de los derechos [de Alberto González Amador]", remacha.
¿Y qué dice de los periodistas que aseguraron que tuvieron acceso al correo de la discordia antes de que lo recibiera el fiscal general? Afirma que no cuestiona su "veracidad", pero replica que el hecho de que un dato reservado fuera conocido previamente "no supone" que perdiera la protección que tenía. Y compara el caso, por ejemplo, con un cirujano plástico que opera a un famoso oa un médico que sabe que una persona tiene una enfermedad de transmisión sexual.
Una "coincidencia muy llamativa"
Uno de los elementos en los que la sentencia pone énfasis es el hecho de que Álvaro García Ortiz borró los mensajes de WhatsApp el mismo día que se supo que el Supremo había abierto una causa contra él. "Que se eligiera ese día tan singular es una coincidencia muy llamativa", considera el tribunal, que cuestiona las explicaciones que dio el fiscal general para defender que realizaba borramientos periódicos por cuestiones de seguridad.
"No existe ninguna disposición que le obligue a dejar en blanco, de vez en cuando, absolutamente toda la información", replica la sentencia, que atribuye la "destrucción artesanal" y la "voluntaria y consciente eliminación integral" del móvil a una "genuina estrategia de defensa". Asimismo, el tribunal no entiende "de ninguna forma" que García Ortiz no guardara los correos relativos a los hechos si, como afirmaba él, "constituían una prueba esencial de su inocencia".
Picapela entre la Moncloa y el PP
"Conozco muchos guiones de Hollywood con menos creatividad que esta sentencia", ha verbalizado en una entrevista en TVE al ministro Óscar López antes de que fuera el propio presidente Sánchez quien la criticara. Desde Ferraz, fuentes del PSOE han reiterado que los socialistas no comparten la condena y han puesto el foco en el voto particular de las dos magistradas progresistas. Asimismo, Sumar cree que "se ha escrito una sentencia a demanda para condenar a un hombre justo".
En cambio, el PP ha cargado con dureza contra Álvaro García Ortiz. Pocos minutos después de conocerse la noticia, la portavoz popular en el Congreso, Ester Muñoz, ha remarcado que es el "primer fiscal general del Estado delincuente". Más tarde, desde Génova, el PP ha celebrado "un gran día para la democracia" y un "mal día" para Pedro Sánchez y han instado al presidente español a dimitir si tiene un "mínimo de dignidad".
Ferrer y Polo discrepan de la mayoría
En el voto particular, las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo rechazan la condena al fiscal general en base a cuatro puntos. El primero, que no existe ninguna prueba, ni directa ni indirecta, que incrimine a García Ortiz en la filtración del correo. El segundo, que ninguno de los periodistas que publicaron la noticia señaló al fiscal general como fuente de información. El tercer punto es que la Fiscalía estaba legitimada a salir al paso de las informaciones falsas publicadas por El Mundo, que había atribuido la oferta de conformidad a la Fiscalía. Destacan que en la nota que hizo pública la Fiscalía no se revela ningún dato que no se supiera previamente. El último punto es el que rechaza que se pueda condenar al fiscal general para que borrara los mensajes de su móvil y correo electrónico, dado que no se sabe qué decían y, además, que el borrado periódico de datos delicados se ha demostrado que es una práctica habitual en la Fiscalía precisamente para evitar filtraciones.