Los recursos de la derecha en el Supremo

El Supremo tumba los recursos contra la fiscal general y abre la puerta a hacerlo con los de los indultos

La Sala Tercera del Supremo no es el Tribunal Constitucional: no cuela todo lo que recurren el PP y Vox

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MadridLa sección IV de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, la Sala Tercera del Tribunal Supremo, desestimó este martes 19 los recursos del Partido Popular y de Vox contra el nombramiento de la ex ministra de Justicia, Dolores Delgado, como fiscal general del Estado en enero de 2020. La sección, que se formó esta vez con siete magistrados, resolvió que ambos partidos carecen de legitimidad para recurrir, sin entrar a considerar si, como planteaban los recurrentes, Delgado era idónea o inidónea, imparcial o parcial para ocupar el puesto. 

Cuatro magistrados (Pablo María Lucas, Pilar Teso, Celsa Picó, y Luis Díez-Picazo) a los que se sumó el presidente, que en esta ocasión, por tratarse de un asunto que afectaba al Ministerio Fiscal, ejerció el presidente de toda la Sala Tercera, César Tolosa, apoyaron la ponencia de la magistrada Pilar Teso favorable a denegar el derecho de los recurrentes, y dos han anunciado que presentarán votos particulares en contra de la resolución. Conocido el fallo, tanto la sentencia como esos votos se darán a conocer en los próximos días.

En enero pasado, la sección IV tuvo la oportunidad de seguir la recomendación de la Abogacía del Estado en el sentido de rechazar a limine, es decir de plano, ambos recursos porque, según argumentó, ambos partidos carecían de legitimidad para recurrir. Esto es: que impugnaban el nombramiento del fiscal General del Estado, potestad del Ejecutivo, sin demostrar qué requisitos legales para el cargo se habían presuntamente quebrantado. Sin embargo, la sección IV denegó esa desestimación de entrada y anunció que fallaría sobre la legitimación en el momento de dictar su sentencia. Es lo que ha ocurrido este martes 19. El tribunal deliberó y por mayoría, basándose en la ponencia de Pilar Teso, resolvió que PP y Vox carecen de derecho para impugnar el nombramiento.

Fuentes judiciales señalan que el tribunal pretendía elaborar una vez más los requisitos para que un partido político pueda recurrir determinados actos gubernamentales. No es que, señala la fuente, falte jurisprudencia sobre legitimación activa para recurrir. Hay varias sentencias y autos de la sala tercera, tanto del pleno como de otras secciones, que han abordado la legitimación activa. Por ejemplo, el pleno de la Sala Tercera del 3 de marzo de 2014, se establece para los partidos políticos el requisito del vínculo directo con la causa a la hora de recurrir, más allá de la simple defensa de la legalidad.

Otra reciente es la de la sección cuarta, que inadmitió a trámite, en julio de 2020, los recursos de Vox y del Partido Popular contra el nombramiento del entonces vicepresidente Pablo Iglesias en la comisión delegada del gobierno para asuntos de inteligencia (CNI). No se consideró "conexión específica" las que presentaban los partidos para recurrir.

Un espejo para los indultos

La sentencia, pues, que en los próximos días dará a conocer el tribunal que ha desestimado los recursos del PP y de Vox contra Delgado será muy relevante para considerar el futuro de los nueve recursos elevados a la Sala Tercera contra los indultos de los dirigentes independentistas aprobados por el gobierno el pasado mes de junio. Esos recursos –como ocurriera con los del PP y de Vox en el caso Delgado– fueron admitidos a trámite sin resolver si los recurrentes estaban habilitados para hacerlo. Existe una impresión: si bien la mayoría de esos recursos, que incluyen a Ciudadanos y PP, serán rechazados, por falta de legitimación como acaba de ocurrir con el nombramiento de Delgado, podría haber una excepción: Vox. Porque se esgrime el argumento de que el partido ultraderechista ha ejercido la acusación popular en el juicio del Procés.

“La exigencia para recurrir los indultos es más clara todavía. A la falta de legitimación por falta de interés legítimo se une la falta de legitimación formal por no haber sido parte en el procedimiento administrativo de los indultos. Y es esta la resolución –la concesión de los indultos– la que se recurre”, señala una fuente judicial tras el fallo de la Sala Tercera sobre el nombramiento de Delgado. Vox ha sido acusación popular, pero no ha participado en el proceso de ejecución de sentencia.

Y el argumento de que ha ejercido la acusación popular en el juicio del Procés, confirma, paradójicamente, que el interés de Vox en los indultos no es el interés que se exige para recurrir, es decir, el de la parte agraviada o perjudicada, como ocurrió en el asunto del caso del conductor kamikaze, donde el indulto fue recurrido con éxito por los familiares de la víctima atropellada y fallecida. Porque la parte agraviada o perjudicada ejerce la acusación particular; la acusación popular, en cambio, tiene el interés de defender, genéricamente, la legalidad. Esto es precisamente lo que la sentencia del Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo del 3 de marzo de 2014: vínculo directo con la causa, no defensa genérica de la legalidad, mucho más, una “conexión específica”.

La resolución adoptada sobre Delgado tendrá dos votos particulares. El de los magistrados José Luis Requero y Alfonso Jesús Fonseca-Herrero, ambos ultraconservadores. Es interesante que Fonseca-Herrero haya votado en contra de la resolución. Fue él quien ejerció el puesto de Promotor de la Acción Disciplinaria en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a propuesta del presidente Carlos Lesmes entre 2013 y mediados 2017. Y fue Lesmes precisamente quien echó las bases de los recursos contra Dolores Delgado al lograr la aprobación de una resolución en el CGPJ el 16 de enero de 2020 que evitó utilizar la fórmula habitual al dar luz verde a los candidatos propuestos para fiscal general del Estado por el Gobierno: idoneidad. Reunía los requisitos formales, pero no resultaban suficientes para que el sector conservador autorizara salir del CGPJ la fumata blanca con la palabra “idónea”. Con esta decision, la Sala Tercera evita ser el Tribunal Constitucional donde todo lo que recurren Vox y el PP cuela.

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