Acuerdos judiciales

De 30 años por una violación a no entrar a prisión: así funcionan los pactos judiciales

El sistema procesal permite los acuerdos de conformidad, también en el caso de los agresores, a pesar de la rechazo social que generan

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Las vecinas de Baleira en una manifestación contra los abusos sufridos por la niña violada por sus familiares

BarcelonaDos policías pararon un coche en Estepona, en Málaga. La chica que lo conducía tenía 18 años y había bebido. Los dos agentes abusaron sexualmente de ella: la violaron. En 2018 fueron detenidos y entraron en prisión provisional, a pesar de que salieron al cabo de poco tiempo pagando una fianza. La Fiscalía pidió 30 años de prisión; la acusación particular, 33. En abril del 2022, antes de celebrarse el juicio, las partes llegaron a un acuerdo de conformidad: dos años de prisión para cada uno, una pena que quedaba suspendida si participaban en un curso de educación sexual, y 80.000 euros de indemnización. El presidente de la sección octava de la Audiencia Provincial de Málaga emitió un voto particular: había riesgo de reincidencia y, a pesar de que todas las partes estuvieran de acuerdo, incluyendo la víctima, en la rebaja de la pena, lo que pasó no se ceñía solo a un ámbito privado, sino que había un claro "interés público": "De alguna manera, estos delitos nos afectan a toda la sociedad".

El 23 de enero de este año la Audiencia Provincial de Barcelona notificaba un acuerdo de conformidad gracias al cual un monitor de Artés rebajaba de 24 a 2 años y 11 meses su pena de prisión. Admitía los delitos, hacía un curso de educación sexual, pagaba 2.700 euros de multa y 7.400 a las víctimas, y se evitaba una larga estancia en prisión. En Baleira, un pequeño municipio de 1.200 habitantes de la provincia de Lugo, una niña de 13 años dio a luz en 2016. El hospital sospechó y una investigación policial demostró que había sido abusada desde los 7 años. La inductora era la hermana mayor, y los abusos los habían cometido su marido y el hermano de él, que fue quien la dejó embarazada. La Fiscalía pidió 11 años de prisión y 68.000 euros, pero las demoras en el procedimiento y el acuerdo de las partes rebajó la pena a 3 años y 50.000 euros.

Las conformidades son acuerdos en los que el acusado tiene que aceptar el delito y todas las partes tienen que estar de acuerdo, tanto la Fiscalía como la acusación particular y la víctima. Si se trata de múltiples agresores, como en los casos de las manadas, el juicio seguiría para aquellos que no acepten la conformidad. Estos acuerdos son vinculantes para los jueces, y en el caso de los juicios rápidos la pena se rebaja automáticamente un tercio, mientras que en el caso de los delitos sexuales se trata de una negociación entre las partes. ¿Cómo se puede llegar a una rebaja sustancial? Retirando partes de la acusación. "Si hay un agravante porque ha habido dos penetraciones, se pone una. Siempre en conformidad con la víctima", dice como ejemplo la abogada especialista en violencia sexual y machista Esther Garcia. También se podría renunciar a algún delito de los imputados inicialmente o aplicar atenuantes. De hecho, estas renuncias tienen que hacer que la pena más alta demandada no supere los 6 años de prisión: si lo excede no puede haber acuerdo. Así se entiende que se pueda pasar de pedir 30 años de prisión a los policías de Estepona a penas que no implican ni el ingreso penitenciario.

En el caso de los delitos sexuales hay pocas conformidades, explica la abogada Miona Roig, del despacho Carla Vall: "Solo cuando el acusado se ve acorralado". "En 22 años he pactado muy pocas veces. Son útiles en dos supuestos: cuando la víctima dice «No puedo más» o bien cuando pasan en el ámbito familiar y la familia se posiciona en dos bandos y esto implica más presiones, como que un familiar vaya a declarar en tu contra", añade Garcia. En la misma línea apunta la fiscal María Carmen de Frutos, que considera que hay un porcentaje "no muy alto" de conformidades en estos casos. A pesar de todo, cuando se dan estos pactos en un delito de violencia sexual pueden generar incomprensión, especialmente en los casos en los que la Fiscalía –que es quien tiene que velar por el interés público– pedía una condena de décadas y lo acaba rebajando a una décima parte, como en el caso de Estepona. El investigador del Grupo de Estudios Avanzados en Violencia de la UB, Ismael Loinaz, asegura que es un "sentimiento comprensible", pero explica que en algunos casos el hecho de que el agresor acabe cumpliendo una pena mínima fuera de la prisión, si va acompañado del tratamiento adecuado, puede ser incluso más eficaz para su reinserción y para evitar la reincidencia. "No por estar en prisión se consigue una rehabilitación mejor y se reduce el riesgo", dice.

La clave, para Loinaz, es que a la hora de cerrar estos pactos tanto las acusaciones como la defensa "hagan una valoración del riesgo", es decir, que se tenga en cuenta aspectos del perfil del condenado como por ejemplo su arraigo o la existencia de antecedentes "para ajustar la intervención al riesgo". Ahora bien, el también profesor de criminología pone en entredicho que "realmente se aplique este criterio" en todas las conformidades o se hagan sencillamente siguiendo la aritmética.

Los más ricos tienen más opciones

Tanto Garcia, Roig como el catedrático de derecho penal Josep Maria Tamarit coinciden en el hecho de que las personas con más recursos económicos pueden beneficiarse de las conformidades porque pueden ofrecer más dinero a la víctima a cambio de reducir las penas. Aún así, Roig remarca que normalmente las personas que han sufrido violencia sexual buscan sobre todo reconocimiento: "Es más reparador e importante el hecho de reconocer el delito que una sentencia condenatoria, en la que el acusado puede decir que él no lo hizo". Así, en los escritos de acusación que comportarán la conformidad se fija las penas y la indemnización, y, algunas veces, hay acuerdos extrajudiciales para pagar "extraoficialmente, en negro" una cantidad más elevada. La fiscal De Frutos señala otro aspecto importante en este sentido: a menudo se ha acudido a "procesos de mediación para priorizar la reparación moral de la víctima y establecer mecanismos que conduzcan a una reparación efectiva".

Tamarit, sin embargo, señala una problemática en sentido contrario: que personas inocentes se declaren culpables porque la investigación demuestra que los acuerdos de conformidad implican penas menos graves de las que se imponen en un juicio. En España hay poca investigación sobre esta materia, pero en Estados Unidos se han hecho investigaciones que constatan que "hay ciertas minorías discriminadas, que participan menos de los acuerdos de conformidad y van más a juicio, y tienen penas más graves", como la comunidad afroamericana, que muchas veces tiene "peor asesoramiento legal" y los fiscales les ofrecen "peores acuerdos".

Los acuerdos de conformidad ayudan a descongestionar los juzgados y la carga de trabajo de la Fiscalía, y para Tamarit son una herramienta que "da un grande poder al Fiscal", que puede aceptar "un atenuante" para ir "al mínimo de pena que permite la ley". En este sentido, Garcia puntualiza que en los casos en los que la víctima no tiene acusación particular y solo actúa el ministerio público, la superviviente "no tiene ni voz ni voto" en el acuerdo. De Frutos, no obstante, asegura que "la protección de los intereses y derechos de la víctima" tienen una "especial importancia" y, por lo tanto, siempre se tiene en cuenta "la postura" de la superviviente para llegar a un posible acuerdo de conformidad.

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