Tribunales

La Audiencia avala la eutanasia del pistolero de Tarragona

El tribunal desestima los recursos para parar el procedimiento

BarcelonaLa justicia insiste que el pistolero de Tarragona tiene derecho a acceder a la eutanasia. La Audiencia de Tarragona ha desestimado los recursos que presentaron los dos agentes de los Mossos d'Esquadra y los tres ex compañeros de trabajo heridos por el hombre, a quien la policía redujo a disparos después de que les disparar en las oficinas de Securitas de Tarragona y se atrincherara armado en una masía de Riudoms. De este modo el tribunal avala la primera decisión de la juez de Tarragona que lleva el caso. Tanto el médico que atiende al hombre como la Comisión de Garantía y Evaluación de la Generalitat, el órgano independiente que aprueba o deniega las solicitudes de eutanasia en Catalunya, también se han mostrado favorables a la cuestión.

La petición del preso, que lleva meses ingresado en la Unidad Hospitalaria Penitenciaria de Terrassa (UHPT) con una lesión medular grave que le afecta la movilidad y le provoca dolor, ha tensado las costuras de la ley de la eutanasia. Pero juristas y médicos coinciden que el derecho del interno a morir dignamente tiene que pasar por encima del de las víctimas a tener una reparación por las heridas que sufrieron.

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A pesar del posicionamiento contrario de la Fiscalía, que se había adherido a los recursos de las víctimas pidiendo parar el proceso de eutanasia, el tribunal se hace suyo el principal argumento de la juez del caso e insiste que, según la ley, la última palabra sobre una petición de eutanasia la tiene el organismo independiente de la Generalitat que aprueba o deniega las solicitudes, y no la justicia. En el único caso que podrían intervenir, dicen los magistrados, es si esta comisión denegara una petición de eutanasia y el afectado llevara su caso a los tribunales. De hecho, la Audiencia recuerda que incluso así sería un juez de la rama contenciosa administrativa –los que resuelven los conflictos entre particulares y administraciones– quien debería pronunciarse, y no la justicia penal.

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Aun así, los magistrados entran en el fondo de la cuestión y argumentan por qué tiene que prevalecer el derecho a morir dignamente del preso. Los recurrentes ponían en entredicho que la ley de eutanasia hubiera tenido en cuenta un supuesto tan específico como la petición de un preso, pero el tribunal considera que no se trata de un "olvido", sino que la ley no previó ninguna excepción expresamente porque "després de valorar los derechos fundamentales en juego", se llegó a la conclusión de que el hecho de estar investigado en un procedimiento penal no era relevante a la hora de poder pedir el derecho a morir dignamente.

En este aspecto, el tribunal coincide con los legisladores y considera que el derecho de las víctimas a defenderse y a recibir una compensación por los daños sufridos "no es un derecho absoluto ni de carácter ilimitado", ni tampoco los otorga de manera "incondicional" la posibilidad de ir a juicio y de obtener una sentencia de acuerdo con sus pretensiones.

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Equiparable con una muerte natural

Los jueces también descartan que se pueda equiparar la petición del pistolero con un intento de evitar su procesamiento y una eventual condena, por mucho que su muerte implique el final del procedimiento penal. En este sentido, el tribunal apunta que el desenlace es el mismo que si el pistolero hubiera muerto "por causas naturales" como ha pasado en otros muchos procedimientos. De hecho, el tribunal considera que la misma ley de la eutanasia equipara esta petición a "una muerte natural, sin establecer ningún matiz o singularidad en el supuesto de que el solicitante esté investigado en una causa penal" y recuerda que el ordenamiento jurídico español ya prioriza el derecho a la dignidad física y moral de las personas por encima del derecho a una tutela judicial efectiva.

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La resolución reconoce que "los hechos por los cuales está siendo investigado Marin Eugen Sabau han generado un dolor y un daño físico y moral en las víctimas" y entiende que los heridos tuvieran "una expectativa razonable de ir a juicio y una posible condena penal". Pero, sin descartar que la puedan obtener por la vía civil, considera que hay que tener en cuenta que "el estado de salud del imputado es grave" y le provoca "dolores físicos y psíquicos constantes e insoportables, sin ninguna posibilidad de alivio, con un pronóstico de vida limitado y en un contexto de fragilidad progresiva", a la cual se tiene que añadir que tiene todos los pronunciamientos favorables de los médicos y los expertos para acceder a la eutanasia.

"Es una segunda batalla ganada", aseguraba el abogado del pistolero, Gerard Amigó, en declaraciones a la ACN a las puertas de la Audiencia de Tarragona. La resolución es firme y no admite recursos, pero las víctimas del pistolero ya han anunciado que presentarán un recurso de amparo al Tribunal Constitucional, porque consideran que se han vulnerado sus derechos.