Vivienda

El Constitucional tumba el decreto del Govern que obligaba a los bancos a ofrecer alquiler social a okupas desahuciados

La norma se aprobó en diciembre de 2019 y el Consejo de Garantías Estatutarias ya dudaba de su legalidad

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Fachada de la sede del  Tribunal Constitucional, en Madrid, en una imagen de archivo.

MadridLos adelantos del Parlament topan con obstáculos en el Tribunal Constitucional una vez más. Este jueves los magistrados del tribunal de garantías han tumbado el decreto que aprobó el Govern en diciembre de 2019 -y convalidó la cámara catalana- que obligaba a los bancos y a los fondos a ofrecer alquiler social a los okupas que tuvieran que ser desahuciados. El PP, que ya recurrió al Consejo de Garantías Estatutarias, presentó un recurso ante el TC y este, según publica la agencia Efe, ha anulado el decreto. Fuentes del tribunal apuntan al ARA que la sentencia está pendiente del redactado final y que los magistrados la firmen.

El Consejo de Garantías Estatutarias ya advirtió que había puntos del decreto de dudosa "constitucionalidad", pero el Govern siguió adelante cuando en enero del 2020 el Parlament lo convalidó. La nueva regulación obligaba a los grandes tenedores a ofrecer una alternativa habitacional a aquellas familias que demostraran vulnerabilidad y estuvieran llegando al final de su contrato de alquiler, las que estuvieran en un proceso de desahucio y también las que estuvieran ocupando una vivienda sin contrato pero llevaran más de seis meses viviendo en ella. Además, incluía como "vivienda vacía" la que esté ocupada a pesar de que el propietario tenga abierto un pleito judicial para recuperarla, hecho que el Consejo concluyó que vulneraba el derecho a la propiedad privada. Este fue uno de los principales argumentos que esgrimió el PP en su impugnación, si bien según Efe uno de los motivos que han llevado a los jueces a anular el decreto sería que se tendría que haber promulgado una ley y no un decreto del Govern.

El TC estudia el recurso del PP contra la ley que regula el precio de los alquileres

Por otro lado, este jueves los jueces del TC han admitido a trámite otro recurso del PP, este contra la ley de regulación de los alquileres que la cámara catalana aprobó a principios de septiembre del año pasado. La normativa no queda en suspenso porque no la ha impugnado el gobierno español, de forma que el control sobre los precios del alquiler a través de un índice de referencia se puede continuar aplicando mientras el TC no emita ningún veredicto.

El PP y Cs ya llevaron al Consejo de Garantías Estatutarias algunos preceptos de la ley 11/2020 porque las competencias sobre el precio de la vivienda son estatales. Es por eso que antes de que el alto tribunal tuviera encima de la mesa ningún recurso, Unidas Podemos se afanó a instar al gobierno español a elaborar una ley que ceda a las comunidades autónomas la posibilidad de declarar zonas especialmente tensionades y fijar criterios sobre el precio del alquiler. La norma catalana extendía la regulación a sesenta ciudades de más de 20.000 habitantes, con excepciones para los arrendadores que ingresen menos de 2.000 euros mensuales.

El PP presentó un recurso elaborado por el despacho de abogados Martínez-Echevarría & Rivera Abogados, que dirige el expresidente de Cs Albert Rivera. Más allá de la falta de competencias autonómicas, el escrito también se fijaba en la supuesta vulneración de propietarios e inquilinos para fijar precios del alquiler y rechazaba, así, la intervención "del mercado". Uno de los artículos de la Constitución que ve en peligro el PP con esta ley es el 33, que reconoce el derecho a la propiedad privada y estipula que "nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos excepto por causa justificada, de utilidad pública o interés social".

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