Coronavirus

Adiós a las mascarillas en la calle. ¿Dónde será todavía necesario ponérsela?

El gobierno español aprueba su retirada en el espacio público cuando haya distancia de seguridad

MadridA partir de hoy ya se puede andar por la calle sin mascarilla. Esta es la novedad principal que lleva la segunda desescalada de la pandemia en el segundo verano de coronavirus. El gobierno español acordó jueves modificar el artículo 6 de la ley de nueva normalidad, aprobada el 29 de marzo pasado, que regula el uso obligatorio de la mascarilla, y ya no será necesario llevarla en espacios exteriores, siempre que se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros. En espacios cerrados sí habrá llevarla. Esto es todo lo que hay que saber sobre el nuevo uso de las mascarillas:

¿Dónde habrá que llevar mascarilla?

En farmacias, supermercados y en el transporte público se tiene que seguir llevando

Se podrá estar en la vía pública sin mascarilla, salvo que no se pueda mantener la distancia de seguridad con el resto de personas. Si andamos de lado con nuestro núcleo de convivencia, también podremos hacerlo sin mascarilla. En acontecimientos multitudinarios como conciertos al aire libre habrá que protegerse porque no se puede mantener la distancia si estamos de pie. En cambio, si estamos sentados y las sillas se colocan con la distancia necesaria las unas de las otras nos la podremos quitar.

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En cuanto a los espacios cerrados, la normativa no cambia. Siempre que tengamos que ir al supermercado, a la farmacia, en metro, autobús y a una biblioteca, por ejemplo, nos tendremos que poner la mascarilla. Es por eso que la ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha recordado que la tenemos que llevar encima, aunque no siempre puesta. En cuanto al transporte marítimo, los viajeros podrán quitarse la mascarilla cuando estén dentro de su cabina o bien en las partes exteriores de la nave.

¿Los vacunados también la tienen que llevar en espacios interiores?

En general sí, pero en las residencias de gente mayor hay excepciones

En las residencias de gente mayor no siempre se exigirá el uso de la mascarilla en espacios cerrados. Si las tasas de vacunación en estos centros son superiores al 80% con pauta completa, no habrá que llevar. En este caso, los residentes podrán ir sin mascarilla pero los visitantes y los trabajadores la tendrán que llevar siempre puesta. En dependencias de profesionales esenciales en que también haya esta tasa de vacunación, como por ejemplo los bomberos, tampoco hará falta que los trabajadores la lleven.

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Una de las novedades que llegarán de aquí unas semanas es el retorno del público a los estadios de fútbol y los pabellones de la liga ACB de baloncesto. El uso de la mascarilla seguirá las mismas normas: en espacios cerrados habrá que llevarla, pero en los estadios no será necesaria si se puede mantener la distancia de seguridad. Por lo tanto, si las autoridades responsables de definir el aforo permitido admiten el 100%, los aficionados se tendrán que poner la mascarilla si tienen personas al lado.

¿Cuáles son las sanciones?

No hay ningún cambio: puede ser una multa de hasta 100 euros

No hay ningún cambio respecto al régimen sancionador, y sí, incumplir la normativa en cuanto a la mascarilla puede comportar una multa económica de hasta 100 euros. "El incumplimiento de la obligación de uso de la mascarilla establecido en el artículo 6 será considerado infracción leve y sancionado con multa de hasta 100 euros", dice el artículo 31.2 de la norma mencionada. Habrá que ver cuál es el redactado definitivo del decreto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado para saber si también se puede multar a quien no lleve una mascarilla encima, aunque no sea puesta. Darias no lo quiso confirmar este miércoles, y este jueves no se ha referido a ello.