Precedentes de condena y de absolución: ¿qué responsabilidades puede haber por la falsa amenaza en El Prat?
Un hombre fue absuelto por un mensaje antes de embarcar en Londres y otro condenado por un falso aviso de bomba en Vitoria
BarcelonaAún está por identificar el responsable de la falsa amenaza de bomba que este jueves ha provocado un aterrizaje de emergencia en el aeropuerto de El Prat, así como esclarecer las consecuencias a las que se puede exponer. Pero los juristas consultados por el ARA coinciden en que el pasajero podría verse señalado por un delito de desórdenes públicos. Las causas por falsos avisos de bomba no son frecuentes, pero en el Estado ha habido al menos una absolución y una condena por casos que, salvando las distancias, pueden ser precedentes de un eventual procedimiento judicial por los hechos en el avión de Turkish Airlines.
Un mensaje "de camino a volar el avión"
El 3 de julio del 2022, un joven nacido en India y de nacionalidad británica estaba a punto de embarcar en Londres en un avión con destino a Menorca cuando envió un mensaje de Snapchat a un grupo con seis amigos. Decía en inglés: "De camino a volar el avión (soy miembro de los talibanes)". Los servicios de seguridad interceptaron el mensaje cuando el avión sobrevolaba Francia y la alerta hizo movilizar a un Eurofighter del ejército español para escucharle. Ya en el suelo y habiendo registrado la aeronave, comprobaron que la amenaza no era real: no había explosivos.
Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado pidieron condenar al chico a 19 años de cárcel ya una multa de 22.500 euros por un delito de desórdenes públicos. También pidieron una indemnización de casi 95.000 euros para el ministerio de Defensa por el coste de movilizar a la aeronave, pero el joven acabó absuelto.
La Audiencia Nacional valoró que no se podía interpretar "ni remotamente" que tuviera la intención de hacer movilizar al ejército ni a ningún otro equipo de emergencias, que es el elemento clave que requiere el tipo penal que se le atribuía. La sentencia también tenía en cuenta que el mensaje no se había enviado a ningún organismo oficial ni tampoco se había difundido más allá de un grupo privado.
El "lobo solitario" de Vitoria
El 4 de abril del 2015, un hombre llamó al 112 de Euskadi avisando de que una bomba estaba a punto de explotar en la estación de autobuses de Vitoria: "Hola muy buenas, soy el lobo solitario, enseguida, en menos de 15 minutos, explotará un artefacto en la nueva estación". Esto hizo que se activaran varios efectivos de la Ertzaintza y de la policía local de Vitoria, si bien no encontraron ningún objeto sospechoso en la estación.
Un juzgado de lo penal de Vitoria debía juzgarlo un año más tarde, pero el hombre aceptó una condena sin que fuera necesaria la vista. Tras un acuerdo con la Fiscalía, admitió la acusación y aceptó siete meses y medio de cárcel por un delito de desórdenes públicos con el agravante de reincidencia.
De tres meses a un año de prisión
En ambos casos citados, se formuló una acusación de una modalidad del delito de desórdenes públicos que recoge el artículo 561 del Código Penal y castiga "a quien afirme falsamente o simule una situación de peligro" y provoque la activación de la policía o equipos de salvamento. Las penas fijadas pueden ir desde los tres meses hasta un año de prisión, y los juristas consultados coinciden en que éste es el tipo delictivo que podría aplicarse a la falsa emergencia en Turkish Airlines, si bien también advierten que habría que estudiar detalles del caso que por ahora no han trascendido.
El penalista Jorge Navarro, vicedecano del Colegio de la Abogacía de Barcelona (Icab), matiza que para una condena así es necesario que quien envía el mensaje de falsa alarma lo haga con esa intención y, por tanto, quedaría fuera una broma o un comentario en el que el acusado no quisiera en realidad hacer. Añade que, además de las posibles responsabilidades penales, podrían cuantificarse los perjuicios económicos que ha causado el incidente y el acusado podría tener que hacerse cargo. Por ejemplo, el coste de movilizar a los equipos de emergencias.
El abogado y profesor de derecho penal en la Universidad de Barcelona (UB) Pol Olivet ve más improbable una condena, pero comparte que el único tipo delictivo que podría aplicarse es el recogido en el artículo 561 del Código Penal. Todo apunta a que en la falsa alerta de este jueves un pasajero ha creado una red de internet en la que el nombre indicaba explícitamente que había una bomba, pero Olivet –a diferencia de Navarro– pone en duda que esto pueda considerarse una comunicación activa del falso aviso.
Incluso habría la posibilidad, dice Olivet, que ningún otro pasajero hubiera llegado a consultar el listado de redes de internet disponibles, y por tanto no es el canal que escogería a alguien que quiere enviar una alerta. "Para mí lo importante es cómo se ha emitido el mensaje. Habría que saber en qué momento el pasajero da ese nombre a la red y con qué intención lo hace", plantea.