Universidades

Subirats sacude la ley de universidades: freno a la temporalidad y más inversión

La norma recoge por primera vez el derecho a la huelga académica de los estudiantes y un visado para los alumnos extranjeros

MadridDespués de pasar por las manos de dos ministros de Universidades diferentes, primero Manuel Castells y ahora Joan Subirats, la ley orgánica del sistema universitario (LOSU) o ley de universidades –la tercera reforma en democracia– llega en segunda vuelta al consejo de ministros de este martes para hacer el salto en el mes de septiembre al Congreso de Diputados, donde los diferentes partidos políticos podrán presentar enmiendas. Del texto inicial al texto actual han cambiado muchas cosas, sobre todo después de que Subirats accediera al cargo y haya personalizado y simplificado el proyecto de ley que heredó de su predecesor y que había levantado las críticas de rectores y estudiantes: lo ha hecho menos reglamentista y ha dejado muchas medidas en manos de cada universidad. Entre otras cosas, la futura ley se marca como objetivos elevar la inversión pública, cortar de raíz la temporalidad en las universidades, crear nuevas figuras docentes y blindar los derechos de los estudiantes.

Freno a la temporalidad

A pesar de que la idea inicial era reducir los contratos temporales del 40% al 20%, el ministerio ha aprovechado este último mes para añadir un cambio importante: convertir las plazas temporales en indefinidas, una medida de la cual se beneficiarán unos 25.000 profesores asociados y que busca hacer caer la temporalidad al 8%. Este cambio garantizará derechos como el de antigüedad o el de complementos salariales, entre otros.

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Ahora las universidades tendrán hasta diciembre del 2024 para convocar los concursos de méritos que permitirán convertir estas plazas de carácter temporal en estructurales. Hay que tener en cuenta, sin embargo, que el foco se pone en "las plazas" y sus casuísticas y no en "las personas", siguiendo el modelo de la nueva ley de estabilidad del sector público. Esto quiere decir que el cambio no es automático y, por lo tanto, no está asegurado que un asociado se quede con la plaza que tiene, porque se podrían presentar otros asociados. Por ejemplo: imaginamos que sale a concurso una plaza en la Facultad de Derecho de la Universitat Autònoma de Barcelona que hasta ahora era temporal y estaba ocupada por un asociado. Este asociado se presenta, pero a la vez también se presenta un asociado con el mismo perfil y que lleva más años ejerciendo, pero en la UB. Teniendo en cuenta los méritos y la experiencia, podría ser que la plaza fuera finalmente para el trabajador de la UB.

Históricamente, debido a las limitaciones para sustituir a los profesores que se jubilaban, las universidades han acabado cubriendo necesidades estructurales con los asociados, que inicialmente fueron pensados para incorporar profesionales especialistas para que dieran clases puntuales. En la LOSU también se limitará la docencia a 120 horas lectivas en un curso. Con todo, también se establece que el profesorado funcionario llegue al 55% (ahora se sitúa en un 51%).

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Nuevas figuras contractuales

Visitantes y sustitutos

Aparte de los cambios que afectan a los asociados, también se modifica la figura del profesor visitante, que podrá tener un contrato de un máximo de dos años y no será ni renovable ni prorrogable. Además, se crea la figura del sustituto, que sustituirá el PDI (personal docente e investigador) y tendrá un contrato de tres años con derecho de reserva del puesto de trabajo. "Se evita que las universidades se vean obligadas a recurrir a otras figuras, como la del asociado", defiende el ministerio de Universidades.

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Ayudantes de doctor

Los ayudantes de doctor quedan excluidos de la categoría de temporales y, por lo tanto, no se añaden a los asociados, los sustitutos o los profesores visitantes. Esto permitirá a las universidades contratar a los que quieran. Ahora bien, para esta figura se prevé una carrera de diez años para después obtener la acreditación de figura permanente y pasar a formar parte del sistema universitario. ¿Cómo? Primero, con un contrato predoctoral de cuatro años para hacer la tesis. Posteriormente, se podrá acceder a una de las plazas de contrato postdoctoral o ayudante de doctor durante seis años, y no hará falta que estén acreditados por la Aneca.

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Más formación

La norma incorporará cursos de "metodologías docentes" durante el primer año de los profesores ayudantes de doctor con el objetivo de mejorar la formación. Justamente para mejorar la formación no solo entre el profesorado, sino también en la sociedad, la ley plantea programas de corta duración denominados microcredenciales que pueden tener duraciones diversas con contenidos equivalentes a entre 4 y 30 créditos. "Estamos en una etapa en la cual si tienes que continuar trabajando, te tienes que ir formando a lo largo de la vida", ha dicho el ministro, Joan Subirats, en rueda de prensa. Otra novedad es que una persona sin bachillerato podrá estudiar una carrera si antes pasa una evaluación y demuestra que ha estado trabajando en aquella área.

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Contratación por prestigio

La norma también da autonomía a las comunidades para que sus universidades puedan contratar investigadores que están acreditados por la agencia de evaluación española Aneca, pero que no han obtenido una plaza de funcionario, es decir, serán profesores titulares o catedráticos laborales. En este caso, el rectorado podría contratarlos por su experiencia profesional bajo un contrato "fijo e indefinido".

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Facilidades a los estudiantes extranjeros

Por primera vez se incorporan elementos para impulsar la internacionalización del sistema universitario. La novedad principal es que se agilizarán los visados vinculados a los estudios para atraer talento, y al finalizar unos estudios universitarios de grado, máster o posgrado se podrá optar a un visado de dos años para poder hacer prácticas o trabajar. Además, la LOSU crea la figura de profesor distinguido para atraer profesores de prestigio académico e investigadores, tanto españoles como extranjeros.

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Derechos estudiantiles e igualdad

Los alumnos, que criticaron con dureza la propuesta de Castells, tendrán una representación del 25% en los órganos de gobierno de las universidades, como por ejemplo los claustros y los consejos de la facultad. Además, por primera vez en la historia, la norma reconocerá el derecho de la huelga académica de los estudiantes. La norma también despliega hasta 17 derechos, entre los cuales hay el de conocer los planes docentes o ser informado de la lengua en que se impartirá la clase y de la modalidad (presencial, virtual o híbrida).

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A la vez, la ley establece la equidad de género en los órganos colegiados y en las comisiones de evaluación o selección a través de la paridad entre mujeres y hombres, entre otros.

Refuerzo de la financiación

La normativa también recoge una mejora de la inversión pública en el sistema universitario con el objetivo de llegar al 1% del PIB. En estos momentos la inversión total equivale al 0,7%. La ley establece la creación de una comisión entre el gobierno español y las comunidades autónomas para trabajar por este hito.

Gobernanza

Después de un tira y afloja con los rectores de las universidades, la norma deja también la puerta abierta para que sean los claustros de las universidades los que decidan sobre temas vinculados con las funciones de los campus, la estructura de los órganos y la elección del rector, que tendrá un mandato fijado por la ley de un máximo de seis años. La gobernanza queda en manos de los estatutos de las universidades, que serán las que regularán el claustro, el consejo de gobierno y el consejo de estudiantes, entre otros.