El gobierno español aprueba limitar los precios en situaciones de emergencia
El ejecutivo endurece el pulso contra las llamadas 'spam' con multas de hasta 6 millones a las eléctricas
MadridCoincidiendo con la crisis en el sector ferroviario, en el que los precios de algunos transportes alternativos como el avión se pusieron en el punto de mira por parte de las organizaciones de consumidores por el temor a subidas abusivas, el gobierno español ha aprobado un real decreto ley con un mecanismo para poder "topar precios de servicios o productos" en una situación de emergencia como alteró de manera excepcional Sociales y Consumo, Pablo Bustunduy, en rueda de prensa este martes, después del consejo de ministros.
La reforma, que necesitará el aval del Congreso, prevé incorporar un límite máximo de precios en situaciones de emergencia con carácter extraordinario. Se considerará una situación de emergencia cuando lo declare protección civil, aunque también podrá determinarla el consejo de ministros, según ha informado Consum. Será el gobierno español quien tendrá la potestad de fijar el tope: no podrá superar el precio máximo del servicio o producto de los 30 días naturales anteriores a la situación de emergencia. Además, si el precio máximo de estos 30 días anteriores a la crisis es un 50% superior al precio medio durante este período, la referencia pasará a ser el precio medio de los 30 días.
El objetivo, ha explicado Bustunduy, es "reforzar la protección de las personas consumidoras ante posibles abusos en situaciones de emergencia", como las que se han denunciado en catástrofes como la DANA en Valencia, los incendios en verano de 2025 oa raíz de los recientes accidentes ferroviarios.
También será el consejo de ministros quien ponga una fecha de inicio y final del tope a los precios de los servicios o productos. Además, se abre la puerta a que el consumidor tenga que estar informado sobre los precios máximos y mínimos anteriores a la emergencia, como mínimo de los 30 días previos a la crisis. Por último, los consumidores tendrán derecho a la devolución automática de cualquier importe cobrado en exceso sobre el precio máximo aplicable.
Pulso en las llamadas 'spam'
Otra medida que busca reforzar la protección a los consumidores y que se ha aprobado en consejo de ministros este martes afecta a las llamadas spam. El gobierno español ha dado un paso más para endurecer estas llamadas provenientes de las compañeras eléctricas. El consejo de ministros ha aprobado un real decreto que prohíbe, a todos los efectos, las llamadas telefónicas de las comercializadoras eléctricas para hacer publicidad si un hogar no lo ha pedido previamente o no son ellas —los consumidores— las que llaman a la compañía para solicitar información o cambiar de producto.
La prohibición supone una modificación del Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica -la modificación no necesita el aval del Congreso- a través de la cual se "refuerza y complementa" la actual legislación de telecomunicaciones y atención a la clientela aprobada recientemente en el Congreso y que ya persigue este tipo de llamadas.
"Con el nuevo decreto se prohíben de forma general las llamadas comerciales para la comercialización de energía eléctrica si no exista una petición expresa e inequívoca por parte del consumidor", indicó la vicepresidenta tercera y ministra de Transición Ecológica, Sara Aagesen, en rueda de prensa. Hace tiempo que el gobierno español busca limitar estas llamadas comerciales y el pasado mes de diciembre el Congreso aprobó la ley de servicios de atención a la clientela a través de la cual ya se persiguen este tipo de llamadas.
Pero el decreto aprobado va más allá. De entrada, los productos eléctricos que se comercialicen deberán informarse detalladamente al consumidor antes de que éste decida si se adhiere o no al mismo. Incluso se prohíbe la contratación telefónica de un producto eléctrico si no existe una petición expresa del consumidor. También se acotan las penalizaciones por la recesión de un contrato, así como los compromisos de permanencia; se agilizan los procesos para cambiar de suministrador eléctrico; las comunidades autónomas y los ayuntamientos podrán declarar como "esenciales" los suministros de los beneficiarios del bono social para evitar que se les corte la luz en caso de impago; se crea una figura específica de protección del consumidor eléctrico y se prohíbe el corte del suministro eléctrico a los consumidores electrodependientes, entre otras medidas. "La regulación eléctrica será la más garantista y la que mayor protección ofrezca al consumidor, complementando las demás legislaciones", han reiterado desde el ministerio de Transición Ecológica.
Para blindar todas las medidas, se endurecen las sanciones por el incumplimiento del decreto por parte de algunas comercializadoras de electricidad —las que tienen mayor cuota de mercado—. Incumplir con alguna medida, tales como la prohibición de las llamadas spam, podrá abocar a una multa vinculada al régimen sancionador de la Ley del sector eléctrico de 2013.
En este sentido, la sanción puede ir desde los 600.001 euros hasta un máximo de 6 millones de euros El incumplimiento de una medida de protección al consumidor puede constituir una infracción grave. La encargada de resolver este tipo de situaciones, y por tanto incoar una multa, será la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).