El gobierno español aprueba limitar los precios en situaciones de emergencia
El ejecutivo endurece el pulso contra las llamadas 'spam', con multas de hasta 6 millones en las eléctricas
MadridCoincidiendo con la crisis en el sector ferroviario, en el que los precios de algunos transportes alternativos como el avión se pusieron en el punto de mira por parte de las organizaciones de consumidores por el temor a subidas abusivas, el gobierno español ha aprobado un real decreto ley con un mecanismo para poder "limitar precios de servicios o productos" en una situación de emergencia que alteró de la situación Sociales y Consumo, Pablo Bustinduy, en rueda de prensa este martes, después del consejo de ministros.
La reforma, que necesitará el aval del Congreso, prevé incorporar un límite máximo de precios en situaciones de emergencia con carácter extraordinario. Se considerará una situación de emergencia cuando lo declare Protección Civil, aunque también podrá determinarla el consejo de ministros, según ha informado Consum. Será el gobierno español quien tendrá la potestad de fijar el tope: no podrá superar el precio máximo del servicio o producto de los 30 días naturales anteriores a la situación de emergencia. Además, si el precio máximo de estos 30 días anteriores a la crisis es un 50% superior al precio medio durante ese período, la referencia pasará a ser el precio medio de los 30 días.
El objetivo, ha explicado Bustinduy, es "reforzar la protección de los consumidores ante posibles abusos en situaciones de emergencia", como las que se han denunciado en catástrofes como la dana en Valencia, los incendios del verano de 2025 oa raíz de los recientes accidentes ferroviarios.
También será el consejo de ministros quien ponga una fecha de inicio y final del tope a los precios de los servicios o productos. Además, se abre la puerta a que los consumidores tengan que estar informados sobre los precios máximos y mínimos anteriores a la emergencia, al menos de los 30 días previos a la crisis. Por último, los consumidores tendrán derecho a la devolución automática de cualquier importe cobrado en exceso sobre el precio máximo aplicable.
Pulso en las llamadas 'spam'
Otra medida que busca reforzar la protección de los consumidores y que se ha aprobado en consejo de ministros este martes afecta a las llamadas spam. El gobierno español ha dado un paso más para endurecer el tratamiento de estas llamadas provenientes de las compañeras eléctricas. El consejo de ministros ha aprobado un real decreto que prohíbe, a todos los efectos, las llamadas telefónicas de las comercializadoras eléctricas para hacer publicidad si un hogar no lo ha pedido previamente o no son los consumidores quienes llaman a la compañía para solicitar información o cambiar de producto.
La prohibición supone una modificación del reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica —la modificación no necesita el aval del Congreso—, a través de la cual se "refuerza y complementa" la actual legislación de telecomunicaciones y atención al cliente aprobada recientemente en el Congreso y que ya persigue este tipo de llamadas.
"Con el nuevo decreto se prohíben de forma general las llamadas comerciales para la comercialización de energía eléctrica si no existe una petición expresa e inequívoca por parte del consumidor", indicó la vicepresidenta tercera y ministra de Transición Ecológica, Sara Aagesen, en rueda de prensa. De hecho, hace tiempo que el gobierno español busca limitar estas llamadas comerciales, y el pasado diciembre el Congreso ya aprobó la ley de servicios de atención a la clientela, a través de la cual ya se persiguen este tipo de llamadas.
Pero el decreto aprobado va más allá. De entrada, de los productos eléctricos que se comercialicen deberá informarse detalladamente al consumidor antes de que éste decida si se adhiere o no. Incluso se prohíbe la contratación telefónica de un producto eléctrico si no existe una petición expresa del consumidor. También se acotan las penalizaciones por la rescisión de un contrato, así como los compromisos de permanencia; se agilizan los procesos para cambiar de suministrador eléctrico; las comunidades autónomas y los ayuntamientos podrán declarar "esenciales" los suministros de los beneficiarios del bono social para evitar que se les corte la luz en caso de impago; se crea una figura específica de protección del consumidor eléctrico y se prohíbe el corte del suministro eléctrico a los consumidores electrodependientes, entre otras medidas. "La regulación eléctrica será más garantista y ofrecerá mayor protección al consumidor, y complementará las demás legislaciones", han reiterado desde el ministerio de Transición Ecológica.
Para blindar todas estas medidas, se endurecen las sanciones por el incumplimiento del decreto por parte de algunas comercializadoras de electricidad —las que tienen mayor cuota de mercado—. Incumplir alguna medida, tales como la prohibición de las llamadas spam, podrá comportar una multa vinculada al régimen sancionador de la ley del sector eléctrico de 2013.
En este sentido, la sanción puede ir desde los 600.001 euros hasta un máximo de 6 millones de euros. El incumplimiento de una medida de protección al consumidor puede constituir una grave infracción. La encargada de resolver este tipo de situaciones, y por tanto de incoar una multa, será la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).