Energía

Todo lo que has de saber sobre las dos medidas energéticas que entran en vigor este miércoles

El control de la temperatura y la limitación de la iluminación se tendrán que aplicar hasta noviembre del 2023

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Aparell de aire acondicionado

MADRIDA pesar del tira y afloja con las comunidades autónomas, el gobierno español mantiene el decreto ley del plan energético tal como lo aprobó. "Está en vigor", remarcó por activa y por pasiva la ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, este lunes después del encuentro con los gobiernos autonómicos. El decreto incluye una batería de medidas y cambios que persiguen ahorrar energía, no solo por una cuestión de sostenibilidad, sino también por el compromiso con Bruselas. En el caso de España, entre el 1 de agosto y el 31 de marzo hay que reducir un 7% el consumo de gas. Del conjunto de medidas (se aplicarán hasta noviembre del 2023), dos entran en vigor a las 00.00 horas de este miércoles: la regulación de la temperatura y la limitación de la iluminación.

¿A cuántos grados habrá que tener el aire acondicionado y la calefacción?

Para el verano se establece una temperatura del aire acondicionado que no baje de los 27 grados, mientras que la calefacción no tiene que superar los 19 grados. El cambio en la regulación de la temperatura es mínimo si se tiene en cuenta que modifica la ley en vigor desde el año 2009 sobre climatización (aquel año se incorporó el control de la temperatura a la norma aprobada en 2007). En esta norma sobre el consumo eficiente de energía se establecía una temperatura de 21 grados en invierno y 26 grados en verano. Por eso Ribera ha apuntado que "un grado del termostato puede representar un 7% del consumo eléctrico en la factura".

¿A quién afecta el control de la temperatura?

Este control de la temperatura ya se estaba aplicando a la administración del Estado . Ahora, se tendrá que aplicar en toda la administración pública (plantas, oficinas, vestíbulos o zonas de uso público); a los comercios (tiendas, grandes centros comerciales, supermercados, etc.); en espacios culturales como salas de exposición, cines o teatros; en algunas zonas del sector de la restauración; en centros de trabajo como por ejemplo entidades bancarias, así como en espacios vinculados al transporte (estaciones de tren o aeropuertos). Todos estos espacios ya estaban afectados por la normativa del 2009.

No afecta los hogares y, como el mismo decreto recoge, no se aplicará allá donde las condiciones laborales no lo permitan. Se tendrán que tener en cuenta las particularidades del sector, en centros educativos como colegios o universidades, hospitales, centros sanitarios, peluquerías , gimnasios o, en el caso de los hoteles, a las habitaciones, puesto que son de regulación privada.

¿Qué trabajos quedan exentas?

En el caso de los centros de trabajo, las condiciones laborales marcarán la regulación de la temperatura. De hecho, así lo establece el decreto aprobado por el gobierno. En concreto, el plan de ahorro energético se ampara en la normativa en vigor desde el año 1997 que establece la climatización para todos los centros de trabajo de España y añade que se aplicarán diferencias en función de la actividad que se mantenga. Los centros de trabajo, pues, ya se tenían que fijar en esta norma que "establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los puestos de trabajo".

La norma de 1997 prevé temperaturas de entre 17 y 27 grados para los locales donde se hagan trabajos sedentarios, y entre 14 y 25 grados en el caso de puestos de trabajo "en movimiento". Esto permitirá a la restauración dejar el aire acondicionado a 25 grados, como dijo Ribera. También quedan excluidos de esta limitación "aquellos recintos que justifiquen la necesidad de mantener condiciones ambientales especiales o que cuenten con una normativa específica que así lo establezca".

¿Quién tendrá que apagar las luces?

Se obligará a los edificios públicos que no se utilicen, así como los escaparates de los comercios, a apagar las luces a partir de las 22.00 horas. quedan exentos los ornamentos de los monumentos, en caso de que no sean edificios públicos que a las 22.00 horas están parados. Así, por ejemplo, la Sagrada Familia no tendrá que apagar las luces y también se podrán tener encendidas las luces festivas, como las de Navidad.

Las dudas principales han surgido alrededor de los escaparates de los comercios. La Generalitat, por ejemplo, se preguntaba a qué señales concretas afecta la limitación de la iluminación de los escaparates. El plan del gobierno español hace referencia a la iluminación de los escaparates regulados en "el apartado 6 del reglamento de eficiencia energética de instalaciones de iluminación exterior", que está en vigor desde el año 2009.

¿Cómo se controlará su cumplimiento?

El gobierno español ha querido remarcar que el plan energético no tiene una finalidad "sancionadora" y asume que, probablemente, haya entornos laborales a los que les cueste más adaptarse. "Lo importante no es sancionar, sino impulsar la voluntad de aportar al esfuerzo colectivo. Las grandes superficies tienen una capacidad de puesta en marcha inmediata, pero es posible que los comercios pequeños puedan tener más dificultades. Tenemos que estar vigilantes y reforzar la idea de que se tiene que cumplir", ha dicho Ribera este martes en una entrevista a la Cadena Ser.

A su vez, recuerda que las medidas modifican normas que hasta ahora ya estaban en vigor. "Acompañar a los comerciantes corresponde a las comunidades autónomas", ha recordado Ribera. Son las comunidades las que desde el 2009 tienen que controlar que se cumplen las normas en el ámbito energético en los comercios porque tienen las competencias necesarias, ha explicado la ministra. En este sentido, fuentes de la conselleria de empresa explican al ARA que el órgano encargado es Seguridad Industrial. También anticipan que se creará una comisión de trabajo con Acción Climática y el resto de áreas afectadas para ver cómo se aplicará el decreto. También manifiestan que, en todo caso, "la voluntad no es punitiva".

En el ámbito laboral, la Inspección de Trabajo es la encargada de vigilar que se cumplan los derechos de los trabajadores; esto incluye las condiciones laborales como por ejemplo la climatización. Además, este órgano también puede asesorar y, como norma general, un miembro del comité de trabajadores se dedica a vigilar que se cumpla con las normas de climatización.

¿Qué pasa si no se cumple?

Si realmente se constata que una administración pública no aplica algunas de las medidas, como por ejemplo el control de la iluminación de los edificios públicos, se podría abrir un "conflicto negativo de competencias". Es decir, el gobierno pediría explicaciones a la administración concreta y se podría llevar el caso al Tribunal Constitucional. Aun así, Ribera ha descartado cualquier "insumisión".

¿Habrá sanciones para las empresas?

En caso de incumplimiento de las medidas obligatorias se aplicarán las infracciones de la ley de industria del 1992. Estas van desde los 60.000 euros hasta los 100 millones, en función de la falta. Es decir, si se trata de una falta leve la multa sería menor y crecería en función del principio de proporcionalidad (si es intencionada, qué daño provoca, etc.).

¿Cuáles son el resto de medidas?

El decreto incluye más medidas que, en todo caso, tienen más margen de aplicación. Son el mecanismo para el cierre de puertas, el refuerzo de la revisión de las calderas o colocar carteles informativos para el público explicando las medidas de ahorro energético. En el primer caso, los edificios tendrán hasta el 30 de septiembre para contar con un sistema automático de cierre de las puertas exteriores. Una obligación que, de hecho, ya existe desde el año 2009 para grandes centros comerciales, tiendas o bares. En el caso de los carteles públicos, hay margen hasta el 2 de septiembre.

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