Los propietarios ven inconstitucional la ley del alquiler de temporada: "Legaliza el sinhogarismo"
Somos Vivienda, asociación de 350 tenedores nacida el pasado mayo, presenta un informe que hará llegar a los partidos
BarcelonaLa asociación de propietarios Som Habitatge, que nació hace menos de un año para hacer de contrapeso al Sindicat de Llogateres, ha cuestionado la constitucionalidad de la ley catalana que regula el alquiler de temporada y de habitaciones, aprobada el pasado diciembre por el Parlament. Esta normativa, pionera en el Estado, sería inconstitucional por una serie de motivos que la entidad ha desgranado este miércoles en una rueda de prensa y que salen de un informe elaborado por tres profesores de derecho civil.
La iniciativa obtuvo la luz verde gracias a los votos a favor de PSC, ERC, Comunes y la CUP para evitar que se utilicen estas modalidades temporales de forma fraudulenta para eludir el tope de precios al alquiler, en vigor en todo el Estado desde marzo del 2024. La fórmula jurídica para conseguirlo, vivir quedan sometidos a la ley de vivienda, con independencia de la duración del contrato (por tanto, también los que se hagan a estudiantes oa trabajadores que se desplazan por trabajo). Y por otra, que el precio conjunto que pagan todos los inquilinos de un piso alquilado por habitaciones no podrá superar el tope que se aplicaría si se alquilara entero. Así, desde hace tres meses sólo quedan fuera los alquileres para vacaciones o con fines recreativos, siendo obligado dejar constancia documental.
Si bien el Sindicato de Alquiladoras, impulsor inicial de la norma, ya advirtió de que era un primer paso porque habría que aprobar una modificación de la ley de arrendamientos urbanos en el Congreso para blindar la norma ante el Tribunal Constitucional (TC), el PP ya anunció en diciembre que la llevaría al "Tac", al considerarla la propiedad. Con este informe, la asociación busca avalar jurídicamente esa intención.
¿Qué consideran inconstitucional?
Ahora, Som Habitatge pone este informe a disposición de los partidos políticos con una serie de puntos que justifican la posible inconstitucionalidad de la norma, especialmente de los puntos 5 y 6 del artículo 5 de la ley.
Estos puntos lo que hacen es cerrar dos vías habituales para sortear el régimen del alquiler habitual con contratos temporales y evitar prórrogas fraudulentas –ya que introduce la obligación de acreditar la temporalidad– y la posibilidad de realizar nuevos contratos con un mismo inquilino –si se hace un contrato nuevo, se considera habitual, a menos que se considera habitual.
El informe dice que la ley aprobada considera como vivienda "situaciones de infravivienda", porque regulando el alquiler de temporada y de habitaciones sitúa estas modalidades al mismo nivel que la residencia habitual. "Vivir permanentemente en residencias temporales o en habitaciones son situaciones de sinhogarismo oculto que deben evitarse promoviendo políticas de vivienda estable y no distorsionando el derecho", dice el informe. Argumentan que la vivienda, para ser considerada como tal según los parámetros constitucionales, debe ser entera, permanente y estable. Considerar como vivienda allí donde "unas personas malviven en habitaciones de forma permanente, no es más que la legalización y amparo del sinhogarismo. Es totalmente inaceptable", ha explicado el profesor y catedrático en derecho civil Sergio Nasarre.
Otro argumento es que la ley de arrendamientos urbanos (LAU) establece derecho necesario sólo en alquileres de viviendas, y no en las modalidades de temporada y de habitaciones, porque, dicen, no pueden entenderse como "edificación o inmueble urbano". Además, aseguran que muchas sentencias judiciales se han pronunciado expresamente que las habitaciones no son viviendas conforme a la LAU.
También alertan de que en el texto se da a entender que los contratos de alquiler de temporada deben estar en forma escrita, un elemento que, según el informe, contraviene la ley porque ésta ampara "la libertad de forma" para todos los contratos de arrendamientos, incluidos los de vivienda.
Nasarre también ha explicado que algunos artículos constituyen una forma de intervención en la actividad económica dentro de un trato territorialmente asimétrico, lo que contraviene, según el informe, la igualdad básica de posiciones jurídicas garantizada por la Constitución. En última instancia, también defienden que las medidas no son proporcionales en lo que se refiere a la injerencia en la propiedad privada.
Sin propuestas para el mercado de alquiler
Durante la rueda de prensa, Som Habitatge no ha planteado propuestas alternativas para evitar que "el alquiler de temporada no se utilice como habitual", una medida que defiende su nueva directora general, Anna Puigdevall, aunque sí plantean eliminar el impuesto de transmisiones patrimoniales a los jóvenes o la propiedad temporal –entre 10 y 99 años– de las viviendas, con el objetivo.
En el informe, también aseguran que el tope de precios no ha servido para reducir el control del coste del alquiler, "sino al contrario", aunque el objetivo del tope, según la ley, es "evitar subidas abusivas en momentos de alta demanda o escasez", lo que sí se ha cumplido, tanto en Barcelona.