Laboral

¿Por qué seis sindicalistas de Gijón pueden entrar en prisión

El Supremo ratifica la condena de 'Las seis de La Suiza' por unos piquetes que acabaron con el cierre de un negocio

5 min
Manifestación en apoyo a 'Las seis de la Suiza' en Xixò, el pasado 17 de marzo

BarcelonaEn los últimos siete años, los seis protagonistas de este caso –cinco mujeres y un hombre– han pasado por todos los cambios vitales que se esperan de una persona joven que abandona la veintena y entra de lleno en la treintena. Han empezado estudios, los han reanudado, han dejado atrás la precariedad laboral, han tenido hijos, los han criado... Todos se han hecho mayores, pero con "una espada de Damocles" encima: la condena que el Tribunal Supremo ratificó a finales de junio y que implica una pena de prisión de tres años y seis meses para este grupo de sindicalistas por un delito continuado de coacciones graves y otro contra la administración de justicia.

El caso de Las seis de La Suiza empezó en el 2016 en Gijón en una pastelería en la que, junto a la puerta de entrada, había una placa dorada haciendo lucir el nombre del propietario, José Álvarez. El negocio tenía entonces una trabajadora que estaba embarazada de riesgo. Durante una jornada laboral, la empleada sufrió pérdidas y llamó a su pareja para que la llevara al hospital. Él llegó bastante nervioso, enfadado con el pastelero porque no la había dejado marchar antes del trabajo, y dio un puñetazo a un armario congelador del local. El incidente provocó que Álvarez presentara una denuncia por daños y amenazas contra la pareja de su trabajadora, que cogió la baja laboral por riesgo de aborto.

Como recuerdan al ARA fuentes del entorno de Las seis de La SuizaEntonces, la trabajadora se dirigió al sindicato CNT para denunciar aquella situación y lo que consideraba otros incumplimientos en las condiciones laborales, como el exceso de horas extras, que, aseguran, ponían en riesgo su embarazo. En ese momento todavía no constaba ninguna denuncia judicial por su parte, aunque finalmente sí puso y no prosperó. Como viene siendo habitual en otros conflictos laborales, la organización pidió una reunión con la empresa a través de un burofax para buscar una solución. Según se enumera en los hechos probados en la sentencia del Supremo, el propietario de la pastelería les dijo que sólo contestaría a las reclamaciones a través de su abogado. Entonces, la CNT de Gijón puso en marcha una campaña de piquetes informativos para protestar en las puertas del negocio. También se publicó un vídeo en las redes sociales del sindicato en el que se denunciaba la situación.

Por último, Álvarez –acompañado de su hijo y su abogado– accedió a reunirse con dos miembros de la CNT en representación de la trabajadora, que decidió mantenerse al margen y tampoco participó en ninguna de las concentraciones. En este encuentro, los sindicalistas pidieron que se compensara económicamente a la empleada, que no quería volver a su puesto de trabajo una vez terminada la baja de maternidad. También hicieron otra propuesta: plantearon que se retirara la denuncia contra su pareja por el incidente del puñetazo, para facilitar la mediación. El propietario de la pastelería y su letrado se negaron. Aunque las fuentes cercanas a los condenados consultadas aseguran que esta condición no volvió a mencionarse más, ha sido crucial para la sentencia, ya que se vincula esta petición a las coacciones. "Quizás las sindicalistas no eran conscientes de ello, pero el delito contra la administración de justicia es especialmente grave", comenta el catedrático de derecho penal de la Universidad Abad Oliba CEU Carlos Pérez del Valle, quien considera que es la coacción para retirar la demanda lo que justifica que no se vulnere la libertad sindical.

Las protestas contra La Suiza continuaron. En cinco meses se organizaron una quincena de manifestaciones sin incidentes, hasta que finalmente La Suiza cerró. "No se puede permitir ese acoso permanente en una ciudad como Gijón. No me gusta que nadie entre en prisión, pero hubo coacciones graves continuadas. Cualquiera que lea la sentencia puede ver que nada tiene que ver con el sindicalismo" , dice Javier Gómez Bermúdez, el abogado de la familia y expresidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional encargado de juzgar los atentados del 11-M. El letrado asegura que Álvarez se vio obligado a subastar su casa y marcharse de Gijón. Fuentes de los condenados insisten en que el negocio ya llevaba un año en venta, como reconoce la sentencia.

El caso se endureció con una treintena de denuncias contra la propia trabajadora y los sindicalistas que habían participado en la campaña. Una de esas querellas prosperó y acabó con la condena dictada por el titular del juzgado de lo Penal número 1 de Gijón: Lino Rubio Mayo es el mismo magistrado que envió 20 días a prisión a los sindicalistas Cándido y Morala, que inspiraron la pel. película Los lunes al sol, por haber roto una cámara de tráfico en una protesta en el astillero de la ciudad asturiana. El caso ha despertado la solidaridad de otros sindicatos, desde CCOO y UGT hasta la CGT, y de representantes de partidos políticos como Sumar, Podemos o Izquierda Unida.

Ahora el Supremo ha ratificado aquella sentencia, que avaló la Audiencia Provincial de Gijón: pena de prisión de tres años y seis meses para la trabajadora y cinco sindicalistas de la CNT por un delito continuado de coacciones graves y contra el administración de justicia, sumada a una indemnización de unos 150.000 euros en Álvarez y su familia por los daños morales y materiales. También condena a la CNT como responsable civil subsidiaria.

Las consecuencias del caso

"Esta sentencia nos puede salpicar a por todas", reivindica la secretaria general de la CNT Erika Conrado. La sindicalista confía en la vía del Tribunal Constitucional y en la posibilidad de que los acusados ​​todavía puedan evitar entrar en prisión, pero avisa de que esta decisión judicial puede afectar a otras organizaciones sindicales y movimientos sociales que protestan en todo el Estado. "Eso marca un precedente", añade. Para el abogado laboralista del Colectivo Ronda Natxo Parra, la sentencia es "dramática" porque vehicula desde el ámbito penal "una cuestión estrictamente laboral". "Nadie se plantea que tenga relevancia penal que una empresa deje de pagar a sus trabajadores, y eso es también una medida de coacción", remarca. Pérez del Valle no coincide e insiste en que los hechos probados no guardan relación con un problema sindical. "La causa no es laboral, sino la presión para que el propietario retirara una denuncia", afirma.

Los seis condenados aseguran en un escrito colectivo enviado al ARA que agotarán todas las vías judiciales "no sólo para evitar la entrada en prisión, sino para revocar una sentencia que atenta contra los derechos civiles y las libertades más básicas". “Esto no es nuevo, vivimos desde hace tiempo una constante represión de la movilización social, o retorciendo las leyes que nos amparan oa través del uso de la ley mordaza, que ya debería haber sido derogada", denunció el sábado la responsable de Participación Institucional de CCOO, Carmen Vidal, durante una rueda de prensa conjunta en la que una quincena de sindicatos anunciaron movilizaciones contra la sentencia del Supremo.

stats