Las tiendas de los centros comerciales, abiertas por contrato

Las cláusulas de obligado cumplimiento y los elevados avales fuerzan a los comerciantes a subir la persiana

BarcelonaLos centros comerciales catalanes aguantan, a pesar de alguna excepción, con la mayoría de locales abiertos a pesar de haber sido uno de los ámbitos más afectados por los cierres debido a la pandemia. La realidad, sin embargo, es que las aperturas de tiendas no se deben tanto a una buena situación del negocio como a limitaciones contractuales con los arrendadores de los establecimientos. 

Un estudio de la Cambra de Comerç de Barcelona publicado en octubre cifraba en 4.800 los comercios que habían cerrado en Catalunya desde el inicio de la pandemia. La sensación de impacto es mucho mayor si se pasea por cualquier barrio céntrico de una ciudad, donde los locales cerrados se cuentan por docenas, que en la mayoría de centros comerciales –sobre todo en los urbanos, menos afectados por confinamientos comarcales–, donde la mayoría de tiendas tienen la persiana subida. El contraste es grande, especialmente porque los centros comerciales han estad muchas más semanas cerrados y, en el caso de los bares y restaurantes, no han podido abrir hasta hoy.

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Los propios comerciantes explican que las diferencias tienen que ver con la propia naturaleza de los centros comerciales y con el tipo de contratos. Para empezar, porque mientras que en la calle hay comercio de todo tipo, en los centros hay un porcentaje elevado de franquicias de grandes marcas, que tienen más músculo financiero para aguantar la crisis. 

Además, los establecimientos a pie de calle pueden tener todo tipo de propietarios, mientras que los centros comerciales están en manos de fondos de inversión inmobiliaria, en muchos casos extranjeros. Y esto afecta a los contratos de alquiler para los tenderos: en el caso de un local en la calle, la relación entre arrendador y arrendatario es casi de tú a tú, pero en un centro comercial es David contra Goliat, sobre todo para las pymes.

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Los tenderos de los centros comerciales no es que tengan menos dificultados que los otros lugares. Simplemente les es más complicado cerrar. Y el principal obstáculo son las cláusulas de obligado cumplimiento. Estos puntos de los contratos obligan a los tenderos a permanecer en el centro con el establecimiento abierto durante un periodo obligatorio de tiempo, a menudo de varios años. “Yo he firmado contratos a cinco años y a veces el primero ya ves que es un desastre”, comenta un comerciante con locales en varios centros catalanes.

Además, a la hora de abrir una nueva tienda, los centros comerciales imponen fianzas de varios meses de rentas y un aval que puede llegar a equivaler al alquiler de todo un año.

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“Si tienes doce meses de aval, más dos de fianza y obligado cumplimiento, no te vas. ¿Cómo te vas a ir?”, reflexiona una directiva de una cadena con establecimientos en centros de toda España. “En la calle puedes marcharte del local, pero de un centro comercial no es fácil”, añade. De hecho, los empresarios coinciden en que la mayoría de cierres que se producen ahora en centros son por finalización de contrato.

La pandemia frena los precios

A la hora de hablar de estos temas, los comerciantes prefieren no dar su nombre para evitar problemas con los fondos, a pesar de que también admiten que hay centros con los que han llegado a acuerdos.

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El sector cambió radicalmente con la crisis anterior, cuando muchos fondos extranjeros compraron centros en España. Los costes de arrendamiento subieron desde entonces, pero la pandemia ha golpeado directamente el comercio y la tendencia al alza de las rentas se ha frenado. “Estábamos en el máximo histórico en los precios de los alquileres y los fondos tenían márgenes de beneficios del 20%. Yo sufro para llegar a un 2%”, comenta la empresaria.

Además, el covid-19 ha acelerado otra tendencia, que es la de la venta por internet. “El online llegará al 40% o el 50% en pocos años y se tendrán que bajar los precios de alquiler”, augura la comerciante.

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Además de los contratos, en Catalunya hay discrepancias sobre el pago de alquileres. “A nivel legal está todo muy en el aire”, comenta un empresario del sector. 

Un decreto de la Generalitat establece que, si no hay acuerdo entre las partes, los comerciantes solo tienen que pagar la mitad del alquiler en caso de cierre por restricciones. Algunos fondos, sin embargo, se acogen a otro decreto español que les permite cobrar el 100%, a pesar de que el Govern asegura que Catalunya tiene competencias sobre derecho civil y, por lo tanto, hay que seguir la normativa catalana. Fuentes del departamento de empresa dicen que aplicar normas en este caso es más complicado porque “se está legislando a nivel de derecho privado”, siempre con el objetivo de que “no se llegue a judicializar” la negociación.