Unión Europea

La justicia europea obliga a reconocer el matrimonio homosexual contraído en otro país

El TJUE dictamina que ningún estado puede denegar el estado civil de un ciudadano europeo aunque vaya a vivir a otro país de la UE

Una manifestación llenó ayer en las calles del municipio valenciano de Náquera tras la retirada de banderas LGTBIQ+.
25/11/2025
2 min

BarcelonaNueva sentencia de la justicia europea en favor del cumplimiento de los derechos LGBTIQ+. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado este martes que el matrimonio contraído en un estado miembro debe ser reconocido en cualquier país del blog comunitario. Así, el tribunal de Luxemburgo dictamina que el hecho de que una administración estatal niegue este reconocimiento es "contrario al derecho de la Unión Europea".

El caso que ha llegado al tribunal de máxima instancia de la justicia europea trata sobre dos ciudadanos polacos que se casaron en Alemania y, después, a su regreso a Polonia solicitaron la transcripción del certificado de matrimonio en el Registro Civil polaco. Sin embargo, las autoridades de Polonia denegaron la petición y alegaron que la legislación europea no incluye el matrimonio entre personas del mismo sexo.

La respuesta del TJUE a la prejudicial de la justicia polaca es clara, y afirma que denegar el reconocimiento de un matrimonio contraído legalmente "viola la libertad de circulación y de residencia, y el derecho al respeto de la vida privada y familiar". "Por tanto, los estados miembros están obligados a reconocer, a efectos del ejercicio de los derechos que la UE confiere, el estatuto marital adquirido legalmente en otro estado miembro", dice la sentencia.

Sin embargo, el tribunal de Luxemburgo también deja claro que este pronunciamiento no obliga en ningún caso a todos los estados miembros de la Unión Europea que no tienen legalizado el matrimonio homosexual, como es el caso de Polonia, a incluirlo en su legislación. Además, el TJUE recuerda que cada Estado miembro tiene un cierto margen para escoger qué condicionantes pone a la hora de reconocer un matrimonio contraído en otro país del bloque comunitario. Ahora bien, el tribunal europeo aclara que esto no quiere decir que las administraciones estatales puedan "imposibilitar o dificultar excesivamente este reconocimiento" de forma general, así como tampoco por motivos de orientación sexual.

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