Vivienda

¿Cómo y cuándo entra en vigor la ley de vivienda?

La declaración de zona tensionada por parte de las comunidades autónomas tendrá que obtener el visto bueno del ministerio de Transportes

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Vivienda en Barcelona

MADRIDHa sido una de las leyes de la legislatura más difícil de desbloquear, pero finalmente este miércoles ha llegado el visto bueno definitivo. El Senado ha aprobado la ley de vivienda estatal. La norma ha acabado el trámite sin ninguna modificación importante respecto a la votación en el Congreso de Diputados, donde se convalidó después de un acuerdo entre el gobierno español y dos de sus socios habituales: ERC y EH Bildu.

Se trata de la primera ley de vivienda del Estado en democracia y, entre otras cuestiones, prevé por primera vez la contención del precio de los alquileres en algunas zonas. De hecho, es uno de los elementos más importantes para gobiernos como el catalán, que vio tumbada una parte de su propia ley de vivienda (el Tribunal Constitucional tumbó el articulado que regulaba el precio de los alquileres) y que ahora espera poder utilizar el marco normativo estatal para volver a aplicar un control sobre las rentas. "Usaremos todos los instrumentos de manera inmediata", ha dicho el conseller de Territorio, Juli Fernández, este miércoles.

A pesar de que este miércoles la norma ha sido aprobada en el Senado, ni la entrada en vigor ni el despliegue serán inmediatos:

¿Cuándo entrará en vigor la ley?

Después de la aprobación en el Senado, el paso siguiente es la publicación de la ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Normalmente, cuando el gobierno español aprueba un cambio normativo sale el día siguiente en el BOE. Pero en este caso la publicación definitiva todavía tardará entre unos 4 o 5 días. Una vez publicada, la norma entrará en vigor (el BOE definirá si el mismo día de la publicación o el día siguiente, como pasa a veces).

¿Y la regulación de los precios?

Este elemento tiene dos ramas. Por un lado, la regulación que afecta la actualización anual del precio del alquiler en relación con la inflación. Esta medida se pondrá en marcha enseguida. De hecho, hay que tener en cuenta que este 2023 la actualización anual del precio del alquiler ya está limitada a un 2%. De cara al año que viene, la ley prevé que se pueda actualizar el alquiler como máximo un 3%. El problema será a partir del 2025, cuando el Instituto Nacional de Estadística tendrá que definir un nuevo índice que sustituya definitivamente la inflación (referencia utilizada hasta ahora). A partir de entonces se tendrá en cuenta este nuevo índice para actualizar los alquileres.

El trabajo más pesado está en el control de los precios de los alquileres a las zonas tensionadas. El Estado solo dará la herramienta: un índice que se prevé diseñar pronto y que el ministerio de Transportes tiene que publicar. Este índice se quiere adaptar al que ya tienen algunos territorios como Catalunya y servirá para limitar los incrementos de los alquileres en estas zonas. Después, cada gobierno autonómico y local lo podrá utilizar en aquella zona declarada tensionada después de pedirlo a el ministerio de Transportes.

Este índice afectará sobre todo a los grandes propietarios (personas físicas y jurídicas). A la hora de firmar un contrato, tendrán que ajustar el precio de acuerdo con esta referencia. En el caso de los grandes propietarios, y también los pequeños, les afectará cuando se trate de un piso nuevo, es decir, que no estaba en el mercado antes o en los últimos cinco años.

¿Los pequeños propietarios disfrutarán de bonificaciones fiscales?

Sí. Las medidas fiscales para los pequeños propietarios también afectan a las zonas tensionadas y entrarán en vigor una vez decretada esta área. Además, son ventajas que solo se aplicarán si se tiene un gesto con el inquilino: se aplica una rebaja del precio del alquiler.

Además, con la norma en vigor ya se pondrán en marcha medidas como el blindaje de los desahucios; el reparto de los gastos (la ley marca que el precio de los honorarios, es decir, los gastos de gestión, lo tendrá que pagar obligatoriamente la propiedad) o la posibilidad de que los ayuntamientos incrementen el IBI de los pisos vacíos.

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