Tribunales

Penas de hasta 24 años de cárcel para los acusados del crimen homófobo contra Samuel Luiz

El tribunal absuelve a la única mujer juzgada por este caso e impone una indemnización de 304.000 euros a la familia

ARA
y ARA

BarcelonaYa hay sentencia por el asesinato homófobo de Samuel Luiz. La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a penas de entre 20 y 24 años de cárcel a los tres adultos que asesinaron a Luiz ya 10 años a otro hombre que formaba parte del mismo grupo y que el tribunal considera que va ser cómplice de la agresión. La sentencia ha absuelto, en cambio, a la única mujer encausada.

Samuel Luiz fue asesinado a golpes y entre gritos de "maricon" la madrugada del 3 de julio de 2021 frente a la playa de Riazor de A Coruña. Tenía 24 años, y su figura se convirtió de inmediato en un icono de la lucha contra la homofobia en el Estado.

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Ahora, más de tres años después, los autores de ese crimen han sido condenados en una sentencia que aplica el veredicto del jurado popular que juzgó el caso. La sentencia, hecha pública este miércoles, impone una pena de 24 años de cárcel al principal acusado, Diego Montaña. Esta condena supone casi la pena máxima por un crimen (25 años), que la juez no ha aplicado porque el jurado descartó al agravante de ensañamiento, que penaliza el sufrimiento innecesario a una víctima, porque la autopsia concluyó que todos los golpes, más de 30, fueron necesarios para causar la muerte de Luiz.

A consecuencia de este crimen ya hay dos condenados que eran menores de edad en el momento de los hechos y que fueron juzgados en otro procedimiento. Se trata de David Rodríguez Pompo y Marco Figueras, que fueron condenados a tres años y medio de internamiento. Una medida que acabarán de cumplir precisamente este mes de enero.

En cambio, la juez sí achaca a Montaña un agravante de discriminación por orientación sexual porque fue él quien profirió los gritos homófobos contra Samuel. Además, la magistrada ha dedicado unas líneas de la sentencia a dejar en evidencia la actitud de Montaña durante la causa, "mostrando una absoluta falta de empatía y una crueldad que merecen un reproche penal aún mayor".

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Durante el juicio, tanto Montaña como el resto de acusados intentaron conseguir una rebaja de la condena alegando que habían tomado alcohol y drogas que supuestamente no les permitían ser conscientes de sus actos, un extremo que la sentencia descarta por completo.

La magistrada también impone una condena de 20 años de cárcel a Alejandro Freire –en su caso sin agravantes–; de 20 años y medio en Kaio Amaral –17 años por el asesinato y tres años y medio por el robo con violencia del móvil de la víctima–, y de 10 años de cárcel a Alejandro Míguez, al que la jueza considera cómplice de asesinato . En su caso, no hay ninguna prueba de que llegara a tener contacto físico con Samuel Luiz, pero la magistrada subraya que "tampoco puede calificarse su actuación como inocua", porque era parte del grupo que vapuleó a la víctima y evitó que pudiera defenderse o escapar.

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Pensaron que Samuel les grababa

En cuanto a la absolución de la única mujer que fue acusada por el crimen, Catherine Katy Silva, la magistrada recuerda que el veredicto del jurado consideró probado que "trató de apartar" a Montaña, que entonces era su pareja. Durante la investigación del caso se consideró que ella podría haber instigado la agresión porque alertó al grupo de acusados ​​de que creía que Luiz les estaba grabando, cuando en realidad estaba haciendo una videollamada. En cambio, la sentencia concluye que fue Montaña quien se puso agresivo al darse cuenta de que Luiz era homosexual y empezó a agredirle enseguida, hasta que se sumaron el resto de condenados.

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En el juicio se constató que tras el crimen Katy le reprochó la agresión, y enfadada le dijo que se había "pasado". Por eso la magistrada expone que "su intención era la de separar a Diego Montaña", y recuerda que en caso de duda la justicia debe pronunciarse de acuerdo con la tesis más favorable al acusado. En ese caso, la que sostiene que la mujer quería impedir la agresión.

Los cuatro hombres que han sido condenados tendrán que indemnizar a la familia de Samuel Luiz con 304.000 euros y tras salir de prisión tendrán que pasar cinco años más de libertad vigilada. La sentencia no es firme, puesto que todavía es posible presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

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