Un acuerdo histórico pero insuficiente

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Carlos Puigdemont

El acuerdo de investidura tiene tres ejes fundamentales: la amnistía, el referendo sobre el futuro político de Catalunya y la mejora del autogobierno. Como es fácil deducir, se trata de un pacto que bien puede considerarse histórico, dada la situación política existente antes de las elecciones generales celebradas el pasado julio. Desde posiciones independentistas radicales no estará de acuerdo con dar carácter histórico al pacto, ni se valorará positivamente. Todas las opiniones son respetables, pero me inclino por pensar que los independentistas que tienen un mínimo sentido de la realidad y son conscientes de que la política es más prosaica que poética perciben que esta era una ocasión que no debía dejarse pasar .

La amnistía era imprescindible como fórmula de reconciliación. La amnistía cierra un período de anormalidad política y jurídica derivado, por un lado, de la arriesgada estrategia de enfocar la independencia por la vía unilateral y, por otra, de la reacción notoriamente desproporcionada de los poderes del Estado, especialmente del judicial, hacia el Proceso. Con estas premisas, la amnistía puede defenderse política y jurídicamente por razón de la causa política última de los hechos y por la finalidad de normalización que persigue. Por esta razón era importante que restaran al margen procesos judiciales como los que se intentan defender de acuerdo con un concepto tan subjetivo y polémico como es el del lawfare.

La futura ley de amnistía pasará inevitablemente por el Tribunal Constitucional y es muy probable que también por la justicia europea, lo que aconseja ser muy riguroso en la definición de su ámbito objetivo de aplicación. La amnistía tiene siempre un carácter excepcional porque incide inevitablemente en la división de poderes, concretamente entre el legislativo y el judicial. Esta incidencia no hace la amnistía contraria a la Constitución por sí misma, pero sí obliga a justificar la excepcionalidad de la medida por razón de su finalidad y de un cuidado encaje de los supuestos a los que se aplica.

Otra medida que debía ser considerada necesariamente en el acuerdo de investidura era estudiar y encontrar una fórmula para permitir realizar una consulta sobre el futuro político de Catalunya. Esta cuestión está en el origen del Proceso y era una exigencia democrática derivada del mandato que los catalanes han dado reiteradamente a los partidos políticos independentistas. En este sentido, ERC ya hizo hace tiempo una apuesta por una consulta acordada sobre la autodeterminación, y ahora es necesario constatar la novedad que implica que JxCat exprese en el acuerdo de investidura la voluntad de proponer un referéndum de autodeterminación sobre el futuro político amparado en el artículo 92 de la CE. Ésta es una novedad importante porque, aunque JxCat sigue legitimando el resultado y el mandato del referéndum del 1 de octubre de 2017, del acuerdo firmado con el PSOE puede deducirse una renuncia implícita a la vía unilateral al menos durante esta legislatura.

Los dos aspectos que se acaban de comentar permiten dar a los acuerdos de investidura un carácter histórico sin riesgo de exagerar. Sin embargo, como decía al principio, creo que la negociación de los acuerdos era también una ocasión ideal para obtener del Estado una mejora sustancial del autogobierno, es decir, para potenciar la capacidad política y jurídica de la Generalitat. Al respecto diría que en la negociación se ha menospreciado esta oportunidad porque, a pesar de que los acuerdos incluyen compromisos en este ámbito (como es el caso del traspaso de los servicios ferroviarios de Cercanías y Regionales, la mejora de la financiación o la ejecución de inversiones del Estado en Cataluña), no se ha definido un proyecto global, completo y verdaderamente ambicioso de mejora del autogobierno.

Da la sensación de que la política catalana ha olvidado que dentro del marco constitucional y estatutario vigente todavía pueden realizar avances significativos en la ampliación de competencias, en la potenciación de los mecanismos de relación bilateral y de presencia ante la UE y en organismos internacionales, o sobre la revisión en profundidad del modelo de financiación, por citar algunos ejemplos. Explicarlo en detalle es imposible en el marco limitado de estas líneas, pero hay que recordar que en Cataluña se han realizado estudios rigurosos y muy concretos que demuestran la existencia de este margen de maniobra para mejorar el autogobierno. Al fin y al cabo, se trata de cuestiones que afectan directamente a los ciudadanos y es una lástima que se dejen en el tintero.

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