Biblioteca de la Escuela Tarlatana de Sabadell
13/07/2026
Escritora
2 min

El Tribunal Supremo español dictamina “que no se puede excluir el uso del castellano en la rotulación de los centros docentes” sostenidos con fondos públicos. En la sentencia, pues, se anula todo un apartado del documento de organización y gestión de los centros educativos (aprobado por el Departamento de Educación en julio de 2022) que decía que “la rotulación de los espacios del centro es en lengua catalana, occitano en Aran y en lengua de signos catalana si corresponde”. Lo anula (y nos demuestra, pues, que lo que se pueda dictaminar desde un gobierno no sirve para nada) a causa de un recurso que presentó la Asamblea por una Escuela Bilingüe, y que el alto tribunal ha “estimado”. Digo “estimado”, porque así se dice en lenguaje jurídico, pero no me perturba la polisemia que se da en esta lengua nuestra.

Así pues, y a partir de ahora, espero que allí donde decía “Sala de lectura” diga, ahora, “Sala de lectura”. Muy pronto, la empresa de carteles los sustituirá. Donde estaba el “Material escolar” habrá el “material escolar” y la “sala de profesores” será la “sala de profesores”, que, según como, parecerá aquello del sindicato de “inquilinas”. Suerte que la “cocina” se volverá “cocina”, si no, los niños habrían ido a comer al WC, en castellano WC.

He buscado, por curiosidad, cómo lo resumía la inteligencia artificial, esto de la sentencia. ¡Y muy bien! En lugar de decir que anulaba un apartado de una ley, decía que “ha anulado la exclusión del castellano en los carteles, rótulos y señales de los centros educativos públicos y concertados de Cataluña”. Exclusión del castellano. ¡Muy bien dicho! No “excluyendo” el castellano, es decir, haciéndolo presente, nos demuestran que esto de la inmersión no funciona, porque si no, ya sabrían todos los alumnos que “Consergeria” es “Consergería”.

stats