En algunos aspectos tenemos que reconocer que las reformas laborales han introducido elementos de protección que la economía y la sociedad necesitaban. Las subidas salariales han reducido dos brechas que dañan la convivencia: la del salario mínimo y la del salario medio. Poco a poco la polarización de rentas se minora, a base de elevar el poder adquisitivo de los salarios más bajos. Todavía queda mucho por hacer.
Donde no coincido como economista es en una serie de reglas fijas que se establecen por igual para la pequeña y mediana empresa y para la gran empresa, incluidas las grandes corporaciones y organizaciones globales. Las indemnizaciones por despido, los enormes costes sociales que debe asumir la empresa cuando un trabajador tiene una baja prolongada (a partir de cierta fecha, la empresa debe asumir su salario y el salario de quien lo sustituye ) y la reducción de jornada laboral son inalcanzables en un taller de reparaciones con tres mecánicos, en una carpintería con dos trabajadores o en un bar con un camarero.
En estos casos las economías de escala son casi inexistentes, por lo que la plusvalía, incluso en términos marxistas, es ínfima. Los beneficios empresariales son asimilables a unas rentas del trabajo. Cuando en el taller de un mecánico le reducen la jornada del trabajador en dos horas y media (lo de la media hora parece una broma), ¿qué hará? ¿Contratar a otra persona para dos horas y media semanales? Y cuando un mecánico toma la baja, ¿cómo puede asumir su salario y el del mecánico que lo sustituya?
Añadamos que ahora los convenios tienen prevalencia sobre los acuerdos empresa-trabajador. Los convenios son sectoriales y no siempre matizan por tamaño de empresa los acuerdos que se toman. Y los convenios no pueden, además, contravenir lo legislado. La pyme es la principal generadora de empleo de un país. Son más del 90% de las empresas y trabajadores. Y se sigue legislando pensando en cadenas de montaje de automóviles, fábricas textiles y un entorno del trabajo del siglo XIX.
Hace tiempo que la ley debería prever normas laborales diferentes en función de la dimensión de la empresa. Y cuando lo hace es en temas menores, como el comedor de empresa o representante sindical. En los temas importantes las trata como si fueran multinacionales.