La Audiencia impone el juicio a Mónica Oltra en contra del criterio del juez instructor
La sala, que absolvió a Rita Barberá y Francisco Camps en otras causas, considera que "no puede negar" este derecho "a las acusaciones"
ValenciaLa Audiencia Provincial de Valencia ha impuesto su criterio al del juez instructor –que reclamaba archivar la causa– y ha ordenado abrir juicio oral contra la exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana Mónica Oltra y otros nueve acusados por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales a una menor tutelada cometidos por Luis Eduardo Ramírez, exmarido de la dirigente de Compromís, que fue condenado por estos hechos. La decisión también se toma en contra de la opinión de la Fiscalía y dando amparo a las diferentes organizaciones de extrema derecha que o bien representan a la víctima o bien ejercen la acusación popular.
En su resolución, a la que ha tenido acceso el ARA, la institución judicial provincial insiste en decretar la celebración de juicio oral basándose en la existencia de la "probabilidad" de que los hechos se hayan producido. En este sentido, reitera que "puede sostenerse como hipótesis plausible que (...) las personas que tuvieron conocimiento de los hechos" y que ejercían la tutela de la menor, "habrían pretendido ocultar el abuso sexual" y que, para hacerlo se "habrían valido de un informe" en el que no se preguntó a la menor sobre los abusos" y no denunciando los hechos ni comunicándolos al ministerio fiscal.
Durante su declaración, Oltra aseguró que no se interesó por el expediente hasta 2020, cuando el caso fue juzgado por primera vez. Es decir, más de dos años después de conocer los hechos a raíz de la llegada de una citación judicial para Icardi al domicilio que compartían, aunque la pareja estaba en fase de separación. Durante su declaración, la dirigente de Compromís insistió en que, en todo momento, ella se mantuvo al margen de las actuaciones de su departamento y explicó que ya al inicio de su mandato firmó un documento donde se comprometía a abstenerse de las decisiones que afectaran al centro de menores donde trabajaba su marido.
Desde la conselleria defendieron que no se abrió una investigación para cuestionar la credibilidad de la menor, sino para averiguar qué había fallado, porque hasta entonces nadie se había creído a la niña. También detallaron que se trata de un procedimiento que se aplica en todos los casos de abusos sexuales en niños y niñas tutelados por la Generalitat. Sí admitieron que deberían haber avisado automáticamente a la Fiscalía y atribuyeron este error a un protocolo que se modificó posteriormente.
La extrema derecha en la causa
Los magistrados Pedro Castellano, Clara Eugenia Bayarri e Isabel Sifres han estimado los recursos de la acusación particular, que ejerce la víctima, María Teresa Tanco –mediante el abogado de extrema derecha y expresidente de España 2000 José Luis Roberto–, y las dos acusaciones populares, representadas a través de Vox y la asociación Gobiérna-Te, que dirige la agitadora ultra Cristina Seguí. El tribunal discrepa del criterio del ministerio fiscal y del juez instructor Vicente Ríos, que ha archivado en dos ocasiones la causa y que considera que durante la investigación no se acreditó, "ni tan solo en el ámbito de los indicios", que Oltra, ni ningún cargo directivo de la conselleria, diera ninguna orden "dirigida a ocultar los hechos ni a desacreditar a la menor". Según Ríos, la instrucción tampoco permitió demostrar que la exvicepresidenta tuviera conocimiento de los hechos hasta el 4 de agosto de 2017, cuando llegó una notificación judicial a su domicilio. También asumió que no fue la dirigente de Compromís quien ordenó abrir la investigación de la conselleria sobre el caso una vez el caso ya estaba judicializado y que este procedimiento no pretendía desacreditar a la víctima ni ocultar los hechos ocurridos entre diciembre de 2016 y febrero de 2017.
Desde Compromís siempre han atribuido la actuación de la Audiencia Provincial al sesgo conservador de la sección cuarta, que preside el magistrado Pedro Castellano. En concreto, han señalado que esta acumula diversas resoluciones favorables al Partido Popular como el archivo del presunto financiación ilegal del grupo municipal que encabezaba Rita Barberá en Valencia y de la causa contra el expresidente Francisco Camps por presuntas irregularidades en la organización de la visita del papa Benedicto XVI en 2006. La misma sala también absolvió a los 18 acusados de pertenecer al grupo neonazi Frente Antisistema (FAS) en el año 2005 en la conocida como operación Panzer.
"Guerra sucia"
La instrucción obligó a Oltra a apartarse de la primera línea política. Lo hizo el 21 de junio de 2022, cinco días después de ser imputada, cuando dimitió como vicepresidenta y portavoz del Consell que presidía entonces el socialista Ximo Puig. Durante la conferencia de prensa en la que anunció la decisión, la dirigente de Compromís defendió que con su imputación se trasladaba el mensaje de que "a cualquier político que quiera hacer políticas que no vayan a favor de los poderosos se le cargarán con denuncias falsas, con guerra sucia en los tribunales, con mentiras". "Ganan los malos", resumió.
"El rastro del dinero"
Oltra siempre ha afirmado que la causa responde a una operación orquestada por grandes empresarios y la derecha política. En concreto, ha citado a la cofundadora de Vox, Cristina Seguí; al expresidente valenciano Francisco Camps -uno de los abogados de las acusaciones es Pablo Delgado, que es socio del excap del Consell-, y a Alberto de Rosa, entonces director de Ribera Salud –empresa concesionaria de varios hospitales–, que el ejecutivo progresista del PSPV, Compromís y Unides Podem recuperó para la gestión pública. Según Oltra, todo nace del malestar del empresario después de que el Consell le redujera la posibilidad de "hacer negocio con la salud". "En toda caza política hay que seguir el rastro del dinero", afirmó durante un debate en las Corts Valencianes.