Dos magistrados del TC ven "desproporcionada" la condena a Forcadell

Xiol y Balaguer ven "un devastador efecto desaliento" sobre el derecho a la representación política

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Carme Forcadell en una imagen de archivo

Barcelona"Un devastador efecto desaliento sobre el derecho a la representación política". Esto es lo que provoca, según los magistrados del Tribunal Constitucional Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer, la condena de 11 años y medio de prisión a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell. Xiol y Balaguer son los dos miembros del TC que han presentado un voto particular a la decisión del pleno de desestimar el recurso de Forcadell contra la sentencia del Tribunal Supremo. De hecho, también lo hicieron en los recursos de Jordi Cuixart, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull. Como hicieron en estos casos, la pena de Forcadell también la consideran "desproporcionada". En la situación de la expresidenta se añade otro factor a la ecuación: el derecho a la representación política, que consideran que ha sido vulnerado.

Forcadell no formaba parte del Govern que sacó adelante el referéndum, y esto los magistrados lo dejan claro: creen que las actuaciones de Forcadell "no resultaban suficientes para consumar la aportación delictiva que se alega concertada con el resto de condenados por este delito". Su caso se centra en el Parlament, y argumentan que no todo dependía de ella, puesto que "se exigía la concurrencia del voto mayoritario de los miembros de Mesa y del pleno del Parlament, ajeno a su control y funciones parlamentarias". Con todo, Xiol y Balaguer apuntan que las actuaciones llevadas a cabo por la expresidenta de la cámara podrían ser consideradas "como una desobediencia en el Tribunal Constitucional" o, incluso, "utilizadas para la subsunción en el delito de sedición", pero no suficiente para justificar la condena impuesta.

En este sentido, los magistrados también consideran que el tribunal no tuvo suficientemente en cuenta el cargo que ocupaba Forcadell. Descartan la inviolabilidad parlamentaria, pero avisan que no se ha ponderado bien el "superior nivel de protección contra cualquier injerencia" que tenía Forcadell como presidenta del Parlament. En este sentido, igual que han hecho en los anteriores votos particulares, rechazan que tanto el 1-O como las protestas ante la sede de Economía sean "alzamientos tumultuarios", que justifican el delito de sedición. "La acción típica de alzamiento público y tumultuario se ha proyectado sobre actos públicos multitudinarios con incidentes aislados", argumentan Xiol y Balaguer.

Los magistrados admiten que Forcadell se "extralimitó" en sus funciones y destacan la "gravedad" de los hechos", pero insisten que la condena es "desproporcionada", puesto que las "les sanciones tienen que adecuarse a la gravedad de las infracciones que se castigan". Además, también muestran dudas sobre el delito de sedición, que dicen que tiene una "incierta estructura" y una "relativa indeterminación".

Los argumentos de la mayoría del pleno

La mayoría del pleno del Tribunal Constitucional, sin embargo, ha dado por buena la sentencia del Supremo y la condena a Forcadell. De este modo, descartan que estuviera protegida por la inviolabilidad parlamentaria y no consideran la pena ni desproporcionada ni contradictoria con derechos fundamentales. La sentencia, ponencia del magistrado Ricardo Enríquez, subraya que Forcadell incumplió "de manera contumaz" las advertencias del TC, y favoreció que el Parlament se situara al margen del derecho, "con expresa renuncia al ejercicio de las funciones constitucionales y estatutarias que le son propias". Y, precisamente por esta renuncia a sus funciones, consideran que no estaba protegida por la inviolabilidad: "El apoyo a las decisiones adoptadas por la cámara no están protegidas por la inviolabilidad parlamentaria al desviarse manifiestamente de la finalidad de la prerrogativa".

Con la llegada de la sentencia del Constitucional, Carme Forcadell ya puede llevar su condena a la justicia europea, igual que han hecho Sànchez, Rull, Turull y Cuixart. Será el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el que decidirá quién tiene la razón.

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