La reforma de la sedición, una vía en marcha pero con incógnitas
La efectividad de la medida depende de la propuesta del PSOE y de la opinión del Supremo
BarcelonaAl menos hasta la semana que viene el Tribunal Supremo no resolverá sobre el tercer grado de los presos políticos y, según avanzaba ayer El País, todo apunta que lo hará para revocar su régimen de semilibertad -del cual sólo disfrutan a estas alturas Dolors Bassa y Carme Forcadell-. Si este escenario se cumple y el alto tribunal también se acaba posicionando en contra del indulto de los presos -a pesar de que la última palabra la tendría el gobierno español-, la vía con más opciones para salir antes de la cárcel sería la reforma del delito de sedición, puesto que el PSOE rechaza por ahora una ley de amnistía. La modificación del Código Penal es un camino que abrieron los comuns de la mano de Jaume Asens, a pesar de que a estas alturas la pelota está en el tejado del ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, que se comprometió a tener terminado un anteproyecto antes de acabar el año. Una vez se apruebe la reforma, ¿los presos saldrían inmediatamente? No exactamente. Dependería de varias variables.
El contenido de la reforma
Antes de nada, el ministerio tendría que aclarar cómo será la reforma: si se decanta por reformular la redacción del tipo penal para aclarar el concepto de violencia, o si sólo opta por una rebaja de penas, que es el escenario que a estas alturas tendría sobre la mesa según algunos medios. En este último caso, tendría que concretar el cómo, y el penalista Marc Molins apunta que una opción sería “fragmentar el precepto para dar la respuesta adecuada en cada escenario”. El primer escenario es el que defienden los comunes, a pesar de que su primera opción era eliminar el delito. En verano, Asens puso su propuesta sobre la mesa del ministro, pero desde entonces ha habido pocas conversaciones. Y ahora directamente están paradas.
Los tempos
Si Campo trae el anteproyecto al consejo de ministros antes de que acabe el año, ¿la reforma podría llegar antes del 14-F? Jaume Asens es optimista y asegura que sí. Ahora bien, el calendario es ajustado. Antes de entrar en el Congreso, se tendría que pedir un informe al Consejo de Estado. Una vez en la cámara baja, si se tramita por la vía ordinaria, tardaría como mínimo un mes, pero los comuns confían que la tramitación se podría acortar haciéndolo por lectura única -lo tendría que aceptar el PSOE-. Después el Tribunal Supremo tendría que revisar la sentencia del Procés. A pesar de que la profesora experta en derecho penal Esther Giménez-Salinas apunta que tiene que ser un procedimiento relativamente “inmediato”, puede conllevar algunas semanas. Las partes tendrían que presentar sus escritos al tribunal para pedir que modifique la sentencia teniendo en cuenta el Código Penal y el Supremo tendría que decidir si procede a la revisión y en qué términos lo hace. “Si un tribunal tiene una petición de revisión de condena de la cual cuelga un preso, es prioritaria. Y si depende una excarcelación, todavía más”, apunta Molins.
¿Cómo quedarían las condenas?
Si la reforma acaba siendo como piden los comuns y se especifica que, para que haya sedición, se tienen que utilizar armas, el Supremo tendría que dictar una nueva sentencia anulando la condena por sedición. Ahora bien, si Campo opta por una rebaja de penas estableciendo, por ejemplo, subtipos penales, entonces se tendrían que revisar las penas impuestas en los líderes independentistas y “recalcularlas”, tal y como apunta la penalista Laura Parés. Además, hay presos que están condenados también por malversación, y las penas por este delito también condicionarían el cálculo.
¿Afectaría a los exiliados?
Si se opta por especificar la violencia en la reforma, Asens defiende que los exiliados a los cuales sólo se atribuye sedición -sin malversación- dejarían de tener una causa pendiente y podrían volver sin entrar en la cárcel. Ahora bien, los expertos apuntan que si la reforma pasa por una rebaja de penas, entonces si volvieran a Catalunya se los juzgaría aplicando el nuevo Código Penal. Además, subrayan que el Supremo podría decretar prisión provisional -alegando riesgo de fuga- hasta el juicio.