Judicialización del Proceso

Puigdemont se libra del terrorismo pero se mantiene la amenaza de la trama rusa

El Supremo archiva el caso Tsunami, mientras que Aguirre rechaza la amnistía por traición y malversación

Madrid / BarcelonaLa amnistía no sonríe a Carles Puigdemont, pese a que Junts mantuviera una intensa negociación con el PSOE hasta el último detalle. El expresidente ha visto cómo el Tribunal Supremo ha rechazado aplicarla por el delito de malversación en la causa del 1-O –y mantiene la amenaza de la detención si vuelve a Catalunya–, y el juez Joaquín Aguirre también se ha negado en el caso de la trama rusa. Solo se ha podido beneficiar del archivo de la investigación contra Tsunami Democrático, pero no a consecuencia de la amnistía, sino por un error procesal del juez Manuel García-Castellón, que, resignado, ha tenido que cerrar la causa con que mandó de cabeza los impulsores de la ley mientras se tramitaba en el Congreso. En una jornada de actividad frenética en los tribunales, la Audiencia Nacional y el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya han coincidido en plantearse elevar a Europa si la amnistía es aplicable a la causa por terrorismo de los CDR ya la de malversación que afecta a los dirigentes de Esquerra Josep Maria Jové y Lluís Salvadó.

Tsunami Democrático

El Supremo sigue los pasos de García-Castellón

Era de esperar que este martes la magistrada del Supremo Susana Polo dictaría el sobreseimiento del caso Tsunami Democrático para Puigdemont y el diputado de ERC en el Parlament Ruben Wagensberg. No tenía mayor margen tras la decisión del lunes de García-Castellón. ¿Por qué? La investigación en el Supremo se originó porque ambos implicados son aforados, pero inicialmente estaban imputados en la Audiencia Nacional. Dado que la sala de este tribunal anuló la instrucción a partir del 29 de julio del 2021, todo lo que vino después, como la elevación de los expedientes de Puigdemont y Wagensberg, debía decaer a la fuerza.

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El Supremo asumió el caso a finales de febrero y prácticamente no ha podido avanzar nada: Polo propuso una declaración voluntaria que iba a ser hace un mes, pero la desconvocó con la entrada en vigor de la amnistía. Inició los trámites para elevar una cuestión prejudicial en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre si el terrorismo era amnistiable que ahora han quedado en papel mojado. A diferencia de García-Castellón, que en el auto del lunes advertía que de las diligencias invalidadas se desprendían "hechos que de forma inequívoca son susceptibles de ser calificados de un delito de terrorismo", Polo no hace ninguna valoración.

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Por su parte, la secretaria general de ERC, Marta Rovira, ha explicado que se plantea volver a Catalunya el sábado para asistir a una asamblea de mujeres de ERC, después de que la Audiencia Nacional haya allanado su regreso. Ahora sólo está encausada por el 1-O por el delito de desobediencia, que no conlleva prisión. El expresidente del partido Oriol Junqueras ha mostrado "satisfacción" por el nuevo escenario que se le abre al que hasta hace poco era su número 2, aunque ahora su relación se ha roto a raíz de la crisis interna del partido.

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La trama rusa

Aguirre sigue los pasos de Marchena

De los tres frentes que tiene abiertos Puigdemont en la justicia española solo puede descontar uno. Y es que el titular del juzgado de instrucción 1 de Barcelona, ​​Joaquín Aguirre, ha seguido los pasos del Supremo y ha decidido no aplicar la amnistía por el caso de la trama rusa, en la que los expresidentes Puigdemont y Artur Mas están investigados por los delitos de traición y malversación. El juez ha dictado este martes dos escritos: uno para rechazar la amnistía y otro para proponer que el Supremo asuma el caso contra Puigdemont y el también diputado en el Parlamento Francisco de Dalmases, dado que están aforados y los hechos que se imputan extienden más allá del territorio catalán, según informa Laia Galià. Aguirre abrió en junio esta pieza separada después de que la Audiencia de Barcelona tumbara la instrucción de la causa principal de Volhov, por lo que la defensa de Puigdemont presentó una querella contra él por prevaricación y malversación.

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Aguirre utiliza diversas fórmulas para negar la amnistía. En primer lugar, sigue al dedillo los argumentos de Manuel Marchena en cuanto al delito de malversación. Se abona a la nueva tesis sobre el enriquecimiento personal de los líderes del Proceso por encajar los hechos en las cláusulas de excepción que la ley de amnistía prevé para el delito de malversación. En esta línea, también se agarra a la hipotética afectación a los intereses financieros de la Unión Europea. En segundo lugar, Aguirre considera que la malversación fue "un medio" para cometer el delito de traición y así también excluye a este segundo delito de la amnistía. Apoyándose en los argumentos del Supremo, construye una hipótesis en la que, “si la traición hubiera triunfado, se habría producido la secesión de una parte del territorio nacional” y habría afectado “aunque fuera en grado de mera tentativa, la renta nacional bruta estatal y, por tanto, el presupuesto comunitario”.

La "guerra híbrida"

Ahora bien, también se agarra a las exclusiones que la norma prevé específicamente para el delito de traición: “siempre que se haya producido tanto una amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial o la independencia política de España”. Aguirre cree que "la amenaza efectiva y real" existió y "el uso efectivo de la fuerza" también. Como no hubo ningún uso de la fuerza física, el juez encuentra un subterfugio: después de una larga explicación sobre la “guerra híbrida”, determina que “la fuerza puede ser tanto física como moral, lo que permite concepto de guerra híbrida entre de lleno en el sustantivo fuerza citado en la ley de amnistía”. Por último, Aguirre también reclama al Supremo que se incluya el delito de organización criminal, que tampoco sería amnistiable. La premisa es sencilla: si no se pueden amnistiar los delitos que cometía la organización –malversación y traición–, tampoco puede hacerse con el delito de pertenecer a la organización.

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Los CDR

La Audiencia Nacional no ve amnistiable el terrorismo

En cuanto a los CDR, la Audiencia Nacional ha resuelto este martes que elevará al TJUE el caso por terrorismo ante la posibilidad de que la amnistía contravenga "gravemente" el derecho comunitario y suponga una "infracción patente". Los magistrados discrepan que los hechos que se investigan no estén incluidos en la directiva europea de terrorismo, tal y como defendieron los abogados de los acusados. “Es en cierto modo contradictoria: excluye los actos que tengan una finalidad terrorista, pero, seguidamente, el legislador establece una limitación a la exclusión [...] y lo que es peor, estima pertinente que no todos los actos con finalidad terrorista quedan excluidos, sino sólo aquellos que suponen una grave violación de los derechos humanos”, critican los magistrados sobre la ley. En este sentido, cuestionan que la norma dibuje un “terrorismo de alta intensidad y otro de baja”.

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Jové y Salvadó

El TSJC duda entre el TJUE y el TC

Por último, el TSJC, previa audiencia de las partes, decidirá si se dirige a Luxemburgo o al Tribunal Constitucional para que dirima la malversación del 1-O que atribuye a Jové y Salvadó. El tribunal catalán, pues, no se alinea con Marchena, que lo rechazó de plano, informa Mireia Esteve. De hecho, ve amnistiable la malversación porque Jové y Salvadó no eran consejeros y carecían de potestad para desviar los fondos, pero duda de la legalidad global de la norma.