El Supremo revoca el tercer grado y el 100.2 de los presos políticos

Marchena carga duramente contra la administración penitenciaria catalana

Ot Serra
4 min
D'esquerra a dreta, Quim Forn, Jordi Cuixart, Oriol Junqueras i Raül Romeva, saludant a la gent minuts abans d'entrar a la presó de Lledoners sense el tercer grau

MadridEl Tribunal Supremo ha revocado el tercer grado de los presos políticos y la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario gracias al que habían disfrutado de ciertos permisos para salir de la cárcel. Tras una semana de deliberaciones, el tribunal presidido por Manuel Marchena ha resuelto la treintena de recursos que tenía sobre la mesa y ha considerado que es "prematura" la concesión del régimen de semilibertad. "Es preciso que transcurra un periodo de tiempo superior para evaluar adecuadamente la evolución del interno y el tratamiento penitenciario, más aún cuando se trata de condenas elevadas (de 9 a 13 años) de las que nadie ha cumplido la mitad, y la mayoría ni siquiera una cuarta parte ", subrayan los magistrados.

El Supremo se alinea con la Fiscalía, que había recurrido todas las concesiones que los juzgados de vigilancia penitenciaria habían otorgado a los presos. Primero los permisos en virtud del 100.2 -podían salir a trabajar y pasar algunos días fuera de la cárcel- y luego el tercer grado, gracias al cual pasaban el fin de semana en casa y los días laborables solo acudían al centro penitenciario a dormir. Los presos de Lledoners ya estaban reclusos, ya que su tercer grado quedó en suspenso después de que el ministerio público lo recurriese, a diferencia de la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell y la ex consellera Dolors Bassa, que sí mantenían este régimen de semilibertad. Ahora tendrán que volver a la cárcel.

"El tribunal dicta venganza de nuevo. Un abrazo enorme, Carme y Dolors", ha tuiteado el líder de ERC, Oriol Junqueras. "Se confirma el más previsible de los escenarios. El Supremo ha vuelto a dictar sentencia. Poco a poco ese Estado va convirtiéndose en una gran prisión, una democracia fallida que están creando ellos mismos", ha escrito también en Twitter el ex conseller Raül Romeva. La consellera de Justicia, Ester Capella, ha cargado contra el "tribunal más politizado y más cuestionado en Europa". "Ha hecho eso a lo que nos tiene acostumbrados cuando hablamos del Procés: hacer prevalecer las razones de Estado por encima de las razones del derecho. Alejarse de la justicia y acercarse a la venganza. En definitiva, volver a los principios que inspiraban los tribunales de finales del siglo XIX y principios del siglo XX", ha dicho en un vídeo.

La decisión era "previsible" porque el Supremo ya había tumbado en julio la aplicación del artículo 100.2 para Forcadell, aduciendo entre otras cosas que no había cumplido suficiente tiempo de la pena y que el programa de tratamiento alegado no tenía conexión con la reinserción de los delitos. Los jueces advierten de que la concesión del tercer grado es "excepcional" para aquellas personas que no han cumplido una cuarta parte de la condena, que es el caso de seis de los nueve implicados: todos, excepto Jordi Cuixart, Jordi Sànchez y Joaquim Forn. "Exige una justificación reforzada, lógicamente, respecto a aquella en los supuestos en los que se propone el tercer grado a un interno que ya ha cumplido una cuarta parte de la condena", remarcan.

El Supremo aprovecha los nueve autos dictados para reiterar que "ninguno de los acusados en este procedimiento ha sido condenado por perseguir la independencia". "Nadie cumple condena por sus ideas políticas", insisten los jueces en sus escritos, en los que vuelven a argumentar genéricamente por qué se les consideró culpables de un delito de sedición. "Dinamitaron las bases de la convivencia promoviendo un alzamiento tumultuario con el objetivo de demostrar que las resoluciones del Tribunal Constitucional y los jueces radicados en Catalunya ya no eran ejecutables", sostienen.

Críticas a la administración catalana

Marchena es especialmente crítico con la administración penitenciaria catalana y también discrepa de los jueces de vigilancia penitenciaria que sí aceptan el tercer grado. "Se equivoca la juez de instancia al dejar entrever que la estimación del recurso de la Fiscalía implicaría exigir al interno que modificara su ideología", dice el auto referido al líder de Esquerra, Oriol Junqueras. En sus escritos, los magistrados se quejan de que su sentencia no debe ser "permanentemente reinterpretada" para así "acomodar el cumplimiento de las penas impuestas a los fines constitucionales que inspiran la ejecución de las penas privativas de libertad".

Los magistrados también remarcan el hecho de que a Forcadell se le concede un cambio de prisión que pretendía esquivar la voluntad del juez de vigilancia penitenciaria de Lleida de llevar su 100.2 al Supremo. "No se permite el traslado injustificado de un penado a otro centro penitenciario si esta decisión está estratégicamente dirigida a rectificar la competencia del juez de vigilancia penitenciaria, fijada en atención al ámbito territorial donde se encuentre la cárcel", destacan. "El acatamiento de la legalidad [de la administración penitenciaria] no debe hacerse depender de su grado de identificación o desacuerdo con la argumentación jurídica sobre la que se fundamenta la condena", continúan los jueces, que recelan así de los órganos administrativos catalanes.

"Se convierten en una extravagante tercera instancia que se atribuye la tarea de hacer más justa la decisión emanada de los jueces y tribunales constitucionalmente llamados al ejercicio de la función jurisdiccional. Los órganos de la administración penitenciaria no pueden vaciar la respuesta penal proclamada por un tribunal de justicia, sometiendo su sentencia a una relectura que disfraza un tratamiento penitenciario privilegiado y, precisamente por eso, improcedente. La reiteración de esta idea -que la sala ya ha expuesto en anteriores resoluciones- no debería resultar ya necesaria", concluye el Supremo.

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